Lo que se debe saber ante una denuncia de Tráfico


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Sacaddo de una web de Tráfico, ahora no recuerdo cual.

1º.- SI COMETES UNA INFRACCIÓN DE TRÁFICO y un Agente te impone una multa, se pueden dar dos casos: que te pare y te entregue la notificación de denuncia, o que la denuncia te llegue por correo a su domicilio.

En este último caso, la administración te pedirá que, si no conducías en ese momento tu vehículo, identifiques a la persona que lo hacía. Sí no lo comunicas tendrás una multa extra de 50.000 pesetas por negarte a facilitar este dato a la autoridad. Además, el Reglamento del procedimiento sancionador indica que "las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad sin parar a los denunciados no serán válidas a menos que consten en las mismas y se les notifique las causas concretas y específicas por las que no fue posible detener el vehículo".

Es decir, los agentes tienen la obligación de pararte cuando cometes una infracción; si no lo hacen, deben especificar en la denuncia la causa por la que no lo han hecho. (Salvo en el caso de que seas "cazado" por un radar, que te la podran notificar posteriormente)

2º.- NO FIRMES NUNCA UNA SANCIÓN. Cuando te ofrezca firmar la denuncia el Agente, no debes hacerlo, (No es obligatorio) ya que se considera que se ha efectuado la notificación. Espera a recibirla en tu domicilio. Tampoco se considera como notificación una nota en el vehículo comunicándonos que hemos sido denunciados por infringir una norma de estacionamiento.

3º.- LA ADMINISTRACIÓN TIENE TRES MESES PARA NOTIFICARTE LAS DENUNCIAS LEVES, SEIS PARA LAS GRAVES Y Y UN AÑO PARA LAS MUY GRAVES. Por lo tanto, si recibes una denuncia en tu domicilio con un tiempo mayor que el descrito anteriomente entre la infracción y la notificación, haz un recurso comunicando esta anomalía.

4º.- CARTA CERTIFICADA EN TU DOMICILIO. Es la forma apropiada para que la administración pueda demostrar que te ha notificado la denuncia. Sí no la firmas el cartero dirá que te has negado a recogerla y lo harán a través del boletín oficial del organismo correspondiente.

5º.- LEE ATENTAMENTE LA NOTIFICACIÓN. En muchos casos las denuncias se rellenan de forma automática y existen errores que pueden ser alegados en el recurso(pj. contradicción entre la infracción y el hecho denunciado, estacionar en prohibido por placas y haberlo hecho en prohibida la parada). Debe contener ante quién puedes presentar el recurso y el plazo que tienes para ello.

6º.- EL TIEMPO JUEGA A TU FAVOR. Sí te dan 15 días para recurrir, envía el recurso el último día.

7º.- RECURRIR? Sí pagas en el periodo voluntario (hasta que existe una resolución sancionadora que ponga fin a la vía administrativa, tendrás un descuento del 30 por ciento de la cuantía total de la multa.

8º.- RECURRIR LA SANCION DEFINITIVA SIEMPRE. Una vez hecho el primer recurso y contestado negativamente por la administración, recurriremos a la autoridad superior mediante un recurso de alzada en los mismos términos que en el primero.

9º.- CADUCIDAD DE LAS SANCIONES. Sí transcurrido un año, no existe resolución sancionadora desde la fecha en que se cometió la infracción, la multa ha caducado y podrá reconocerlo la propia administración (de oficio) o tendremos que notificarselo nosotros.

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Puntualización al apartado 2. Si te dan a firmar la denuncia aunque no la firmes si está firmada por 2 agentes o por 1 agente y un testigo SÍ se considera notificada

ojo con esto porque me ha pasado a mí, me la firmaron 2 agentes, yo no la firmé, luego la recibí en el domicilio, fuí a pagarla con el descuento y me dijeron que ya no tenía descuento porque contaba desde la fecha de la notificación que fue en la que me la entregaron pues la habían firmado los dos agentes y me explicaron que era así

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Puntualización al apartado 2. Si te dan a firmar la denuncia aunque no la firmes si está firmada por 2 agentes o por 1 agente y un testigo SÍ se considera notificada

ojo con esto porque me ha pasado a mí, me la firmaron 2 agentes, yo no la firmé, luego la recibí en el domicilio, fuí a pagarla con el descuento y me dijeron que ya no tenía descuento porque contaba desde la fecha de la notificación que fue en la que me la entregaron pues la habían firmado los dos agentes y me explicaron que era así

Pues de este punto no tenía ni idea, que hijos de puta...ya te joden hasta el descuento por el desconocimiento...que perros.

