Multa por no identificar a conductor


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Buenas noches!!!

El pasado jueves día 5/05/08, recibí una notificación de una multa por no notificar al conductor que llevaba mi coche. La multa es de 310 euros si la pago en 30 días se me queda en 217. Pero no he recibido ninguna notificación anterior, por lo que ni siquiera sé que infracción ha sido posible que yo halla cometido. Alguien podría decirme que puedo hacer???

Presento alegaciones, comentado lo anterior. O quizás es recomendable pagar y así no me llegará la multa supuesta cometida???

Por favor si alguien me puede decir algo, lo agradecería

Saludos y muchas gracias

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Si te ha llegado esta multa, se supone que antes debería haber llegado la de la infracción, solicitando que identificases.

En este caso que dices, la verdad es que no sabría que hacer.

Quizás esa es la táctica. Que pagues sin ni saber que precepto has infringido.

Si es que se les ve el plumero: Lo único que les interesa, es la pasta.

A ver que te dicen los expertos.

Saludos.

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Mira de consultar el BOP de tu provincia, que seguro apareces publicado ai conforme te han intentado entregar la primera denuncia y la han devuelto por desconocido o cualquier cosa.

Yo estube en el mismo caso, multa de 300€ por no identificar al conductor y nunca recibí dicha denuncia, voy consulto y me la devolvierón por desconocido, llevando 26 años viviendo en el mismo sitio :confused2: Sigo tirando del hilo y sanción de velocidad de 150€.

Recurro por mi cuenta y me deniegan dicho recurso, que seguía teniendo que pagar los 300€. Recurri a traves de Mapfre y me cancelarón dicho expediente y iniciarón de nuevo el de la sanción por velocidad.

Pero ojo, informate haber si te conviene identificarlo o pagar los 237€. Aunque poniendote el mínimo para mi que la sanción inicial es menor.

S2

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Buenas tardes!!!

En primer lugar darte las gracias Diego por la información. En que Bop se que tengo que buscar, he mirado en el de la fecha de mi denuncia por no identificar y no sale nada ¿cómo sé en que BOP mirar?.

He pensado presentar una alegación. Diciendo lo siguiente -la idea la he sacado de otro foro- decidme que opinais

El día 15 de mayo de 2008, recibí una notificación de esta jefatura Provincial de Tráfico, en la que se me notifica que he infringido el artículo 72.3 de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Y que se me otorga el derecho de conformidad con el artículo 12 del Reglamento del Procedimiento Sancionador, aprobado por el Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, de alegar por escrito ante dicha Jefatura, por lo que mi alego:

No haber recibido el requerimiento, causa por la cual, me ha sido imposible facilitar a dicha Jefatura la identificación del conductor. Por lo que quisiera que se me facilitase o enviase una copia de la publicación en el BOP y otra de la publicación en los edictos del Ayuntamiento. Así como la justificación de que dicho requerimiento se me ha notificado en los dos intentos preceptivos según la normativa.

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Poniendo por delante que no soy jurista, pero me parece un buen recurso. El inconveniente, tal como yo lo veo, es que a partir de ahí, puede que no puedas alegar que no quieres identificar.

Y según el importe de la multa y la pérdida de puntos que conlleve, igual te conviene más no identificar.

Claro que teniendo en cuenta que la sanción por no identificar acostumbra ser el doble de la sanción, con un mínimo de justamente 300 euros, igual no conlleva pérdida de puntos. Y sí es así, no habría inconveniente en identificar.

Lo dicho, a ver que le parece a Bel Maseto, pero a falta de su opinión, si yo fuera tú seguramente tiraría para adelante lo que sugieres.

Un saludo.

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Buenas tardes de nuevo!!!

Cómo no tenía ni idea en que BOP había salido mi infracción y mucho menos en que número, pues he puesto mi DNI en google y este que es tan listo me ha llevado al Boletín donde esta publicada la supuesta infracción, en dicho Boletín aparece número de expediente, artículo que infringes y lo mejor si dicha infracción lleva consigo retirada de puntos, y en algunos casos viene la cuantía. En mi caso no aparece la cuantía, y tampoco los puntos, por lo que según parece la cuantía será pequeñita y lo mejor no me retiran puntos.

Suerte a todos

PD: Bel, con lo bueno que eres y no apareces ahora que te necesito

Gracias

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Hola de nuevo Diego

En un principio me iba a pasar mañana por Tráfico para enviar el recurso, pero al final me es imposible, por lo que quizás espere hasta el próximo lunes. Tengo 15 días hábiles que según me han dicho se cuentas de Lunes a Viernes y a mí me llego el pasado jueves 15 de mayo. Así que espero tu recurso.

