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buenas queria si alguien me puede asesorar sobre que hacer si he recibido dos multas de dos radares en el mismo punto limitado segun ellos a 100km y me ha llegado una a 111km y y otra a 114km deberia recurrirla o pagarla???? el plazo de los 20 dias naturales me cumple hoy por favor si alguien me pudiera orientar en este tema es q es la primera vez que me ponen dos multa por un radar.gracias.

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  • 3 años más tarde...
En 29/9/2018 a las 22:59, CLF dijo:

Por 100€ es más fácil pagar aunque de eso se aprovechan

 

Hola buenas, te cito en este mensaje, porque soy nuevo en el blog y no se como funciona. Y le cito a usted, porque he visto que controla de muchos temas.

 

mi problema es que ayer volviendo a casa, me hizo una foto un radar móvil en una zona limitada a 50km/h. Unos metros más adelante estaban esperándome dos policías locales de Zaragoza para notificarme la sanción. En la multa ponía que iba a una velocidad de 72km/h, como ya sabe son 300 euros y dos puntos. Mi gran problema es que únicamente tengo 2 puntos. El radar era el multanova 6 fmr. Me gustaría saber, ya que he leído sentencias, si existe realmente el margen de error. Y al ser solo 2km/h lo que me ha hecho pasar de leve a grave. ¿Existe la posibilidad de recurrir y que me reduzcan? Al preguntarle al agente, me dijo que los márgenes de error suelen ir instalados en el radar, pero claro este que me va a decir.

Muchas gracias y un saludo

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hace 19 horas, Juan_MArtín dijo:
Hola buenas, te cito en este mensaje, porque soy nuevo en el blog y no se como funciona. Y le cito a usted, porque he visto que controla de muchos temas.
mi problema es que ayer volviendo a casa, me hizo una foto un radar móvil en una zona limitada a 50km/h. Unos metros más adelante estaban esperándome dos policías locales de Zaragoza para notificarme la sanción. En la multa ponía que iba a una velocidad de 72km/h, como ya sabe son 300 euros y dos puntos. Mi gran problema es que únicamente tengo 2 puntos. El radar era el multanova 6 fmr. Me gustaría saber, ya que he leído sentencias, si existe realmente el margen de error. Y al ser solo 2km/h lo que me ha hecho pasar de leve a grave. ¿Existe la posibilidad de recurrir y que me reduzcan? Al preguntarle al agente, me dijo que los márgenes de error suelen ir instalados en el radar, pero claro este que me va a decir.
Muchas gracias y un saludo

 

Para saber si está el margen aplicado hay que ver la foto. La multa no puede ser la misma velocidad que marca la foto, si la foto pone 72, la multa sería a 7km/menos que es el margen, si está aplicado, en la foto deberías ver un 81km/h

Suerte!!!!!

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hace 19 horas, Juan_MArtín dijo:

Hola buenas, te cito en este mensaje, porque soy nuevo en el blog y no se como funciona. Y le cito a usted, porque he visto que controla de muchos temas.

 

mi problema es que ayer volviendo a casa, me hizo una foto un radar móvil en una zona limitada a 50km/h. Unos metros más adelante estaban esperándome dos policías locales de Zaragoza para notificarme la sanción. En la multa ponía que iba a una velocidad de 72km/h, como ya sabe son 300 euros y dos puntos. Mi gran problema es que únicamente tengo 2 puntos. El radar era el multanova 6 fmr. Me gustaría saber, ya que he leído sentencias, si existe realmente el margen de error. Y al ser solo 2km/h lo que me ha hecho pasar de leve a grave. ¿Existe la posibilidad de recurrir y que me reduzcan? Al preguntarle al agente, me dijo que los márgenes de error suelen ir instalados en el radar, pero claro este que me va a decir.

