cerdeira

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Mensajes publicados por cerdeira

  1. gracias berki, pero la cuestión es si tengo o no tengo razón porque el abogado me saldría gratis. Hoy he ido a la Jefatura Provincial de Tráfico y me han dicho textualmente que para elllos los expedientes nunca caducan, que de hecho tienen expedientes abiertos de hace cuatro años. Yo insistí en que yo creía que el mio estaba caducado por los motivos que ya expuse y me dijeron que no, que para eso tenía que haber presentado un escrito de actos nulos en el momento en el que no me contestaron al recurso de alzada y que si lo hubiera hecho me habrían respondido.

    En fin que yo lo que querría saber es si realmente está o no está caducado para que el juzgado me de la razón.

    Un saludo

  2. Hola a todos, yo estoy en un dilema. No se que hacer, si ir al contencioso por 100 euros o comerme mi orgullo y pagárselos a esa pandilla de ladrones de la DGT.

    Resulta que el 8 de julio del 2008 me cazó un radar fijo a 86 km/h en un lugar limitado a 60. Presenté un pliego de alegaciones alegando que me había incorporado a la vía jpor una carretera que hay después de la señal y por lo tanto no había visto la limitación. Por supuesto no me hicieron ni caso y me la volvieron a enviar. Presenté un recurso de alzada el 28 de octubre de 2008 insistiendo en mis alegaciones y solicitando una vez más la fotografía completa sin ser recortada. Pasaron tres meses y no recibí respuesta, por lo que entendí desestimado el recurso. Dejé pasar el tiempo hasta que el día 28 de enero de 2010 el expediente caduca ya que ha pasado un año desde el inicio de su tramitación que se entendería después de considerarse desestimado el recurso de alzada.

    Pero los muy caraduras me envían una "notificación de resolución recaída en recurso", fechada el 15 de febrero de 2010 y que yo recibo el 25 de febrero, en la que me dicen que la sanción es firme, y me adjuntan la resolución de fecha 21 de diciembre de 2009.

    Todo esto, a mi entender aunque soy lego en temas legales, me parece un abuso. La resolución está dictada antes de la caducidad pero la notificación está dictada fuera del plazo de un año y por supuesto yo la recibo aún 10 días después.

    No se si realmente tengo razón o no pero yo pienso que el expediente tendría que estar caducado aunque supuestamente la resolución haya sido dictada en plazo porque yo no le recibí en dicho plazo.

    Lo que pasa es que los muy cabrones solo me dejan la vía contenciosa y quería cerciorarme antes si tengo razón o no porque si la tengo prefiero perder más dinero a pagarles a ellos.

    Tampoco sé si podría presentar un recurso de resposición alegando la caducidad del expediente.

    En fin, agradecería una repuesta y asesoramiento lo más rápidamente posible. Un saludo

  3. Hola, vamos a ver, el día 8 de julio de 2008 un radar fijo "cazó" a mi mujer a 85 en una zona limitada a 60. Recibió la notificación para que identificara al conductor y así lo hizo. Luego le notificaron la denuncia y presentó un escrito de alegaciones. Por supuesto no le hicieron ni puñetero caso y presentó el día 28 de octubre de 2008 un recurso de alzada. Si no me equivoco este recurso si en el plazo de tres meses no recibe respuesta se considera desestimado. Es decir, el día el 28 de enero de 2010 se inicia el procedimiento sancionador. Este procedimiento caducaría si en un año no se dicta resolución.

    Pues bien, resulta que estaba más contenta que unas castañuelas porque el día 28 de enero de este año el procedimiento caducó.

    Pero resulta que hoy, día 25 de febrero recibe una notificación de resolución en la que se resuelve que debe pagar la multa. Esta resolución es de fecha, según consta en la misma, 21 de diciembre de 2009.

    Y aquí es donde me surjen varias dudas. La resolución, por lo menos en la teoría, ya que pudieron ponerle la fecha que les dió la gana, se dictó antes de la caducidad. Sin embargo me la notifican después de haberse producido la caducidad.

    ¿Qué debo hacer? el procedimiento ha caducado o no?

    Me dan un plazo para recurrir en vía contencioso administrativa pero quisiera saber si realmente ha caducado ya que no me parece normal que pongan una fecha y reciba la notificación dos meses después. Yo creo que esa fecha es falsa y la pusieron para dar a entender que había sido dictada dentro de plazo.

    En fin, agradecería que alguien con los conocimientos suficientes me orientara.

    Un saludo

  4. Hola, necesito ayuda y asesoramiento urgente. Hoy he recibido la notificaciòn de que el día 29de diciembre me "cazó" un cinemómetro 922667 autovelox 105s a 86 km/h en una zona limitada a 50km/h por señal. Me dan un plazo de 10 días para identificar el conductor. ¿Qué puedo hacer? Me consta que si pudiera identificar a un conductor extranjero la denuncia quedaría sin efecto pero no es mi caso poque no conozco a ningú residente en el extranjero. Por lo tanto supongo que lo mejor será identificarme como conductor y luego empezar desde cero ¿no?

    También estaría enormemente agradecido si alguien conociera a algún extranjero que no le importara recibir una notificación (tiene que recogerla para que surta efecto) y se olvidara de ella porque no pueden cobrarle la multa ni detraerle los puntos.

    ¿Cuanto es la cuantía de la multa y cuantos puntos me quitarán? Un saludo y gracias de antemano.

  5. hola, soy nuevo en esto y tengo una duda. Tengo instalado en un mioc250 el iGO8.3.4.102680 y estoy muy satisfecho con él. Solo tengo un pequeño problema y es que durante la navegación no aparecen en la pantalla más que los nombres de algunas calles y quisiera que se vieran todas. ¿Como tendría que configurarlo para poder ver el nombre de todas las calles? Un saludo y gracias de antemano