Cazado a 177 km/h en la A-44 ... ¿Recurriríais con esta foto?


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Hola compis.

Antes de nada dejar claro que iba rápido y lo admito, debo ser sancionado (otra cosa es que esté de acuerdo con el afán recaudatorio y los límites de velocidad actuales, pero ese es otro tema). Si me planteo recurrir es porque intuyo que están haciendo trampa y no lo voy a permitir.

Hace una par de semanas hice un viaje relámpago y llevaba bastante prisa, en una recta interminable y con pendiente me emocioné demasiado y parece ser que me cazaron a 177 km/h.

El tema es que en la fotografía no se aprecia ni la totalidad del coche, ni el carril de la derecha. Creo recordar que en ese tramo fui adelantando a varios coches que circulaban por la derecha, y me da que pensar que han recortado la imagen para que no se vea que hay otor objeto en la foto...

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Por lo que se ve en la foto, creo que voy por el carril de la izquierda, tanto por la distancia a la se ve el coche, como por lo que parece es la mediana, que está bastante pegada a mi izquierda... y cuando voy por el carril de la izquierda es porque estoy adelantando, porque si no siempre voy por el de la derecha... De ahí mi duda de que en la foto original pueda aparecer otro coche.

131106115416328403.jpg

Y aquí es donde se escondieron... Como veis si hubiera ido por el carril derecho el coche aparecería muchísimo más cerca en la foto, y no se ven los datos del radar impresos en la foto, y además da sensación de que ha sido recortada...

¿Qué pensáis? ¿Sería recurrible? ¿Veis algún otro motivo de falta en el boletín? Identificarme tengo que hacerlo sí o sí... ¿Me identifico y pago (4 puntos y 200€ con el descuento) o me identifico y lucho a ver qué pasa?

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Gracias CLF, el tema es que existe la posibilidad de que no aparezca otro vehículo en la fotografía original...

Una duda: ¿Puedo ir con el número de expediente a tráfico y pedir que me enseñen la fotografía original, antes de que transcurran los 20 días de pronto pago, para con esas decidir si pago o recurro?

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Hola hectorlibra, gracias por tus comentarios.

La gestotía me ha mandado sólo esa hoja escaneada, les he mandado un correo preguntando si venía algo en la parte de atrás, a ver qué me dicen...

Y si, curiosamente justo ese día era mi madre quien llevaba el coche (ya apenas conduce), olvidé que en una gasolinera cercana nos cambiamos :hello:

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Para tu info: yo me estoy pegando con una multa de mi padre a 151, totalmente ilegal, porque el cinemómetro midió 151 y no se descontaron los márgenes (300 euros y 2 puntos VS. 100 euros sin puntos). Estoy en el segundo recurso y de momento no me han dado la razón. Ya he perdido el pronto pago. Pero pienso seguir.

Ah! La multa de mi padre era de Autovelox, pero la tuya es de Multanova... Protégete y te evitarás de más de una multa por despiste.

Saludos.

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porscheaddicted, siento que te cazaran esos sinverguenzas,

Enlazo aqui la ubicación para que no vuelvan a pillar a ningun otro conductor mas.

https://maps.google.es/maps?hl=es&ll=37.724836,-3.67909&spn=0.029973,0.064802&t=m&z=15&layer=c&cbll=37.724913,-3.679146&panoid=ZUWM9-rKQmFuqaagaXICBw&cbp=12,346.41,,0,2.74

porscheaddicted si tu supuestamente ivbas con exceso de velocidad, el coche radar que estaba ESTACIONADO tambien estaba infringiendo la ley, por estar incorrectamente estacionado, lastima que no identificaras al vehiculo y su matricula y al agente que lo conducia, ya que podrias proceder a denunciarlo.

Ve el post que puse yo aqui:

http://www.todoradares.com/foro/radar-polic-local-granada-grabado-t23761p4.html?t=23761&page=4&highlight=prohibido+estacionar

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Hola sistema, gracias por el enlace.

Una duda: ¿Tienes que identificarte como conductor para que te faciliten la copia de la foto? ¿O puedes pedirla antes de que termine el plazo de identificación, sin identificarte?

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NOVEDADES:

La gestoría me ha mandado el reverso del boletín y efectivamente figura la fotografía completa. Ahora la duda es: El radar estimó mi velocidad en 177 km/h. ¿Deberían aplicar un margen y multarme en base a una velocidad inferior cuando me identifique? ¿O si han indicado 177 km/h en el primer documento seguirán indicando 177 Km/h en la multa que vendrá a mi nombre (digo, a nombre de mi madre)? ¿Sería esto correcto?

