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  1. Estos equipo se autocalibran en el arranque, no debes hacer nada ni pagar por nada

    Pues algo pasó, porque no pitó. Es cierto que hay veces que pita cuando estás encima dependiendo de donde estén puestos. pero que ni emitiera un solo aviso... raro raro.

    Con calibrarlo me refería más que nada a ajustar en la configuración la intensidad de la Ka. Si te digo la verdad hace 1/2 años que ni miro como está. Me limito a conectarlo y fuera. Supongo que debería estar al 0% pero tampoco estoy seguro.

    Ninguna opinión en como plantear el recurso?

    Saludos!

  2. Multanova con dsi y no pito????? Uffff malo

    Sí, tengo que calibrarlo y revisar la instalación después de esto. Porque la verdad es que como lo llevo instalado desde hace muchos años, supongo que algo no está funcionando como debe.

    No sé porqué en el post anterior se ha borrado el link. Lo pongo de nuevo por si alguien me puede echar una mano con esto

    http://goo.gl/Lpdj4i

    Gracias!

  3. Buenas,

    El jueves pasado me cazaron en el móvil que se pone en el km 48 de la R2 dirección Guadalajara.

    Mira que he pasado veces por ahí y sé que se suelen poner, pero iba distraído y la chicharra ni pitó (un DSI). El caso es que me cazaron a 158 km/h (300€ y 2 puntos)

    En principio me planteo recurrir por los puntos, pero desconozco si ahora hay posibilidades de ganar algo así. La denuncia me la dieron en mano (después del peaje) y el cinemómetro en cuestión es el Multanova 6f-Mr Antena 1275.

    En ********** hay un compañero con una parecida que dice esto:

    http://www.**********.com/foro/showthread.php?t=4285113

    Veis adecuado enfocar el recurso así?

    O alguien con alguna otra idea, además de pedir foto, homologaciones, revisiones y demás?

    Gracias!

  4. Hola de nuevo,

    Pues por fin se terminó mi litigio sobre este tema. Casi dos años después, ayer recibí notificación de resolución del recurso de alzada estimando el recurso presentado, y por tanto, me reconocen que llevo razón. El quid de la cuestión finalmente ha estado en acogerme a la nueva ley. El que la sigue la consigue ;-)

    Si a alguien le interesa echar un vistazo a la resolución que me lo diga y se la envío.

    Básicamente dice: "... que teniendo en cuenta la jurispudencia en esta materia que reiteradamente ha establecido que la entrada en vigor de la ley 18/2009, de 23 de noviembre, se ha procedido a destipificar la infracción objeto de la sanción... "

    Agradeceros a todos la ayuda prestada durante todo este tiempo.

    Saludos!!

  5. Pues yo no sabría responderte con certeza, pero por lo que he leido siempre por los foros, siempre que te manden una denuncia con una foto en la que parecen varios vehículos puedes recurrir y pedir que demuestren que la medición se ha hecho sobre tu coche. Creo que no tiene manera de hacerlo.

    Que me corrija alguien si estoy equivocado.

    Suerte !!

  6. Yo lo actualicé hace solo unos días y todo OK. Léete bien las instrucciones de la web de stinger. Tómate tu tiempo porque es verdad que son un poco liosas en función del modelo que tengas y la versión de sos instalada.

    Suerte !!

    edito:

    Por cierto !!! Ya era hora de tener un desktop para Mac :-DDDD

  7. Joder, me voy unas semanas de vacaciones y la que se monta en "este mi hilo". Je, je, por supuesto ni dar bola al tal Brevero... que se la machaque con dos piedras.

    Solo quería decir que finalmente parece que esto empieza a tomar un cariz un poco más esperanzador. Os cuento:

    Después de interponer recurso de alzada y no haber contestación durante los siguientes 3 meses, se presupone que está desestimado. Por tanto y al haber agotado la vía administrativa me planteo el contencioso... no solo por los 2 puntos y los 150 euros, sino por orgullo personal... me da exactamente igual si me cuesta algo más de dinero.

