gareno
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Muchas gracias por la información.
Saludos
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Una dudilla más. Cuál es el procedimiento más adecuado para contestar al requerimiento de identificación del conductor? Teniendo en cuenta la multa que te puede caer por no identificarlo y el funcionamiento de algunas administraciones...
Me imagino que por correo certificado sería lo conveniente,¿no?
Gracias de nuevo.
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El próximo paso entonces sería responder identificando al conductor y a esperar la propuesta de sanción y ver en ese momento acciones a tomar (reclamar foto, recurrir en caso de sanción superior a lo que comentas 3 puntos y entiendo que 200 euros)
Gracias me has sido de gran ayuda.
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Gracias por la rápida respuesta.
Entiendo entonces por lo que comentas, que aunque en la notificación indiquen que se ha tenido en cuenta los márgenes de error de la norma UNE 26444 (por lo que he leído en otras experiencias del foro es una frase que viene por defecto en todas las notificaciones) hay que calcular la velocidad legal a partir de la medición (lo que indica en la notificación no es la velocidad legal)??
Gracias de nuevo.
Saludos
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Hola a todos,
En primer lugar pesentarme también porque es mi primer mensaje en el foro, a ver si alguno de los expertos me puede aportar algo de luz.
Como dice el asunto me han pillado a 106 km/h en una zona de 70 km/h, bueno mejor dicho en una vía de doble carril de velocidad máxima 90 km, pero 50 m después de la señal de 70 por incorporación de esta vía a la A2 (Alcalá de henares-Madrid). La infracción me la notifica Tráfico.
El caso es que estoy bastante preocupado porque si me atengo a la normativa de carnet por puntos, me vuelan de un plumazo 6 puntitos más la consiguiente retirada de permiso y las pelas. Por otro lado está la famosa tabla de sanciones y los margenes de error.
Según la tabla serían 2 puntitos y 140 euros. Respecto a los margenes de error en la notificación especifican que se han tenido en cuenta los márgenes de error y el cinamómetro es un multanova 6fmr aprobado el uso en 1994 (he creido entender a Bel Maseto en otro post que los margenes de error no aplican a aparatos antiguos).
Por otro lado tampoco me han enviado foto, aunque indican que disponen de fuente fotográfica, no indica importe de multa ni perdida de puntos y me piden claro está que identifique al conductor (era yo)
Después de este rollo, mis preguntas:
1. ¿Debo solicitar foto y certificado del cinamometro? ¿Antes o después de identificar al conductor? ¿perdería la oportunidad del pronto pago?
2. ¿Aplicarán los famosos descuentos de velocidad por el margen de error? ¿Miden por las famosas tablas de la DGT o no hay graduación que valga?
Bueno no es mi intención que me hagáis una defensa de la multa, pero espero que entre todos me aportéis algo de información.
Gracias de antemano, Saludos.
Notificación de infracción por ir a 106 km/h en zona 70 km/h
en Cazadores ... CAZADOS!!!
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No me lo planteo, aunque tampoco tengo nadie a quien endosarle los puntos. De hecho ya he contestado al requerimiento de identificarme como conductor como me indicó Bel Maseto. Esperaremos la receta y veremos que hacemos.
Ya os contaré.
Saludos,