habano

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Mapa Radares Fijos España, Portugal y Andorra

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  1. Hace poco salio una sentencia en Madrid al respecto a un recurso de AEA. Hay que descontar el % que corresponda a la velocidad que aparece en la foto en aplicacion del Anexo IV del RDL 339/1990 de 2 de marzo y la Circular de la DGT 10/2011 de 17 de noviembre. El centro de multas de Leon lo incumple sistematicamente. Quizas, como dije en su dia, una "querellita" por prevaricacion les vendria bien.

    Solo como aclaracion la circular que es muy interesante en este sentido no es de DGT sino de Fiscalia General del Estado. Por lo demas las sentencias favorables a descontar el margen de error que se puedan conseguir solo valen para el que la ha recurrido. A veces se ven por ahi noticias sensacionalistas de "miles de multas podrian anularse por ....." pero no es cierto. Y el gran problema es que como estas sentencias no tienen posibilidad de ser recurridas los jueces hacen lo que les parece y tu te quedas con cara de tonto.

  2. hola a todos, queria presentar mi caso para informar al foro más que nada.

    multado por exceso de velocidad el 24 de junio, via AP-68 (Bilbao-Vitoria), dirección Vitoria,

    Punto K. :13 (zona del Peaje), se encontrada radar movil en zona limite 90 Km/h, la velocidad de la via es de 120, pero estaban en la zona donde se debe reducir la velocidad para abordar el peaje, hay varios discos, creo que el primero es el de 90 Km/h, mi velocidad era de 135 .Se me detiene en el peaje y un agente me notifica la multa con una notificación escrita a mano.

    El caso es que yo estaba esperando a que me llegará la multa por correo certificado a casa para recurrrir o pronto pago con reducción y demas...pero no recibo nada hasta la semana pasada donde ya me llega con caracter resolutorio un requerimiento de pago sin foto, ni info sobre el radar, etc. Me informo en trafico y me dicen que el recurso o el pronto pago lo tenia que haber ejercitado con la notificación del agente, donde no aparece ni la foto, ni radar, solo la supuesta velocidad a la que iba y la limitación, el Punto K. y mis datos personales...

    Como lo veis?

    Gracias

    Hola Radieuse. Ese es un nuevo filon que han encontrado los gestores del radar de la Ertzaina. (se ve que estas cosas no pasan solo con la Guardia Civil). La señal de 90 Km/h esta situada a 600 metros de la cabina de peaje. Luego viene 70 Km/h a 400 m y 50 Km/h a 200 m. Tu llegas por la autopista a 130 o 135 como ibas tu y te puedes encontrar la señal sin que haya ningun coche entre tu y el peaje. (mejor dicho si hay uno que es el radar colocado al lado de la señal de 90 Km/h). sigues a velocidad y te caes con todo el equipo. No dejan de sorprendernos. Lo conocia porque le paso a un amigo mio. Le cogieron a 121 Km/h y no me lo podia creer, pero era asi. A estas alturas ya estaran pensando en el siguiente punto en el que "velar por nuestra seguridad".

  3. Hola. Hablamos mucho del margen de error de los radares, pero alguien ha visto alguna vez que en una multa de trafico (DGT) se haya descontado el margen de error?. Os aseguro que he visto muchisimas multas y jamas he visto una en la que se descontara. Lo unico que hay es el margen inicial de 8 o 10 Km/h con lo que se aseguran que en ninguna multa, descontando el margen de error reglamentariamente establecido, se llegase a la conclusion de que no se habia sobrepasado la velocidad máxima y en consecuencia no habia infraccion. Tambien he visto alguna de la policia foral de navarra por ir en autopista a 205 y 210 Km/h. En este caso la cuestion se transforma en delito por sobrepasar los 200 Km/h. En ambos casos se aplica el margen de error y se convierte en sancion administrativa. Y esto es asi porque en el derecho penal tanto jueces como sobretodo fiscales tienen muy clara la necesidad de descontar el margen de error empezando por el fiscal General del Estado.

  4. Yo me refiero a esto. en esta multa vemos como se ha descontado el margen de error del radar.

    Por si no se ve bien traduzco el texto: Circular a una velocidad comprendida entre 51 y 70 Km/h. Velocidad 73 Km/h (68 Km/h aplicado coeficiente corrector). Y sancion son 100 € y 0 puntos que es la que corresponde a 68 Km/h (velocidad corregida).

    Alguien conoce algun otro caso como este?<p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2014_11/56fd08974485c_multagijoncorregida2_pdf.5dbadd9d15ae415ced96763ed7b19eb3" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="4828" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2014_11/56fd08974485c_multagijoncorregida2_pdf.5dbadd9d15ae415ced96763ed7b19eb3" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p>

    multa gijon corregida2.pdf

  5. Hola acabo de ver este post y no se si te llegara este mensaje. Soy nuevo en el foro y te comento que te han tomado el pelo. han hecho un paripe de que te descontaban el error y como se dice vulgarmente te la han metido doblada. te comento.

    Por lo que dices ibas a 73. (supongo que esto lo has visto en la foto) El margen de error de un radar movil a velocidad inferior a 100 Km/h son 7 Km/H. te tenian que haber dicho que ibas a una velocidad entre 66 y 80 KM/H y aplicarte la multa correspondiente a 66 Km/h (in dubio pro reo) es decir ante la duda hay que tomar la velocidad mas ventajosa para el conductor.

    Y en definitiva a 66Km/h eran 100 sin puntos y 50 si se pagaban pronto.

    Un saludo,

  6. Hola Amigos.

    Estoy preparando un recurso de una multa de radar en Teruel sin anunciar y en un poste elevado y totalmente tapado por una señal de trafico de las grandes. La cuestión es que he leido en un periódico que hay ayuntamientos como Madrid, Barcelona, Bilbao, Málaga y Córdoba en los que las multas de radar no indican una velocidad exacta sino que te dicen que ibas entre tal velocidad y tal otra. Hay alguien que tenga una experiencia de esto y me pueda decir si es cierto y como funciona el tema?

    Gracias y un saludo.