    Bueno, que después de asesorarme jurídicamente he decidido poner esta semana demanda en el contencioso admnistrativo con garantías más que probables de ganar el litigio. La esperanza fundamental radica en la disposición transitoria primera de la nueva ley, ya que al estar mi expediente en tramitación y siempre que me sea favorable la nueva ley puedo acogerme a lo dispuesto en ella. Y como los detectores ahora son legales, pues no tendrán más remedio que fallar a mi favor (o al menos eso espero).

    Espero poder postear un resultado favorable pronto y que sea de los primeros en sentar jurisprudencia sobre este tema tan polémico. Al menos tengo confianza en ello.

    Nunca hay que rendirse !!!! A por ellos !!!!

    Saludetes !

  8. Pues supongo que será que soy de los primeros.... espero que sirva para alguien en un futuro.

    Mi idea obviamente es agotar la via administrativa, auqnue entiendo que la alzada está desestimada ya que han pasado más de 3 meses y no han notificado nada. De todas formas esperaré a que notifiquen la resolución, ya que según tengo entendido no pueden hacer efectiva la sanción hasta que no la resuelvan.

    Llegado el caso consultaré con un abogado para ver las posibilidades que habría en el contencioso.

    Os seguiré contando.

    Saludos

  9. Efectivamente... me tumbaron el 2º escrito... y además ni contestaron a las pruebas que pedía.

    Presentado recurso de alzada el 12/02

    Nadie ha tenido experiencias después de este punto en el contencioso administrativo? No me creo que todos hayáis pagado la multa y aceptado los 2 puntos.

    Saludos

  10. Una pregunta.

    Si no modifican el texto de la ley antes de que entre en vigor la semana que viene, quiere decir eso que los que tenemos recursos interpuestos por denuncias con la ley actual, podríamos acogernos a la nueva que entra en vigor para que se anulen?

    He leido por algún sitio que siempre y cuando se salga beneficiado en un cambio de ley el denunciado se podrá acoger a lo previsto en la nueva ley no tomando efecto la anterior denuncia?

    Agradecería info sobre esta cuestión si alguien puede informarme. Yo tengo recurso de alzada interpuesto a espera de resolución.

    Saludos

  11. LLevo practicamente toda la mañana en la Web del BOE y eso no hay quien lo entienda, no doy con ella!!!...esto es desesperante....¿porque todo es tán dificil?...

    Te lo puedes descargar directamente desde la Web de la DGT:

    http://dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/normas_legislacion/ley_trafico/leytrafico025.pdf

    Saludos

  12. Retomando el tema de la legalidad de los detectores, parece que últimamente todo apunta a que serán legales a partir del 25 de este mes, aunque supongo que el hecho de que los medios de comunicación lo digan no exime de que te la claven en cualquier momento.

    Noticia de La Sexta de hace unos días:

    [ame=http://www.youtube.com/watch?v=zs3T0GymAIk&feature=player_embedded]YouTube- Detector de radar legal a partir del 25 Mayo 2010[/ame]

    Ramón Ledesma (Subdirector General de Normativa y Recursos de la DGT) reconoce hace solo unos días que los detectores serán legales, pero al mismo tiempo avisa de que tengamos cuidado:

    [ame=http://www.youtube.com/watch?v=0-FtxchSa-M&feature=player_embedded]YouTube- La DGT aprueba el uso de los detectores de radar[/ame]

    Un hilo de los "malos":

    [url]http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?f=25&t=64202&hilit=radares[/url]

    Aún así, a mi me siguen quedando serias dudas, ya que nadie se ha mojado todavía jurídicamente hablando.

    Por otra parte, y además de lo que se ha debatido sobre las definiciones de inhibidores y detectores y los artículos 65.5.h y 67.b de la nueva ley, poco se ha hablado sobre lo que recogen los artículos 83.2 y 84.1.j por los cuales un agente puede inmovilizarnos el vehículo si detecta que está dotado de algún mecanismo encaminado a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico y de los medios de control a través de captación de imágenes. Dice así:

    Artículo 83. Medidas provisionales.

    2. Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico como consecuencia de presuntas infracciones a lo dispuesto en esta Ley únicamente podrán adoptar la inmovilización del vehículo en los supuestos previstos en el artículo 84.

