TXINTXO

Members
  • Mensajes

    45
  • Ingresó

  • Última visita

 Tipo de contenido 

Foros

Mapa Radares Fijos España, Portugal y Andorra

Mensajes publicados por TXINTXO

  1. Mi experiencia con el LPP es toda en Francia donde me ha pitado más de 20 veces ý nunca me han parado después (eso sí, yo por si acaso lo desconecto rápido para que no se mosqueen).

    Afortunadamente a los gendarmes no les ha dado todavía (y espero que sigan así) por hacer las inspecciones visuales que de cuando en cuandose hacen los peajes españoles

    En España me lo vieron en una inspección visual en autopista porque a buenos ojos no se le escapan los sensores.... y el agente a sancionar que para eso miran...

  2. si si, no te equivoques. a mi me la pusieron el 14 de febrero del año pasado aunque a fecha de hoy no se nada después de los distintos pliegos de descargos.

    Pues de veras compañero que me alegro de que a ti te haya servido, pero a no ser que ya te hayan dado la razón (estimado las razones aportadas en los pliegos de descargo que mencionas) yo no cantaría victoria aún ya que en mi caso a pesar de recurrí reiteradamente siempre me las acabaron desestimando y al final o al contencioso o a tragar (tras 16 meses recurriendo :cry_smile:).

    Es por ello que yo en su día intenté conseguir algún documento (tipo el que te dan para pasar la ITV cuanto tintas las lunas o pones un escape deportivo) que certificase que el LPP es un sensor de aparcamiento homologado pero nunca lo conseguí y por lo que veo otros tampoco lo han conseguido.... :hurt:

  3. Seria bueno que tuvieramos un informe/certificado/documento de Industria donde se indicara que este equipo esta aceptado/verificado/admitido para ser usado como dispositivo de aparcamiento en España.

    ¿Lo tiene alguien?[/b]¿Es posible compartirlo?

    ¿Se os ocurre alguna otra medida?

    Gracias por vuestra ayuda en este tema.

    vmdba

    Por las respuestas y el tiempo transcurrido entiendo que NO LO TIENE NADIE....:hmm::hmm:

    Pues vaya manera de preocuparse por los indefensos usuarios del LPP porque es evidente que ante una inspección visual como las que hoy en día nos realizan los sensores no pasan desapercibidos y la sanción está cantada.

    A mi a los que dicen que hay que enseñar el manual les preguntaría si lo han echo y con qué resultado porque no me parece que ningún agente se vaya a poner a leer ningún manual ni que sirva para nada...

  4. Me voy a autorresponder:

    Al menos por lo que a mi me concierne el servicio de gestión de multas de línea directa es una P.M. que no me ha solucionado nada y hasta me ha EMPEORADO las cosas.

    A día de hoy pese ha haberles requerido por escrito en 2 ocasiones que me remitan copia de los recursos presentados en mi nombre ni caso sigo sin respuesta...

    Y cuando conseguí hace unos pocos días hablar con ellos me dijeron que sí, que mi petición estaba cursada pero que es normal que transcurran al menos 3 semanas hasta que las reciba por no sé que milongas de que tienen que mandar a escanear nose qué para que figure con el sello... (me sonó a una historia increíble y a que me daban largas).

    Además la persona que profesionalmente me lleva estos temas desde finales de Enero (gracias Carkits por la recomendación) ha sabido HOY que en una de las sanciones en vez de recurrir lo que hicieron desde el Servicio de Gestión de Multas fué IDENTIFICARME a mi como el conductor :zonked: y se quedaron tan anchos!!

    Además de en línea Directa he podido comprobar que en el servicio de gestión de multas de Autoclub Mutua tampoco dan copia para el interesado alegando que el documento presentado es PROPIEDAD de autoclub y que como mucho pueden enviar un reporte de actividad.

    Resumiendo:NO CONFIAR nunca en ningún servicio de gestión de multas que no manden, para el interesado, una copia de los recursos que su nombre dicen que le presentan.

    Ya que visto lo visto estoy seguro que con Servicios de gestión de multas así es seguro que en la DGT no cabe de gozo!, ni ellos mismos lo harían mejor y encima les sale gratis!

    ¿Acaso estarán en el fondo compinchados? :bad:

  5. Lo maneja el mismo agente, que te pillo a ti, de rebajas le han traido el aparatito por su excelente comportamiento.

    S2

    Era de esperar de un sujeto así, y como seguro que nos lee le dejo este recadito:

    "Harry, sabes quien soy y donde vivo, pero no sabes que tengo mucha paciencia, creo que te volveré a ver algún día y si me entero que has firmado denuncias un numero de agente diferente al tuyo (tengo sospechas) lo haré público.

