- 3 puntos por no mantener distancia de seguridad


Publicaciones recomendadas

De existir sistemas de grabación debería tenerlos directamente el agente y advertirnos que nos está grabando, creo que eso sería lo mejor, eso nos ahorraría un gasto en cámaras bastante grande, ellos con la recaudación diaria bien pueden comprar una cámara para cada patrulla. Pq la grabación nuestra no se que valor podría tener, aparte del que la pudiese ver todo el mundo en el foro, youtube, etc.

De tantos casos que se están dando y dado que la administración lee nuestro foro, pues que tomen nota y eviten que algunos agentes se tomen la justicia por su mano y su rasero.

Tambien he de decir que a mi en particular en algunas ocasiones simplemente me han dicho que iba un poco rápido y que no se puede ir así etc etc, sin llegar a sancionarme, lo cual tambien es de agradecer pero por lo que se lee es que parece que se van perdiendo estas sanas costumbres de aviso...

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

La multa exactamente dice:

"Reducir bruscamente la velocidad con riesgo de colisión para los vehículos que le siguen".

Algún consejo de redacción del recurso?

Supongo que te sancionaron por el art. 53 del Reglamento General de Conductores:

Artículo 53. Reducción de velocidad.

1. Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo.

Si es así, una linea argumental: efectivamente, redujo rápidamente la velocidad -previa la rápida comprobación visual de que no circulaba nadie a sus espaldas- al advertir que el vehículo al que iba a rebasar hizo un movimiento lateral que le indujo a pensar que dicho vehículo iba a cambiar súbita e inadvertidamente de carril, por lo que, ante esa situación de inminente peligro por una eventual colisión lateral, optó prudentemente por realizar esa maniobra.

Saludos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Supongo que te sancionaron por el art. 53 del Reglamento General de Conductores:

Artículo 53. Reducción de velocidad.

1. Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo.

Si es así, una linea argumental: efectivamente, redujo rápidamente la velocidad -previa la rápida comprobación visual de que no circulaba nadie a sus espaldas- al advertir que el vehículo al que iba a rebasar hizo un movimiento lateral que le indujo a pensar que dicho vehículo iba a cambiar súbita e inadvertidamente de carril, por lo que, ante esa situación de inminente peligro por una eventual colisión lateral, optó prudentemente por realizar esa maniobra.

Saludos.

Gracias Bel! Así se lo diré al RACE para que haga el recurso pertinente! Efectivamente el precepto infringido es:

CIR R.D. 1428/2003 ART 53 APART. 1 IMPORTE 150

Fue en la A6, 2 carriles por sentido.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Berki, es lo que algunos venimos denunciando hace años porque lo sufrimos y que el resto de la población comenzáis a entender ahroa, a base de hacer kms. y kms.

pero vivimos en un estado de excepción y caza y captura al conductor sin contemplaciones...

como la gente conduce poco-medio, pues no tiene la suficiente sensibilidad ni información para percatarse de ello en su justa medida.

pero quienes estamos todo el día en la carretera vemos con nuestros propios ojos el terrorismo de estado que han lanzado contra nosotros con el fin de sacarnos la pasta todo lo posible en multas injustificadas por acciones exentas de peligro.

El 14 de marzo de 2004 fue un día negro para los derechos individuales del ciudadano.

El automóvil es el símbolo de expresión individual más poderoso en la sociedad (te lleva DONDE y CUANDO quieras sin necesidad de dar explicaciones a nadie y eso molesta a mucha gente) y un gobierno comunista como el actual que detesta que la gente piense por sí misma y vaya por libre, se ha fijado acabar con él como sea, para igualarnos a todos por "lo bajo" (si por ellos fuese, todos deberíamos conducir Ladas - como en la Rumanía comunista - y dado que no pueden, limitan todo lo que pueden igualando a lo peor con lo que merman la capacidad prestacional de los coches más caros), ya que de ese modo pueden controlarnos mejor (los famosos radares de tramo no multan, pero nos tienen a todos controlados cúando y en qué horas y frecuencias entramos y salimos de Madrid, etc. su fin es ese, una gran base de datos de nuestros movimientos, el gran hermano stalinista de tener controlados todos los movimientos del ciudadano, como la Stasi alemana o la KGB rusa... ambas, como no, comunistas.)

Como no pueden prohibirnos conducir, nos hacen la vida imposible.