    Artículo 84. Inmovilización del vehículo.

    1. Se podrá proceder a la inmovilización del vehículo cuando:

    j) Se detecte que el vehículo está dotado de mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los Agentes de Tráfico y de los medios de control a través de captación de imágenes.

    La inmovilización se levantará en el momento en que cese la causa que la motivó.

    Quiere esto decir que si nos descubren un detector de radar, no conlleva sanción ni retirada de puntos, pero nos pueden inmovilizar el vehículo hasta que retiremos la ¡nstalación? Si es legal... entonces porqué nos obligan a quitar la instalación?

    No sé, yo sigo bastante desorientado con todo esto. Yo ya tengo un par de recursos por 150 euros y 2 puntos, es decir 300 euros y 4 puntos por 2 veces que me han parado y me han denunciado por llevar la instalación.

    ¿Alguno se ha planteado o ha decidido ya desinstalar el detector por lo que pueda pasar?

    Saludos

  13. Hola,

    Hace ya algunos meses de este hilo, pero me ha parecido adecuado postear los avances que se han ido produciendo en los trámites de la denuncia. Más que nada por si a alguien le sirve en el futuro.

    Presenté primer escrito de alegaciones dentro de plazo, asesorado principalmente por mi sentido común, vuestras aportaciones y la ayuda de la gente de stinger spain, que se prestaron amablemente a proporcionarme documentación para plantear el recurso.

    A los tres o cuatro meses recibí notificación en la que el propio agente se ratificaba en la denuncia. Durante ese tiempo me di cuenta que había cosas que jugaban en mi favor y que no había planteado en el primer escrito de alegaciones, por lo que me ratifiqué en un segundo escrito de todas las anteriores y aporté nuevas pruebas solicitando nuevos testimonios y pruebas del agente en cuestión.

    Una de estas y que a mi parecer es crucial, es que en la ratificación de la denuncia del agente decía que se encontraba realizando un control rutinario de dispositivos anti-radar. A mi entender, si se está practicando un control de estas características los agentes deben disponer de los medios técnicos necesarios para constatar que el dispositivo en cuestión está encaminado a eludir la vigilancia y bla bla bla... y no basar la denuncia en una mera inspección ocular y una fotografía tomada del dispositivo.

    Por esto último y otras pruebas aportadas tengo esperanzas de que este segundo escrito de alegaciones sirva para que desestimen la denuncia. ¿Qué opináis?

    En caso contrario, sabéis si dispongo de algún recurso más o ya tendría que ir por lo contencioso administrativo?

    Alguno habéis llegado hasta ese punto? experiencias?

    A vuestra disposición si alguien necesita más información o documentación sobre el tema.

    salu2.

  14. Hola de nuevo, finalmente estoy planteando el escrito de alegaciones por mi propia cuenta. La verdad es que ya lo yengo bastante avanzado y me queda saber si como alegación para la desestimación de la denuncia puedo decir que le agente en cuestión no estaba autorizado a desmontar ninguna pieza del vehículo y por tanto declarar las pruebas como nulas.

    Según tengo entendido solo lo pueden hacer si hay indicios de delito (tráficos de drogas, armas, etc.).

    Necesitaría ayuda en este punto con algo de base de fundamento jurídico. Encontrar la Ley o Real Decreto donde pueda hacer referencia sería lo ideal.

    Alguna sugerencia de alguién?

    Gracias !!

  15. lo ley el otro dia y no te respondi en el momento porque me quede "pillao"...joer que mal rollito!

    A mi no me parece normal que te pare al azar a velocidad normal y con tu familia. Algo más tiene que tener para ponerse tan CABEZÓTA con la búsqueda de la antena.

    Haz memoria que algo le tuvo que dar la pista para pararte. A mi me han parado de manera rutinaria y nunca se han puesto a investigar por el coche. (toquemos madera)

    piensa...piensa....algo que les dio la pista.

    saludos

    Buenas, ya estoy de vuelta en mi cuidad de residencia y estoy panteando el recurso con la gente de dvuelta. Por lo que he visto por ahí quizás son los que más confianza me den.

