Km 94 A-1: conductor profesional


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Buenos días foreros. No acostumbro ha hacer preguntas, soy de los que les gusta buscarse la vida, pero este tema me preocupa bastante, y necesito de vuestro consejo.

A mi padre, taxista de profesión, le han cazado en este radar de la A1 (Km 94), con limite de 80, a 149Km/h. He estado mirando y la sanción es muy grave. Según el folleto de sanciones colgado en la pagina permisoporpuntos.es, estas sanciones oscilan entre 301 y 600€, pero a casa acaba de llegar una sanción directa de 1.500€, pidiendo identificación de conductor.

Mi duda es, ¿si el conductor se identifica, la multa pasaría a ser de 600€? Y, rizando el rizo, un reto para los mas veteranos en esto: yo tengo el BTP, pero no la licencia de taxi. ¿Me podría identificar como conductor del vehículo, aun estando en servicio en ese momento?

Mi temor es que mi padre se quede sin carnet y en casa no comamos, pero quizá es aun peor si me pongo yo como conductor y ven que no tengo la licencia...

Y pensar que el viaje a Burgos se le apalabre yo...ahora me siento culpable.

Gracias a todos los que posteen para intentar ayudarme. Si alguno tenéis consolas por ahí, pedidme la ayuda que necesitéis por MP, soy administrador de una pagina bastante conocida del "mundillo friki", y con gusto os echare una mano.

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si no identificas conductor pues no le quitan los puntos a tu padre eso esta claro porque ¿ esque no puedes utilizar el taxi fuera del servicio con tu familia o lo que te de la gana ??o sea que tú también lo puedes utilizar. pero si se comprueva que sí estaba de servicio y dices que lo llevabas tú, a ti te quitaran los puntos, más supongo yo, que una multa por no tener tú la licencia pero supongo que eso sera a nivel de tu ayuntamiento sin retirada de puntos. prugunta a vuestro sindicato que supongo que lo teneis no se .saludos !!

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No lo acabo de entender bien. Si te mandan una petición de identificación, no te mandan una sanción. La sanción en todo caso sería si no llegaras a identificar, que es lo que te están pidiendo.

La multa por el radar, serán 450 € y 6 puntos, con propuesta de suspensión temporal del permiso de conducir.

La sanción por no identificar es desde 301 € hasta 1500 €, pero normalmente vienen aplicando la norma de sancionar, dentro de este margen, con el doble de lo que sería la sanción del radar, es decir, en este caso, 900 €, que con la reducción del 30% por pronto pago, se quedaría en 630 €.

Léete bien la notificación que os ha llegado, que a lo mejor lo que pone es que en caso de no identificar "...se le puede sancionar con multa de hasta 1500 €."

Lo dicho leételo bien, y nos lo dices.

Saludos.

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No lo acabo de entender bien. Si te mandan una petición de identificación, no te mandan una sanción. La sanción en todo caso sería si no llegaras a identificar, que es lo que te están pidiendo.

La multa por el radar, serán 450 € y 6 puntos, con propuesta de suspensión temporal del permiso de conducir.

La sanción por no identificar es desde 301 € hasta 1500 €, pero normalmente vienen aplicando la norma de sancionar, dentro de este margen, con el doble de lo que sería la sanción del radar, es decir, en este caso, 900 €, que con la reducción del 30% por pronto pago, se quedaría en 630 €.

Léete bien la notificación que os ha llegado, que a lo mejor lo que pone es que en caso de no identificar "...se le puede sancionar con multa de hasta 1500 €."

Lo dicho leételo bien, y nos lo dices.

Saludos.

Tienes toda la razón Zolder. Efectivamente no ha llegado la sanción, sino el requerimiento de identificación. Hoy estuvimos hablando con un abogado que nos ha comentado que es preferible no identificarse, aunque la sanción alcance hasta los 1.500€, que los 6 puntos + retirada de carnet de un mes (es lo que tiene cuando se come gracias al coche).

Lo de ponerme a mi como conductor...no nos lo ha recomendado, si averiguan que no tengo cartilla el palo puede ser aun mas gordo, por falso testimonio.

Dejo aquí constancia de como va la cosa, esperando que sea útil a algún otro forero. Gracias a los dos por vuestras respuestas.

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Sabio consejo el de vuestro abogado. Pero lo que os recomiendo es que contestéis a esa notificación, diciendo que no se sabe quién conducía ese día.

Es mucho mejor hacer eso, pues es el modo en que ellos no puedan aplicarte la máxima sanción (los 1500 €) basándose en que no colaboráis

Desde el momento en que contestáis a su requerimiento de identificación, aunque sea diciendo que no podéis saber de ningún modo y a ciencia cierta, quién era el que conducía, en esa fecha, estáis colaborando, por lo que al quitar de en medio el agravante de falta de colaboración, lo más probable es que la sanción se quede en los 900 € que te he dicho antes.