131111044148398066.jpg

¡Muchas gracias!

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Hay veces que lo que hacen, es calcular el margen en el importe de la sanción. Me explico:

Velocidad de la foto = Velocidad en la denuncia = 151 Km./h.

- Aplicando el margen, en la sanción te ponen 100 Euros sin puntos.

- Si no te aplican el margen, en la sanción te ponen 300 Euros y 2 puntos.

Ahora mismo tengo en mi poder 2 multas, una con y otra sin margen, ambas a 151 Km./h. por Autovelox (una mía, y otra de mi padre).

La que no tiene aplicado el margen la estoy recurriendo a ver. La otra, la pagué en su momento (50 Euros con el descuento).

En tu caso, si aplican el margen, ¿te habría ayudado en algo?

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SI le aplicamos un 7% de margen se quedaría en 164 km/h.

La tabla de sanciones establece que entre 151 y 170 km/h la multa será de hasta 2 puntos y 300 €, entiendo que la multa debe ser proporcional a la velocidad dentro de ese margen, ¿Es realista pensar que me mandarán una multa por importe de unos 270€ y 2 puntos, que se quedaría en 135€ y 2 puntos con pronto pago?

¿En caso de que me mandaran al multa sin aplicar lso márgenes de velocidad (7%) debería pagar acogiéndome al pronto pago y después reclamar, o reclamar directamente perdiendo la opción del descuento?

Muchísimas gracias xD

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SI le aplicamos un 7% de margen se quedaría en 164 km/h.

La tabla de sanciones establece que entre 151 y 170 km/h la multa será de hasta 2 puntos y 300 €, entiendo que la multa debe ser proporcional a la velocidad dentro de ese margen, ¿Es realista pensar que me mandarán una multa por importe de unos 270€ y 2 puntos, que se quedaría en 135€ y 2 puntos con pronto pago?

¿En caso de que me mandaran al multa sin aplicar lso márgenes de velocidad (7%) debería pagar acogiéndome al pronto pago y después reclamar, o reclamar directamente perdiendo la opción del descuento?

Muchísimas gracias xD

El margen de error es un 5% si el radar está estático (como parece tu caso).

En tu caso, 177 Km./h. - 5% (y aquí, si no estoy equivocado, suelen contar con el 5% de 120) = 171 Km./h. por lo que la multa sería la misma...

A ver qué te dicen los de los recursos de multas. Te diría que pagues, o que lo mires con alguna empresa tipo Multayuda.

Saludos!!!

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El margen de error es un 5% si el radar está estático (como parece tu caso).

En tu caso, 177 Km./h. - 5% (y aquí, si no estoy equivocado, suelen contar con el 5% de 120) = 171 Km./h. por lo que la multa sería la misma...

A ver qué te dicen los de los recursos de multas. Te diría que pagues, o que lo mires con alguna empresa tipo Multayuda.

Saludos!!!

Hola Hectorlibra,

Según tengo entendido, el margen de error se aplica sobre la velocidad leída (que es lo lógico). No tendría sentido aplicarlo sobre 120 km/h pues esa no es la velocidad a la que circulaba. Es más, desde la DGT incluso llegan a decir que en muchos casos suelen aplicar un margen superior, de hasta el 10%.

De cualquier modo si me aplicasen el 5% me quedaría en 168,15 km/h, por lo que me valdría.

Esta noche me identifico como conductor a ver qué dicen.

Un saludo y gracias por la ayuda a todos!

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  • 2 semanas más tarde...

Buenos días,

Respecto a la posibilidades de recurso y la fotografía se podrían solicitar una serie de pruebas como son el certificación de homologación expedida por el Servicio Nacional de Metrología y Metrotécnia. SE EXIGE POR LEY (ORDEN ITC/3123/2010,de 26 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor) DOS FOTOGRAMAS DEL VEHÍCULO INFRACTOR TOMADOS EN DIFERENTES INSTANTES, UNO MOSTRARÁ UNA VISIÓN PANORÁMICA DEL VEHÍCULO Y OTRO SU PLACA DE IDENTIFICACIÓN. En caso de que exista más de un vehículo en el fotograma, se solicita que mediante plantillas se demuestre que el exceso de velocidad corresponde a su vehículo y no al otro.

Por otro lado habrá que valorar si está debidamente descontado el margen de error del cinemómetro. Posibilidades bastante suficientes para que el recurso tenga éxito, ¡ánimo compañero!

www.pyramidconsulting.es

www.multayuda.com

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