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Mapa Radares Fijos España, Portugal y Andorra

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  1. Buenas a todos:

    Me pregunto si esto son cámaras de seguridad o radares fijos? Es en Madrid, en la entrada al túnel que hay para la M30 desde la A3 dirección Madrid, túnel a la altura del km 4 y algo de la A3.

    Ya me diréis, os paso la foto de google maps, a ver quién sabe:

    https://www.google.com/maps/@40.4060471,-3.6592887,3a,75y,103.97h,94.54t/data=!3m4!1e1!3m2!1sx79agjdLrxMbWCESc8lcmg!2e0?hl=es-ES

    Un saludo a todos!

  2. Pues eso, en Madrid, autovía de los pantanos dirección madrid, justo antes del polígono ventorro del cano, finalizando la bajada del puente. Límite 100. Iba muy rápido yo. El copi detecta el coche escondido detrás de los arbustos y clavo frenos, no bajo mucho. Calculo que andará la cosa por los 150kmh.

    El caso es que a los pocos metros (unos 800m), en la primera rotonda están los guripas parando a gente. Pensé que era alcoholemia porque tenían algo en la mano, pero no eran alcoholímetros, creo. Eran como PDA's de color negro. Qué serán? Deduje que estarían parando a la gente que había detectado el radar, lo cual me plantea otras dos preguntas.

    1)Si no me pararon, quiere decir algo? Qué sistema es este de detectar y parar? La única razón es identificar al conductor? Se desechan las multas que no se paran? Sé que la multa viene a casa igual, pero eso estaba seguro en los casos en los que no paran, donde simplemente se ponían y a multar, pero en este caso estaban detectando y acto seguido parando. A mí no me pararon.

    Qué opináis?

    Un saludos, cracks.

  3. Hola chavales:

    Pues la pregunta es esa, ¿cuál es la sanción por saltarse un semáforo en rojo? Sé que son 4 puntos (creo) pero con la nueva ley (que antes eran 200€), no sé en cuánta pasta se traduce... Siguen siendo 200€? En caso de no identificar (ya no puedo perder más puntos :thumpdown: ), ¿cuál es la multa? ¿Sería el triple? ¿600€ ó 900€?

    Un saludo a todos.

  4. Hola chavales:

    Ante todo, felices fiestas a todos.

    Esta tarde volviendo por la A6, había un citronen marrón a la altura de Espinosa de los Caballeros. Estaba muy bien camuflado el coche, de forma que el grillo sólo cantó muy a toro pasado. No iba muy rápido, límite de 120 e iría a 150 o así. Dí la vuelta para fijarme (sí sí, volví a pasar por ahí) y vi que aunque el radar funcionaba, no había nadie en el vehículo. Era la hora de la comida. La pregunta es, ¿es necesaria la presencia de los agentes para que efectúen la multa, o por el contrario el aparato se puede dejar en algún modo automático para que vaya acumulando sanciones?

    Un saludo y cuidado con el turrón!

  5. Hola chavales,

    Hoy he parado en la gasolinera que hay justo antes del radar este (iba en moto) a hablar por teléfono. Cuando colgué no me acordaba el radar (mira que siempre freno), iba por la VIA DE INCORPORACIÓN, es decir, a la derecha del todo, a unos 80km/h. Cuando rebasé el pórtico saltó el flash y ahí me acordé... Aishhh! Alguien me puede confirmar si pilla a los del carril de la derecha? Un saludo!

  6. Hola chavales, me ha pasado algo bastante extraño.

    Yendo por la m40 dirección A6 (bueno, ya pasada la salida de la A6), a la altura del km 50-51, antes de la salida de Avda. Ilustración y Pta. de Hierro, hay un par de túneles. El primer es túnel como tal, luego hay otro que es medio-medio (tiene unas vigas que no lo hacen túnel del todo, pero luego más adentro ya sí), ambos creo con limitación de 80. En el primer túnel (el más largo) se pone el Bel975 a chirriar, miro bien y no veo ningún coche detenido, nada sospechoso, solo un taxi enfrente mío... Ahora estoy cagado porque igual había un coche detenido y no lo ví, y si me cazó...pues iba bastante follado.

    Ahí va el mapa:

    http://maps.google.es/maps?f=q&source=s_q&hl=es&geocode=&q=m40&sll=40.391855,-3.647625&sspn=0.01582,0.019956&ie=UTF8&hq=m40&hnear=&ll=40.474408,-3.77316&spn=0.031601,0.039911&z=15

    Fue a esto de las 9:25pm o por ahí, alguien que haya pasado por ahí a esa hora que confirme please.