De todos modos, coméntalo con el abogado, pues siendo tu padre conductor profesional, no sé si seguirán exactamente el mismo criterio. Aunque creo que sí.

Saludos.

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es que al ser taxista, sin conductores contratados a su servicio, y sin nadie de su entorno en posesión de una cartilla de taxi, sí se sabe a ciencia cierta quien lo conducía (y si lo ponemos en duda, fácilmente pueden indagar que no queda otra que el conductor fuera mi padre, o que le haya dejado el vehículo a otra persona estando en servicio, lo cual sería mucho mas grave).

Así pues, en este caso, me da que si tendremos que hacer caso omiso a la notificación, a pesar de arriesgarnos a la sanción de 1.500€ que comentas.

Muchísimas gracias por las molestias, en serio, es de agradecer encontrar ayuda en esos casos de desesperación (ya no es solo la pasta, sino que esta en juego el trabajo de un cabeza de familia).

Espero que el hilo sea útil para algún forero, aunque lo ideal es que se respetaran los limites y no le hiciera falta a nadie.

Un saludo.

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Pregunta, ¿un taxi fuera de servicio no lo puede conducir cualquiera???? de no ser así entiendo que la multa vendria directamente a nombre de tu padre

Ellos tienen un procedimiento y lo aplican sin mirar si es un taxi o un carro de caballos. Son así de vagos.

Además se supone que ahoro se hace todo desde el faraónico centro automatizado de León. Y ya lo dice la plabra, automatizado. Los autómatas no piensan.

Otra cosa es, y ahí trás su explicación estoy de acuerdo con él, que les mandes un escrito de alegaciones. En ese caso ya lo tiene que leer alguién, y aunque tampoco acostumbran a hacerlo, es donde pueden surgir los problemas en este caso.

Por lo tanto, y visto lo visto, me parece acertado no contestar.

Saludos.

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En España, cada comunidad autónoma tiene transferida las competencias de transporte, por lo que en cada ciudad las tarifas y la reglamentación son distintas. Así, mientras en Madrid una persona puede tener como mucho tres taxis, en el País Vasco sólo se permite una licencia por conductor, mientras que en Barcelona una misma persona puede tener hasta 50 coches. o sea que,según tu ciudad puede que si o puede que no tengas que llevar tu el taxi. y si eres autonomo (que lo eres)... ¿no decides cuando tu coche esta de servicio? en ese momento lo puede conducir otro, ¿o no?

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En España, cada comunidad autónoma tiene transferida las competencias de transporte, por lo que en cada ciudad las tarifas y la reglamentación son distintas. Así, mientras en Madrid una persona puede tener como mucho tres taxis, en el País Vasco sólo se permite una licencia por conductor, mientras que en Barcelona una misma persona puede tener hasta 50 coches. o sea que,según tu ciudad puede que si o puede que no tengas que llevar tu el taxi. y si eres autonomo (que lo eres)... ¿no decides cuando tu coche esta de servicio? en ese momento lo puede conducir otro, ¿o no?

Buenas kandi. Efectivamente llevas razón en que cada comunidad autónoma tiene sus normas al respecto, y que siempre un taxista puede decidir, libremente, cuando el coche esta fuera de servicio. Pero al producirse la sanción un miércoles (cuando su día de libranza es el martes), y en dirección Burgos (donde entregamos un recibo oficial, con su numero de licencia, tras finalizar el viaje), a nada que se pongan a investigar, blanco y en botella... Añado que en la fotografía del radar se ve perfectamente el numero de licencia del taxi (sale incluso mas clara que la matricula), que coincide con el recibo oficial.

Si no hubiéramos entregado recibo oficial del viaje, si me hubiera atrevido a alegar que lo conducía yo mismo, por ejemplo. Pero existiendo pruebas de que estábamos de servicio ese día, es mejor no jugársela en ese sentido, y agachar la cabeza.

Al menos yo lo veo así, y así se lo aconsejare a alguien que este en esta misma situación en el futuro.

Editado por Unicorn
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Buenas kandi. Efectivamente llevas razón en que cada comunidad autónoma tiene sus normas al respecto, y que siempre un taxista puede decidir, libremente, cuando el coche esta fuera de servicio. Pero al producirse la sanción un miércoles (cuando su día de libranza es el martes), y en dirección Burgos (donde entregamos un recibo oficial, con su numero de licencia, tras finalizar el viaje), a nada que se pongan a investigar, blanco y en botella...

Si no hubiéramos entregado recibo oficial del viaje, si me hubiera atrevido a alegar que lo conducía yo mismo, por ejemplo. Pero existiendo pruebas de que estábamos de servicio ese día, es mejor no jugársela en ese sentido, y agachar la cabeza.

Al menos yo lo veo así, y así se lo aconsejare a alguien que este en esta misma situación en el futuro.

Justo, como ya te he he dicho, estoy de acuerdo que en tu caso esa es la mejor solución.

Suerte, y saludos.

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  • 1 mes más tarde...

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