    Naranjito, le he dado 20.000 vueltas a la cabeza y no veo la posibilidad de que hiciera algo que les diera pistas. A mi también me han parado varias veces y nunca me habían hecho esto. Es más, dos días antes me pararon también en la AP7 y solo me hicieron un control de alcoholemia (también iba con la familia y eran las 12:30 de la mañana). Ni registraron vehículo ni nada.

    Lo único que puedo pensar es que estuviesen parando a vehículos de alta gama a diestro y siniestro. Justo cuando me pararon a mi, se iba un cayene y mientras estaban con el mio, el compañero del mosso paró a un 730d. También le abrieron el capó, pero estaba delante mio y no vi que ocurrió.

    En fin, ya os iré contando como va el tema.

  16. La denuncia que se pone en el acto, es al conductor con sus datos, pero si es por una infraccion tecnica del vehiculo quien es responsable de la misma es el propietario del vehiculo. En este caso al ser una instalacion fija cabe la posibilidad de alegarlo en un recurso y el conductor ocasional del vehiculo en ese momento no tiene porque asumir esa infraccion.

    Gracias euracing. Intentaré plantearlo de esa forma para ver si me puedo ahorrar los 2 puntos. La verdad es que tiene lógica... si a mi me dan un coche con esa instalación y yo no lo sé, porqué tengo que responder por el propietario?

  17. Me da los buenos días y te ve el display pero no te lo dice y sin mediar más palabra me pide que abra el capó del coche. Lo abro sorprendido, porque solo he hecho un tramo de 20 kms por la autopista y no he pasado de 130.

    El caso es que el tio se pone a mirar por todo el motor. Mientras, yo metido en el coche con mi mujer y mi hijo. Aprovecho un momento que el tio tenía la cabeza agachada detrás del capó para borrar el software del DSI y ya de paso quitar el display, y eso canta . Ni me había dado tiempo. Al cabo de 5 minutos me pregunta si llevo algún dispositivo anti-radar. Le contesto que no y sabe que mientes . Me pide que pare el motor y que lo vuelva a encender va a lo facil pero como no suena y ya sabe lo que tienes, pues a buscar . Lo hago. Supongo que sería para ver si pitaba al encederlo. Se pone a mirar dentro del coche por todos lados para ver si encontraba el display. No lo encuentra. claro que no lo encuentra, lo encuentra a faltar y por eso no para hasta encontrarlo

    Vuelve al motor y se ha tirado otros 15 minutos hasta que ha encontrado los cables

    Tus sugerencias son bienvenidas, pero el caso es que el display va oculto en un sitio que no es visible a simple vista del A6 y es imposible que viera nada. Los que lleven un A6 sabrán dónde es. Si lo hubiera sabido, hubiera ido directo a abrir el sitio donde está, lo cual no hizo. Mirró en todos sitios excepto donde tenía que mirar. Si lo hubiera sabido, hubiera ido directo a verlo no?.

    Quizás me vio borrar el software... aunque no lo creo porque tendría que haber tenido ojos donde no los tenía ;-)

    Que sabia que llebava algo es seguro. Si no, no se hubiera tirado 20 minutos buscando.

    Gracias por tu inestimable ayuda y tus inestimables sugerencias.

    Saludos !!!

  18. No, no pueden desmontar nada, pero el problema es que ya está hecho.

    Una situación como esta es muy delicada, ya que si insisten es desmontar hay que tener mucha sangre fría y negarse en redondo...pero el tema puede acabar mal.

    En cuanto al recurso, ya que la intervención de la policía ha sido ilegal, puedes intentar que se declare la nulidad de las pruebas, es decir, de la fotografía, pero deberás ir al contencioso para tener alguna posibilidad...y francamente, no creo que tengas muchas.

    Respecto de los daños causados, puedes solicitar su resarcimiento por la vía de la responsabilidad patrimonial de la Administración prevista en la LRJAP-PAC, especialmente si lo ha hecho constar en la denuncia.

    Saludos.

    Gracias por tu respuesta Bel Maseto. Si tengo alguna posibilidad la intención será llevarlo hasta el final. La cuestión es cómo?

    Conocéis a alguien (persona/empresa) que tenga experiencia en estos temas que me pueda asesorar? Las empresas estas de recursoso de multas funcionan para algo así? Yo soy socio de Autoclub de la Mutua, pero no me dan mucha confianza para algo así?

    Otra cosa. Al estar el coche a nombre de una empresa, entiendo que la denuncia se la ponen a la sociedad, aunque en el boletín, estoy yo como denunciado. Podría alegar que yo como persona no sabía que esa antena estaba puesta y que la sociedad solo pague la multa? Así me ahorraría los dos puntitos.

    Gracias de nuevo.

  19. eso mismo entiendo yo, o me gustaría querer entender, pero más arriba pone "Cuando veo que empieza a quitarme piezas del paragolpes delantero le digo que no toque nada ni quite ninguna pieza". A que piezas se referirá exactamente??

    Gracias a todos por vuestras respuestas. No me desmontó el paragolpes entero ni tampoco la rejilla. Solo la pieza de plástico del antiniebla delantero derecho, que consta a su vez de dos piezas que deben encajar entre sí. Las del aldo izquierdo están perfectamente puestas y las que me quitó pues van medio sueltas.

    Gracias

  20. Buenas a todos,

    Llevo un DSI montado desde hace un par de años y que me ha salvado ya de unas cuantas, pero esta mañana me han cazado.

    Iba por la AP7 a eso de las 12:00 y en la salida 40 (km.319) después del peaje, me para un mosso. Me da los buenos días y sin mediar más palabra me pide que abra el capó del coche. Lo abro sorprendido, porque solo he hecho un tramo de 20 kms por la autopista y no he pasado de 130.

    El caso es que el tio se pone a mirar por todo el motor. Mientras, yo metido en el coche con mi mujer y mi hijo. Aprovecho un momento que el tio tenía la cabeza agachada detrás del capó para borrar el software del DSI. Ni me había dado tiempo. Al cabo de 5 minutos me pregunta si llevo algún dispositivo anti-radar. Le contesto que no. Me pide que pare el motor y que lo vuelva a encender. Lo hago. Supongo que sería para ver si pitaba al encederlo. Se pone a mirar dentro del coche por todos lados para ver si encontraba el display. No lo encuentra.

    Vuelve al motor y se ha tirado otros 15 minutos hasta que ha encontrado los cables (estaban bien escondidos) que van hasta la antena. Cuando los ha visto ya se ha empeñado a fondo y no ha parado hasta encontrarla. Cuando veo que empieza a quitarme piezas del paragolpes delantero le digo que no toque nada ni quite ninguna pieza. Me dice que no me precocupe que lo hace todos los días. Le respondo que no estoy conforme y que lo haga bajo su responsabilidad. Me desmonta la pieza de los antinieblas del paragolpes delantero, donde justo detrás está la antena (llevo un Audi Allroad).

    Me dice que llevo una antena detectora ilegal y que me va a sancionar. Le digo que no lo sabía ya que el cohe es de la empresa (es cierto que está a nombre de una sociedad mía)

    Le ha hecho una foto a la antena y me ha puesto la denuncia. Me he negado a firmar alegando que no sabía que llebava algo ilegal, que lo que llevaba era un avisador GPS de radares. Incluso le he enseñado el certificado de Stinger, pero me ha dicho que la antena no es legal... Total, 150 euros y 2 puntos.

    Cuando se pone a montar la pieza del paragolpes, no encaja bien y se queda suelta. Lo intenta varias veces y sigue sin quedar bien fija. Le digo que lo haga constar en la denuncia y que me de su nº de placa. Lo hace. Total, que me voy con la denuncia y una pieza del paragolpes medio suelta.

    Bueno, después de toda esta chapa que os he dado, a ver si me podéis aconsejar como afrontar el corresponiente recurso.

    ¿Si encuentran la antena es posible recurrir de alguna forma y llegar a buen término?

    ¿Puedo denunciar la mosso por lo de la pieza? Por lo menos que paguen ellos la reparación.

    Gracias a todos !!