    Por otra parte, PUEDE HABER SIDO LA EMISORA DEL TAXI, habiendo dado una falsa alarma al BEL? Un saludo.

  7. Esto ya está mas que hablado.

    En un principio en el anteproyecto se sancionaba todo, posteriormente lo modificaron a prisas y dejaron artículos "secundarios" sin corrergir respecto las modificaciones primarias (vease lo de inmovilizar y sus casos)

    Yo lo tengo claro.

    Salu2

    Puedes aclarar lo de si hay sanción actual o no? Siento molestar con un tema que está tan hablado, si puedes indicarme dónde se discute te lo agradezco (espero encontrarlo si es un hilo con 100 comentarios poco informativos).

  8. He seguido este asunto al dedillo, el de la nueva reforma de la ley. Tras leerlo todo, consultar, empaparme del famoso hilo de este foro con decenas de páginas y cientos de comentarios, llegué a la conclusión de que, efectivamente, TÉCNICAMENTE los detectores son legales. Pero ayer recibo una llamada de mi madre:

    - Hijo, has visto las noticias en la 1?

    - No, ¿qué ha pasado?

    - Pues que la G.C. ha multado con 6.000€ a 3 conductores por llevar detectores.

    - Pero mamá, ya hemos hablado de esto, son inhibidores lo que multan, no detectores, ya te lo enseñé en el último B.O.E. publicado.

    - Ya ya, si por eso te lo digo. Detectores. Además lo sacó la cámara y era igualico que el tuyo.

    -Pues vaya.

    Estoy hecho un lío. He leído el BOE detenidamente y por más vueltas que le doy me sigue pareciendo que hay algo que no cuadra. Si os fijáis, pone:

    h) Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

    Hasta aquí todo bien. Pero NO PONE NADA del detector. No pone que YA NO SE MULTE.

    d) Instalar inhibidores de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.

    Fijaros en la última frase y en el contexto del párrafo. En el contexto habla de los instaladores de estos mecanismos. Osea, resumiendo: instalar inhibidores está prohibido, instalar detectores no. Porque pone "no contituirán infracción los sistemas de ..." No constituirán infracción SI QUÉ? Si los instalo? O si los llevo? No está claro.

    A pesar de ello, no me habría puesto a dudar y a ponerme quisquilloso si no estuviese publicado, en ese mismo BOE del 24 de noviembre de 2009, pero en el ANEXO II, donde se especifican las infracciones que llevan aparejadas la pérdida de puntos, lo SIGUIENTE:

    5. Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar ..... 6 (puntos)

    Rápidamente consulto "inhibir" en el diccionario de la Real Academia Española, y hay varias definiciones que nos afectan:

    1. tr. Impedir o reprimir el ejercicio de facultades o hábitos.

    4. tr. p. us. Prohibir, estorbar, impedir. U. t. c. prnl.

    5. prnl. Abstenerse, dejar de actuar.

    Interesante. Vale, con mi Bel 975 no tengo instalado ningún inhibidor, es decir, ningún mecanismo inhibidor. Pero leed el final de la primera frase: "o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia de tráfico". Osea, podría decirse de esta forma: "o sistemas encaminados a IMPEDIR la vigilancia de tráfico." Supongo que mi Bel 975 sí impide que esta gente mida lo que tienen que medir, ya que me alertan de su posición y freno a tiempo.

    No digo que realmente piense que esto es así, pero simplemente no me cuadra que anden multando por ahí a gente con detectores tras estar publicado el nuevo BOE, y estoy intentando discurrir a qué clavo ardiendo se están agarrando los Guardias a la hora de plantarte la denuncia, por mucho que les digas que ya es legal etc., etc. Claro que un GPS (100% legal, todos los sabemos) alerta también de ciertos tipos de radares (los fijos), osea que podría ser objeto de la retirada de puntos que antes menciono si tomásemos la infracción al pié de la letra. Y también sabemos que un Bel 975 (por ejemplo) no IMPIDE como tal que los guardias hagan sus labores. Osea, el detector no fumiga un spray tóxico que hace que se vayan; ellos medir, pueden, otra cosa es que yo frene antes.

    ¿Así que en qué quedamos? Si alguien puede iluminarme un poco, le estaré agradecido.

    Perdonad por el ladrillo. Un saludo.