  6. Estimados miembros del Foro,

    Acudo a vosotros porque esta semana me he encontrado con dos cartas certificadas (sanciones de trafico) y quiero solicitaros opinión y consejo ya que me niego a rendirme a las primeras de cambio a la cada vez más asfixiante maquinaria recaudadora de euros y puntos con que nos toca lidiar a quienes conducimos por las carreteras del estado.

    Las cartas se refieren a sanciones de 2007 que había mandado al servicio de gestión de multas que el seguro a todo riesgo incluye en la póliza (en mi caso en Línea Directa) para que se encargase de enviar el recurso a la administración correspondiente.

    y que me responderían a mi. Y en efecto lo han hecho desestimando las alegaciones.

    PREGUNTA 1: ¿Realmente hacen algo estos servicios?

    PREGUNTA 2 : ¿Es normal que no me manden copia del recurso presentado? (no se qué es lo que pusieron en el recurso).

    Caso Policía Vasca:

    Historia pertinente: Inspección de vehículo y detección de RP+Antena+LPP con retirada “ilegal” del permiso circulación + obligación “ilegal” a pasar una ITV especial “que no existía”+ 150€ y 2 puntos (infracción grave).

    RESPUESTA: “Concluida la fase de instrucción y vistas las alegaciones de fecha…., y el informe del agente denunciante se consideran probados los hechos denunciados (llevar instalado mecanismo o sistema encaminado a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico). Ultimo día de pago voluntario ..Feb-2008.

    PREGUNTA 3: ¿Puedo seguir recurriendo?

    Es que me da rabia no hacerlo pudiendo demostrar como puedo que el agente que me sanciona actuó ilegalmente tanto al retirarme el permiso de circulación como al obligarme a pasar una ITV especial (lo cual resta mucha credibilidad a la tan cacareada presunción de credibilidad) y debiera de ser motivo suficiente para declarar nula la actuación del sujeto en cuestión. Amén de que por mucha foto que hizo, en ningún momento identificó la marca ni modelo de la antena (imposible sin desmontarla), ni comprobó que esta se hallase operativa, ni anotó que el LPP es un sensor de aparcamiento LEGAL.

    Caso Cantabria

    Este caso se trata de una denuncia que en su día me llegó y que atribuí a algún error ya que tanto yo como a los que habitualmente conducimos el vehículo NO nos caracterizamos por “Efectuar un cambio de sentido de la marcha en lugar prohibido. Cambia de sentido rebasando línea continua a escasos metros de una rotonda. Entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario. ¿¿?? Conductor varón. No notificada.

    Indagando a posteriori supe que efectivamente el vehículo denunciado, en un contexto de atasco kilométrico de las carreteras de acceso a Torrelavega realizó una maniobra de cambio de sentido de la marcha en lugar prohibido y pisando en efecto una línea continua (al igual que lo estaban haciendo otros vehículos), pero SIN entorpecer la circulación en sentido contrario por que nadie circulaba en sentido contrario al llevar la mencionada rotonda varios minutos totalmente colapsada y todos los demás vehículos que circulaban en el sentido de la marcha estaban detenidos (excepción de los que igualmente se daban la vuelta).

    PRIMERA CARTA:

    (EDITADO)

    NUEVA CARTA:

    (EDITADO)

    Independientemente del contexto real SORPRENDE también que en la “nueva notificación” que como propietario del vehículo denunciado me envían se incluyen algunas modificaciones con respecto a la primera en lo referente al color del vehículo BL (que si quiere decir blanco pues no es cierto en absoluto ) y la coletilla de la perdida de 3 puntos cuando la sanción sea firme.

    PREGUNTA 4: ¿Qué haríais en este caso?

    PREGUNTA 5: ¿Suponiendo que BL quiera decir Blanco, sería este “fallo” un defecto de forma o motivo suficiente para recurrir con éxito?

    PREGUNTA 6: ¿Es normal que si bien en primera instancia no se hiciese mención a perdida de puntos alguna se mencione en la segunda?.

    ¡MUCHAS GRACIAS POR VUESTRAS APORTACIONES!

    PD: Sí a la SEGURIDAD VIAL pero NI UN PUNTO NI UN EURO para las falsas recaudaciones en su nombre.

  7. Como sabreis los que pasais por Francia la velocidad maxima en autopista se reduce a 110 con lluvia. Yo siempre me he preguntado como podian controlarlo con los fijos y creia que solo lo controlaban con los moviles. Pues no es asi porque estas vacaciones viajando por Francia en un dia de lluvia me tirè a roposito contra un fijo a 125 km/h y se diparò. Vi el chispazo (En Francia las cajas grises grandes te las encuentras de frente).