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Hay una cosa que me llama la tención:

¿Las autoridades tienen la obligación de parar al conductor en el acto?

En la actualidad sí están obligados a parar el coche e identificar al conductor, por lo que la notificación posterior sólo será válida cuando se den causas concretas y específicas de por qué no se pudo detener al infractor. No valdrán excusas genéricas del tipo 'por motivo de seguridad vial'.

Esta situación va a cambiar. La reforma de la Ley de Tráfico que está a punto de aprobarse -de aquí a unos dos meses- va a eliminar la obligatoriedad de detener el vehículo en el acto siempre que la infracción se cometa en momentos de mucho tráfico, en condiciones atmosféricas desfavorables, cuando haya obras, suponga algún peligro concreto o la denuncia se haga por medios de captación de imágenes.

Un consejo: jamás discutas con el agente que te denuncia, nunca traerá consecuencias positivas y, sin embargo, sí puede perjudicarte.

A ver, antes si era obligatorio pararte... y ahora, bueno a partir de 2001, que es de cuando data la noticia, no podrán decir eso de 'por motivo de seguridad vial'. Mis cojones que no, si siguen haciéndolo.

Y luego dicen que a partir de ahora no va a ser obligatorio en determinados casos...vamos que estabamos en una situación y se sigue exactamente igual, que en las observaciones te indican que no han podido pararte por cualquier milonga, por ejemplo, que había mucho tráfico y listo, ya se libran.

Pero vamos, que al final pone que si e spor cantación de imágenes no es necesario, asi que si te cazan con radar móvil, como hay imagen no es necesario...

Todo esto viene bien saberlo ya que hay muchos incautos que si no los paran después piensan que se van a librar, y se van a ir de rositas, y de eso nada...no te paran porque a veces no pueden disponer de tantos agentes...pues nada, ya te llegará a casa. Lo único que cuando vean que así no identifican a muchos, por evitar la perdida de puntos, igual empiezan a parar más...aunque de todas formas asi sacan más pasta que es lo que buscan no¿?

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  • 1 año más tarde...

Y luego dicen que a partir de ahora no va a ser obligatorio en determinados casos...vamos que estabamos en una situación y se sigue exactamente igual, que en las observaciones te indican que no han podido pararte por cualquier milonga, por ejemplo, que había mucho tráfico y listo, ya se libran.

Conozco un caso de una multa a un conjunto de taxistas que hacían una "segunda fila" donde no hay parada oficial, y en las observaciones ponía :

"No se ha podido notificar porque el agente estaba ocupado empapelando a otro"

Vamos que ese formalismo de entregar en mano, no le iba a j*der la prima por productividad, y eso que el taxista estaba allí mismo, dentro del coche, pero claro, eso significaría discutirse y perder tiempo...

Saludos

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  • 4 semanas más tarde...
Puntualización al apartado 2. Si te dan a firmar la denuncia aunque no la firmes si está firmada por 2 agentes o por 1 agente y un testigo SÍ se considera notificada

ojo con esto porque me ha pasado a mí, me la firmaron 2 agentes, yo no la firmé, luego la recibí en el domicilio, fuí a pagarla con el descuento y me dijeron que ya no tenía descuento porque contaba desde la fecha de la notificación que fue en la que me la entregaron pues la habían firmado los dos agentes y me explicaron que era así

totalmente cierto ami en mi 1º denuncia que encima yevaba retirada de un mes..no la firme y al llegarme la denuncia ya ni pronto pago ni posibilidad de fraccionar la retirada ni "na de na".En la siguiente le pregunte al agente y me lo confirmo.Cuando te paran firmes o no ESTAS NOTIFICADO.

SALU2

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La denuncia es del ayuntamiento de Bcn y no pone nada sobre la calificación de la infracción. Se supone que será leve no? Es por circular por el carril bus xDD

las leves ya luego a luego ni existen o no interesa que existan jejej.Aparcar o circular por el carril bus es una falta grave.

Para que te hagas una idea de 100euros a 300euros las denuncias suelen ser graves y a partir de 300 muy graves.Otro buen método es de el de los puntos de 0a4 suelen ser graves si te cascan 6 pues muy grave.

saludos

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