Muchas gracias por adelantado

Mi e-mail es: haro2000@terra.es

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Lo más práctico es que vayas a Jefatura y solicitar que te dejen ver el expediente administrativo, ahí está todo y podrás comprobar si te intentaron notificar y no pudieron o qué es lo que realmente pasó.

Me parece muy extraño que no te hayan requerido antes para identificar al conductor, pero si fuera así solicitas la nulidad de la resolución por no haber existido ese trámite previo y obligatorio

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  • 7 meses más tarde...

Hola, yo estoy en el mismo caso, Me ha llegado una multa por no identificar de 310 y no me habia llegado ninguna notificacion anterior. He buscado en el BOP y aparezco sin cuantia de la multa. Supongo que el importe de la multa por velocidad sera menor y no lleva retirada de puntos.

Me gustaria que me mandaseis una copia de ese recurso para que me den posibilidades de identificar al conductor y se inice de nuevo el expediente anterior que nunca recibi.

Editado por pidexo
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  • 6 meses más tarde...

hola !! Me llamo María y ....,

Yo también estoy en el mismo caso que Mónica y tú Joaos, incluso muy reciente, pues fué ayer Viernes día 7 de Agosto, cuándo recibí la " dichosa" multa.

En la cúal, al igual que vosotros, me sancionan con 310€, por no identificar al titular del vehículo, de la supuesta multa anterior que nunca recibí en casa.

Luego tengo 15 días hábiles, para alegar y os agradecería mucho que me pasareís copia de dicho recurso a presentar.

A la espera de dicho recurso, lo antes posible. (debido al tiempo).

Un saludo.Muxas gracias!!

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Berki????

...Nadie ha pedido tu opinión aquí.....en el caso,de que la dés.. pues que dispongas de argumeto y hables con propiedad, de lo contrario, dedícate a aprovechar tu tiempo.

Pd: Mejor pinta tu casa, que seguro que hace más falta.

que malos modeales traes,relaje un poquito no te de algo.

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Hola amig@s, una cosa que nunca entendere, es como un delincuente o presunto, llega al Juzgado, y si no quiere declarar no pasa nada. Hasta el delito de perjurio ha desaparecido...

Nada menos que el Código Penal, no obliga a declarar en su contra, hasta ni decir ni mu.

Y los conductores o mejor titulares de vehículos, tenemos que acordarnos de quien conducía el coche hace 6 meses. POR LEY Y A MACHETE.

El dichoso artículo que obliga a identificar al conductor no tengo la mas minima duda de que no es Constitucional.

Alguien me puede obligar a mi, a decir y/o saber si el dia 3 De marzo, a que si sitio fui a comprar el pan, : al Carrefour, al Alcampo, a la tienda de la esquina... PUES NO ME ACUERDO, no se puede seguir con esta INJUSTICIA...

De verdad no hay un abogado con 2 co...es que llegue hasta el final...

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...El dichoso artículo que obliga a identificar al conductor no tengo la mas minima duda de que no es Constitucional...

Pues me temo que sí que lo es, puesto que el TC así lo consideró en su momento.

Y no sólo eso: una Asociación inglesa de automovilistas llevó a Estrasburgo una disposición parecida existente en su país, y el Tribunal declaró expresamente que este tipo de disposición no contraviene la normativa comunitaria.

Saludos.

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  • 3 semanas más tarde...

pues me encuentro en la misma situación, parece que "sospechosamente" somos unos cuantos...

en mi caso, el vehículo está a nombre de la empresa, el certificado de tráfico no especifica el motivo ni la cuantía de la primera sanción, sólo un nº de expediente, el lugar, fecha y hora de los hechos.. si la sanción tuvo lugar, fue con un radar móvil..

no sabemos si la infracción existió, probablemente sí, pero desconocemos la cuantía inicial y si conlleva pérdida de ptos.

¿¿si pagamos los 310 €. la cosa termina ahí??

siendo la multa de 310 €. y teniendo en cuenta que a las empresas les pueden meter un puro más gordo, ¿¿tenemos alguna garantía de que la sanción inicial no conlleve pérdida de ptos por el hecho de que sea "el mínimo"?? es decir, ¿merece la pena indagar la primera denuncia en tráfico??

¿¿no se había bajado el pronto pago al 50%, esto no entra en ese descuento?? sólo el 30%??

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