Muchas gracias y un saludo

 

El radar no aplica ningún margen. El radar mide una velocidad y la muestra. Son los agentes (o quien gestione la multa) los que tienen que aplicar el margen de error que es de 7km/h para radares móviles a velocidades menores de 100km/h. 

 

La única manera de comprobar eso es ver la foto y confirmar que la velocidad que aparece en la foto es 7km/h mayor que la de la sanción. Si las velocidades son iguales, no se ha aplicado el margen de error.

 

Un saludo

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En 11/11/2021 a las 8:18, Equipo Todoradares dijo:

El radar no aplica ningún margen. El radar mide una velocidad y la muestra. Son los agentes (o quien gestione la multa) los que tienen que aplicar el margen de error que es de 7km/h para radares móviles a velocidades menores de 100km/h. 

 

La única manera de comprobar eso es ver la foto y confirmar que la velocidad que aparece en la foto es 7km/h mayor que la de la sanción. Si las velocidades son iguales, no se ha aplicado el margen de error.

 

Un saludo

 

Lo que usted me esta recomendando, entiendo que es que espere a que me llegue la multa a mi domicilio, y ahí ya decido no? Lo pregunto porque solo me quedan 2 puntos y en ese caso debería recurrir.

 

Muchas gracias por vuestra ayuda

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Yo con permiso de CLF, lo matizaría. Si le entregaron la multa en mano, debe de pedir la foto para interrumpir el plazo, y una vez recibida, proceder como bien dice CLF. 

Si no pide la foto, puesto que le dieron la multa en mano, pueden no notificarsela, con la Ley en la mano no tienen porqué, aunque a veces lo hacen y otras no.

En cuanto a recurrirla, para empezar tiene que abonarla y abogado para el juzgado. No necesita procurador. Y luego dependiendo del juez estrella del juzgado que le toque, la ganará o la perderá.

Yo aquí las he ganado con varios jueces pero hay una que como te toque, las he perdido todas, No lo entiende. Y el abogado del estado, siempre el mismo, no tiene ni puñetera idea de lo que es un radar y como funciona.

Me quede con ganas de decirle: Mire le invito a ir un ratito conmigo y nos tragamos algunos de los muchos radares, de todo tipo, que tenemos en la ciudad y en la zona y así aprende algo. Pero era peligroso hacerlo. Para él están todos los radares  homologados y de ahí no sale.

Por ultimo si pierde, están imponiendo las costas... 600 Euros, pero si gana, nada de costas. Hablo por lo que me paso en la ultima que perdí. Recurrimos y al final se quedaron en 200.

En fin.... saludos

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hace 8 horas, PAPI dijo:
Yo con permiso de CLF, lo matizaría. Si le entregaron la multa en mano, debe de pedir la foto para interrumpir el plazo, y una vez recibida, proceder como bien dice CLF. 
Si no pide la foto, puesto que le dieron la multa en mano, pueden no notificarsela, con la Ley en la mano no tienen porqué, aunque a veces lo hacen y otras no.
En cuanto a recurrirla, para empezar tiene que abonarla y abogado para el juzgado. No necesita procurador. Y luego dependiendo del juez estrella del juzgado que le toque, la ganará o la perderá.
Yo aquí las he ganado con varios jueces pero hay una que como te toque, las he perdido todas, No lo entiende. Y el abogado del estado, siempre el mismo, no tiene ni puñetera idea de lo que es un radar y como funciona.
Me quede con ganas de decirle: Mire le invito a ir un ratito conmigo y nos tragamos algunos de los muchos radares, de todo tipo, que tenemos en la ciudad y en la zona y así aprende algo. Pero era peligroso hacerlo. Para él están todos los radares  homologados y de ahí no sale.
Por ultimo si pierde, están imponiendo las costas... 600 Euros, pero si gana, nada de costas. Hablo por lo que me paso en la ultima que perdí. Recurrimos y al final se quedaron en 200.
En fin.... saludos

 

Muchas gracias por la puntualización

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