limciirc

Members
  • Mensajes

    3
  • Ingresó

  • Última visita

 Tipo de contenido 

Foros

Mapa Radares Fijos España, Portugal y Andorra

Mensajes publicados por limciirc

  1. Te dejo la normativa por la que se regulan los margenes de error en los cinemómetros por si quieres darle una lectura rápida.

    http://www.boe.es/boe/dias/2006/12/06/pdfs/A42869-42880.pdf

    Gracias por tu rapida respuesta. El lunes voy al ayuntamiento a que me enseñen las fotos.

    Por cierto si digo que el conductor es un amigo que reside en el extranjero, que pasa, le pueden ir a buscar las cosquillas. Por mi trabajo conozco bastantes extranjeros, italianos, franceses, latinoamericanos, es lo mismo en este caso poner a uno cerca de aqui como italiano (CEE), que poner a un colombiano.

    Gracias por tu ayuda.

  2. Hola a todos.

    Pues de todos los hilos que he leido de este tema, parece ser que al que han jodido mas estos hijos de puta ha sido a mi. Os cuento.

    Me han llegado tres denuncias por exceso de velocidad en el poligono del alcampo, en el tramo de 2 carriles paralelos a la c32 direccion barcelona, el hijo de puta del agente 168 en su ford focus gris, un viejito de unos 60 años que lo tienen alli cada mañana hasta que se jubile, la primera por ir a 69 100€ del dia 29 de abril, la segunda por ir a 81km/h del 4 de mayo 385 € y 6 puntos, la tercera del 7 de mayo por ir a 81 otros 385€ y otros 6 puntos. Mi acojone me vino cuando la primera denuncia me llega a cas el 20 de mayo y empiezo a pensar en que desde el 29 de abril al 20 de mayo que me entero de que alli hay un radr movil me han podido poner una cada dia. Bueno despues de desahogarme un poquito os pido consejo, por que hablando con los de recursos del racc no me dan muchas esperanzas.

    Hay alguien que haya recurrido este tipo de sanciones basandose en la certificacion del radar, la ultima revision anual, o la capacitacion del agente sancionador????

    Este lunes voy al ayuntamiento para que me enseñen las fotos y asi poder evaluar si interpongo recurso o no.

    Por otra parte he leido que este tipo de radar tiene un error tipificado por el fabricante del 3%, mi pregunta es cuando te hechan la foto ese 3% ya esta contemplado o puedo alegar ese error del 3% para descontarselo a los 81km/h y dejarlo en 79km/h y pasar asi de una sancion muy grave a otra grave???.

    Y otra duda que me surge, no es un poco ilogico que el RACC tenga recursos de multas, cuando ellos son parte interesada en la retirada de puntos ya que tienen la exclusividad en catalunya para dar los cursos de recuperacion de puntos previo pago de 180€.

    No quisiera despedirme sin mostar el cabreo que llevo conmigo desde hace dias al comprobar que el unico afan de la policia local de sant boi es recaudatorio por que si circular a 81 km/h por esa via a las 7:30 de la mañana es considerada una falta muy grave parame cacho de cabron para no seguir poniendo en "peligro" la seguridad vial y no me hagas una foto cada dia, que soy un currante. Y simplemente flipar por que un conductor normal (no fitipaldi) se pueda quedar sin carnet por conducir a 80 km/h