    Como consecuencia de esto me da la impresion de que deben tener algun sensor de lluvia que hace cambiar la velocidad de disparo.

    ¿ Alguien puede confirmarlo ?

    Pues yo creo que no tienen sensor de lluvia porque suelo hacer lo que comentas y no me suelen saltar, de todos modos repetiré en breve.

    Haber si alguien nos comenta al respecto

  8. Por cierto el Domingo 30 de Diciembre a la vuelta de mi última esquiada bajando la cuesta de la autopista en la que hay que ir a 90 y que termina en el peaje de Hendaya me topé con el primer Subaru IMPREZA de los gendarmes (antes los había visto en fotos en este y otros foros, alguno incluso estrellado :first: ) al principio no lo reconocí (por detras no parece que es el coche que es) pero en cuanto me puse a su altura GLUPSS! ligero reajuste de la velocidad a 88 GPS y ...... cuando ya esperaba perderlo de vista el muy descarado cruzó la frontera (río Bidasoa) eso sí, para salirse en la primera salida hacia Behobia, pero vamos, que sólo les falta sancionar a este lado :yikes:

  9. Comentaros que mi experiencia con el LPP no puede ser más positiva, desde que lo instalé ya no me han vuelto a sancionar, ha cumplido 9 meses y ni un solo fallo, ni un solo falso positivo, si pita, si cambia el color del LED de verde a rojo TE ESTAN DISPARANDO.

    El pasado Domingo me libró de la última (ya irán, 8 o más y lo tengo amortizado).

    Ya podrían todos los avisadores ser así de eficaces e ideales (que no den ni un falso positivo ni se les cuele una sanción o "falso negativo").

    En España no tengo experiencia ya que no debe haber pistolas por donde ando.

  10. lo cortes no quita lo valiente. A mi no me gusta Hamilton, pero he conducido en Francia, y los franceses tienen autopistas en que cuando las circunstancias lo permiten, sí se podría circular a esa velocidad. Yo lo he hecho en el pasado. La noticia no me alegra.

    TOTALMENTE de acuerdo +1

  11. La verdad es que las sanciones económicas son menores en Francia pero, desde mi punto de vista, la presión policial es mayor que en España.

    Si al final les estamos copiando, ellos empezaron antes con lo del carnet por puntos, las limitaciones por picos de polución (en Grenoble llevan ya un par de años con limitaciones a 70Km/h este tema en cualquier época del año), los subarus imprezza para las persecuciones etc., etc.

    He visto despliegues de gendarmes realmente "acojonantes" en las autopistas por temas de control de velocidad he acumulado un buen nº de recetas la mayoría de 90€ hasta que este pasado mes de Marzo me pusieron la última por ir a 140 (velocidad a la que no sancinaban en 2006) y decidi protegerme convenientemente.

    Reconozco que en España (y en Vizcaya y Cataluña aún más) se ha aumentado considerablemente la presión en este año pero, desde mi punto de vista los conductores franceses y todos los que pasemos por ahí (me refiero a autovías y autopistas )estamos hoy por hoy más jodidos y controlados (ya hay un significativo % de franceses que conducen sin puntos por haberlos perdido todos como aquí sudederá en 1-2 años ....) y si no que se lo pregunten a LEWIS HAMILTON

  12. Alguien sabe cual es el margen por encima del limite legal que permite la Gendarmeria?

    De la misma manera que en España con limitacion a 120 no te multan hasta 132, en Francia pasa lo mismo con el limite de 130 o 110?

    Gracias

    Llevo algo más de 60.000 Km por francia en escasos 3 años.

    En autopista sin lluvia a partir de 138Km/h sancinaban en Marzo del 2007. Antes era a patir de 140 pero rebajaron (y cuando se les ponga volverán a rebajar un poco más).

    Ojo que en autopista a 170 (40Km/h por encima del límite) me costó una retirada de permiso (solo para conducir en Francia) de 3 meses a la vuelta del puente de la consti 2006.

    A Euracin le digo que ha tenido suerte y a sus próximos 10.000 Km me remito.

    Ayer comenzó la campaña esquiadores 2007-08 con 3 patrullas móviles en un tramo de 150Km en la autopista de los Pirineos avistadas entre las 16:45-18H en el tramo Tarbes-Hendaya (2 con pistoleros laser y una de coche radar). Los foreros esquiadores que frecuentan las estaciones del pirineo francés saben de que hablo.:amen3: