jmiguelc

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Mapa Radares Fijos España, Portugal y Andorra

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  1. Hoy día 23/03/2010 he recogido de correos la foto y homologación del radar que MULTAUTO ha solicitado sobre ese número de expediente, la foto es clara, completa (no recortada) y sólo aparece mi furgón, seguro que había un taxi pero sólo salgo yo, serían cuestión de metros, cawen la mar.

    Bueno la cosa es que no sé si hay que rascar más, parece chunga. Por lo que me planteo las siguientes opciones:

    1) Como recordaréis (mensaje superior a este) el día 17 de marzo, (vamos hace 6 días) me llegó la multa por carta certificada pese a tener la denuncia en mano del agente con los datos cumplimentados.

    Aún en la web de DGT me permite pagar la multa de 450 euros -30% con 4 puntos pero sin retirada de 1 mes del carnet (en el boletín de la GC pone 1 mes de retirada pero en la carta del día 17 sólo menciona los 4ptos+450 euros con posibilidad de reducir el 30%.

    Pagar con el 30% que aún pone y no sé si me reclamarán el resto a posteriori porque como os digo ya tengo desde hoy mismo la foto, osea que se ha recurrido)

    2) Mandar la foto y demás documentación a MULTAUTO que no sé si alargarán más los plazos

    Muchas gracias

    Estoy viendo la tabla de sanciones en el boe por velocidad y con el nuevo codigo te corresponden 400€ + 4 puntos y derecho a 50% de reduccion. Como esto es mas beneficioso para ti entiendo que es lo que debian haberte aplicado.

    Yo reclamaria en ese sentido, y a ver si tienes suerte

  2. Sí, ellos siguen otro lema : "In dubitas, pro Agentis"

    De todas formas, los que pillen ahora y se acojan a la nueva ley, irán a juicio, y ya se verá lo que opinan los jueces, lo que no se, es si van tan rápido como para que veamos el resultado antes de la entrada de ley, pero ojalá sea pronto, y el resultado favorable, de forma que cuando entre en vigor, no tengamos que conducir pensando en si el banco nos va a conceder el préstamo o no :jaw:

    Saludos

    Si pero hasta que veamos un juicio pasaran mas de dos años. Solo el procedimiento "normal" de las multas lleva un año largo, hasta que terminas con el recurso de alzada, y luego empieza el contencioso.

  3. Para añadir un poco mas de oscuridad al tema (aclarar parece que es imposible) os pego un enlace a una web de profesionales de las multas, en donde hay un iluminado diciendo que los detectores estan penados con 6000 €, aunque luego en la trascripcion de la ley hace referencia a inhibidores.

    http://www.copslocales.com/nueva-ley-de-trafico-vt4914.html

    A mi me da la sensacion de que de primeras al menos van a ir por nuestros copis.

  4. Supongo que de prevaricacion no le van a acusar, pero si a mi su mala actuacion me cuestan 3000 € entre abogados y procuradores + mi tiempo perdido, mas los daños morales y tensiones y demas cosas horribles que la tension del juicio me causaria, la verdad es que lo menos que podria hacerse es demandar a la persona que me ha originado los problemas. Supongo que sera causa perdida, pero deberia ser lo mismo que si un medico comete un error y te causa daños no?

    Por otro lado, habeis visto la tabla de sanciones por velocidad? Ir a mas de 191 por autopista ya no es multable, se han colado y en vez de poner velocidad superior a 191 Km/hora, hacen solo referencia a la velocidad de 191 Km/h. Lo dicho desastre total e inutiles ganando una pasta

  5. Y siguiendo con el tema, yo por ejemplo me multa el ertzaina, guardiacivil, mozodescuadra o municipal de turno alegando que mi BEL le interfiere sus mecanismos, o que es un aparato ilegal.

    Entonce yo, recurro, vuelvo a recurrir, y cuando me quitan la razon, en ese momento voy a contencioso y gano como parece que va a ocurrir.

    Podria yo en ese momento o en algun momento del proceso presentar una demanda contra el ertzaina que me multo, reclamando todos los daños que su mala actuacion me ha causado?

    Es una idea. Si vamos contra las personas, quizas sea mas facil que no se sometan a las "libres interpretaciones" de sus jefes