Es un mobbing automovilístico en toda regla lo que estamos sufriendo por parte del estado. Sólo que peor, porque al estado lo pagamos nosotros encima, por doble imposición, multas e impuestos!

Es que te robe un ladrón al que luego le tienes que mantener con impuestos adicionalmente.

la solución ya la he dado en otro sitio, con mailings a casi todos y de momento, sólo somos 5 valientes... poco a poco os iréis dando cuenta todos de hasta qué punto estamos jodidos.

Y entonces, actuaréis en consecuencia.

Os estaremos esperando.

Editado por soldadillo
Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Berki siento lo sucedido. yo en noviembre en la m40 direccion a la 45 iba un poco atascando, como a 180 y me pararon los camuflados, conduccion negligente y 4 puntos, la verdad es que tenian un poco de razon, pero podian hber puesto imprudente que serian 2 puntos, la he recurrido a traves de AEA que soy socio y de momento ya estoy en recurso de alzada y vamos por mal camino. Y eso que el recurso que me hicieron ellos a mi me parecio bastante bueno, era como dice bel_maseto que segun que criterios, desde que angulo... en fin mil cosas y se ratificaron.

YO cuando me siguieron no les di tiempo para que me grabaran en caso de que llevasen camara, me llegaron por detras como a 190 con un peugeot 307 matricula 3282 dcn y color azul claro, y en cuanto les vi me lo sospeche y segun llegaron me retire, pasaron y me pararon con el letrerito.

si quereis os doy mas detalles e incluso foto del coche que la hice.

un saludo y suerte.

una cosa que creo es que la administracion nos tiene fichados como usuarios del foro y cuando nos identifica con el carnet pues ... nos multa.

Yo se que la policia y la guardia civil tiene muchos mas datos nuestros de los que nos creemos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

QUOTE=mg_sc;153710]una cosa que creo es que la administracion nos tiene fichados como usuarios del foro y cuando nos identifica con el carnet pues ... nos multa.

Yo se que la policia y la guardia civil tiene muchos mas datos nuestros de los que nos creemos.

yo también lo he pensado más de una vez,sinos leen pueden saber quienes somos sobre todo por las multas,juicios y demás putadas que nos hacen y posteamos aquí..pero bueno es lo que hay :rofl3:

sl2

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

...Y eso que el recurso que me hicieron ellos a mi me parecio bastante bueno...que segun que criterios, desde que angulo... en fin mil cosas y se ratificaron...

Lo hacen siempre, pero eso no es suficiente: como he dicho en otras ocasiones, la presunción de veracidad de los agentes del art. 76 de la Ley sólo alcanza los hechos observados directamente por éstos, no la calificación jurídica de los mismos.

Dicho en cristiano, deberían haber hecho constar en la denuncia con todo detalle cuál fue la conducta negligente, y si se han ratificado en la denuncia sin más explicaciones, creo que podrás ganarlo en el Contencioso sin problemas.

Sí, ya sé que ir a la vía jurisdiccional no es la mejor solución, pero es el único lugar en el que de verdad existe alguna opción de éxito en estos temas.

Saludos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Lo hacen siempre, pero eso no es suficiente: como he dicho en otras ocasiones, la presunción de veracidad de los agentes del art. 76 de la Ley sólo alcanza los hechos observados directamente por éstos, no la calificación jurídica de los mismos.

Dicho en cristiano, deberían haber hecho constar en la denuncia con todo detalle cuál fue la conducta negligente, y si se han ratificado en la denuncia sin más explicaciones, creo que podrás ganarlo en el Contencioso sin problemas.

Sí, ya sé que ir a la vía jurisdiccional no es la mejor solución, pero es el único lugar en el que de verdad existe alguna opción de éxito en estos temas.

Saludos.

Lo pusieron perfectamente detallado todo, cambiandose de carril, haciendo zig-zag, no mantener la distancia de seguridad y llevar una velocidad claramente mayor a la de la via.... en fin una biblia me escribieron.

YA os dire como acaba pero creo que no muy bien.

Y me dijo el guardia civil" meno mal que llevamos el radar estropeado que hubiese sido mucho peor, ya que me he tenido que poner a 190 para cocgerte" yo pense, si llegas a llevar radar que no lo llevas no me hubieses cazado cabron...

un saludo y hay que tener cada vez mas cuidado que los camus ya estan a saco.

De todas formas yo creo que si vas a 150-160 y teniendo cuidado y no haciendo el capullo como hice yo ese y muchos otros dias pues te puedes librar de casi todas las multas, ya que los camuflados no creo que te paren, pero clarosiempre que vayas tranquilo.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

...Lo pusieron perfectamente detallado todo, cambiandose de carril, haciendo zig-zag, no mantener la distancia de seguridad y llevar una velocidad claramente mayor a la de la via.... en fin una biblia me escribieron.....

En el Contencioso siempre puedes pedir el contra-interrogatorio de los agentes, ya que esa redacción es demasiado sospechosa:

a).- Cambiar de carril no es antireglamentario.

b).- Lo que denominan "zig-zag", qué quiere decir exactamente ? Porque si el zigzag consistió en realizar un adelantamiento, volver al carril central, hacer otro adelantamiento, etc., no está en absoluto prohibido.

c).- Lo de "no mantener la distancia de seguridad"...cuántas veces ocurrió ? Una ? Dos ?

d).- Y lo de la velocidad...sin medición-siquiera indiciaria- no es posible imputarla.

No es fácil, lo sé, pero no hay que darlo por perdido.

Saludos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

En el Contencioso siempre puedes pedir el contra-interrogatorio de los agentes, ya que esa redacción es demasiado sospechosa:

a).- Cambiar de carril no es antireglamentario.

b).- Lo que denominan "zig-zag", qué quiere decir exactamente ? Porque si el zigzag consistió en realizar un adelantamiento, volver al carril central, hacer otro adelantamiento, etc., no está en absoluto prohibido.

c).- Lo de "no mantener la distancia de seguridad"...cuántas veces ocurrió ? Una ? Dos ?

d).- Y lo de la velocidad...sin medición-siquiera indiciaria- no es posible imputarla.

No es fácil, lo sé, pero no hay que darlo por perdido.

Saludos.

Mil gracias Bel_Maseto, contigo da gusto recurrir una multa siempre das animos y nunca tiras la toalla, parece que hasta algunas veces se puede llegar a ganar...

mil gracias de corazon

un saludo

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

  • 2 meses más tarde...
Cita:

Iniciado por Bel Maseto

Supongo que te sancionaron por el art. 53 del Reglamento General de Conductores:

Artículo 53. Reducción de velocidad.

1. Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo.

Si es así, una linea argumental: efectivamente, redujo rápidamente la velocidad -previa la rápida comprobación visual de que no circulaba nadie a sus espaldas- al advertir que el vehículo al que iba a rebasar hizo un movimiento lateral que le indujo a pensar que dicho vehículo iba a cambiar súbita e inadvertidamente de carril, por lo que, ante esa situación de inminente peligro por una eventual colisión lateral, optó prudentemente por realizar esa maniobra.

Saludos.

Gracias Bel! Así se lo diré al RACE para que haga el recurso pertinente! Efectivamente el precepto infringido es:

CIR R.D. 1428/2003 ART 53 APART. 1 IMPORTE 150

Fue en la A6, 2 carriles por sentido.

Como era de esperar han rechazado las alegaciones (hoy he recibido la resolución sancionadora) y ya he pedido al Race que interponga recusdo de alzada, a ver si hay suerte...

Saludos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Me pararon tras venir como 3 km detrás de mi.

Al agente se le coló el: como no podemos medir su velocidad, le multamos por esto.

Yo: oiga pero si delante no viene ningun coche.

Agente: en eso no voy a entrar....

¿Indefensión? La que queramos y más.

Cámaras para grabar, va a ser lo que necesitamos.

Un saludo

Berki a mi tio le multaron los mossos hace unos días por lo mismo, 105€ con descuento y tres puntos.

Es lamentable pero es lo que hay, además, llega la paga extra...

sls

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

  • 3 semanas más tarde...

Unirse a la conversación

Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.

Guest
Responder a esta discusión...

×   Pegar como texto enriquecido.   Pegar como texto sin formato

  Sólo se permiten 75 emoji.

×   Tu enlace se ha incrustado automáticamente..   Mostrar como un enlace en su lugar

×   Se ha restaurado el contenido anterior.   Limpiar editor

×   No se pueden pegar imágenes directamente. Carga o inserta imágenes desde la URL.

  • Explorando recientemente   0 miembros

    • No hay usuarios registrados viendo esta página.