M AVR FLAVIVS SEVERVS

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Mapa Radares Fijos España, Portugal y Andorra

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  1. Y al respecto de cambiar el tarado de los radares, ¿qué ocurrirá con cataluña y euskadi? ¿los dejarán como el resto de españa o aplicarán el margen que les salga de las narices como hasta ahora y que es inferior?

    Por cierto, he recibido un tríptico esta mañana en el que informan de las nuevas sanciones y tablas de velocidad. ¿Alguien más lo ha recibido? Pone que para más información mirar en: www.dgt.es o www.gencat.cat/transit (ésta última es del sdervicio catalán de tránsito y seguramente la información estará en catalán).

  2. Os adjunto el artículo íntegro que ha aparecido ésta mañana en el periódico LA VANGUARDIA. La única duda que me queda es: ¿la tabla de velocidades de los radares y sus márgenes de error que está en vigor y que más de uno llevamos en el coche, se queda como está? Yo interpreto que sí.

    Madrid. (EUROPA PRESS).- El Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la nueva Ley de Tráfico, que agiliza el procedimiento sancionador e introduce novedades como la posibilidad de notificación por correo electrónico de las multas, la reducción del número de infracciones que implican pérdida de puntos y descuentos del 50 por ciento en la cuantía de las sanciones por pagar en los primeros 20 días naturales. También incluye nuevas infracciones como ir en bicicleta sin elementos luminosos, que será infracción leve y podrá ser castigado con 100 euros.

    Nueva tabla de pérdida de puntos

    SEIS PUNTOS:

    -Conducir con un tasa del alcohol superior a la permitida, o bajos los efectos de las drogas, así como negarse a someterse a la prueba de alcoholemia.

    -Circular de forma temeraria, en sentido contrario, o participar en carreras no autorizadas en la vía pública.

    -Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir los radares, o manipular los tacómetros o los limitadores de velocidad de los vehículos profesionales.

    CUATRO PUNTOS: -Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.

    -Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación. -No respetar un ceda al paso, saltarse un stop o un semáforo en rojo.

    -Adelantar en línea continua, entorpeciendo a los vehículos que circulan en sentido contrario o en condiciones de visibilidad reducida.

    -Realizar la maniobra de marcha atrás en autovía, no respetar la distancia de seguridad o no atender las indicaciones de los agentes de tráfico.

    TRES PUNTOS: -No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o el casco. -Conducir utilizando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar dispositivos de telefonía móvil o navegadores

    --------------------------------------------------------------------------------

    La mayoría de las medidas contempladas en la ley entrarán en vigor a los seis meses de publicarse la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), salvo aquellas que beneficien a los conductores, que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Esto implica que, a partir de ese día, desaparece la suspensión del permiso de conducir como infracción administrativa, de modo que el carné sólo se perderá cuando se agote el saldo de puntos o lo determine un juez.

    Además, al día siguiente de publicarse la ley en el BOE, todos aquellos expedientes sancionadores por infracciones de tráfico que se abrieron cuando empezó la tramitación parlamentaria de la nueva Ley de Tráfico y que, según la nueva normativa, no están penalizados con pérdida de puntos, serán archivados.

    Así por ejemplo, aquellas personas multadas desde que se empezó a tramitar el proyecto por parar en el carril bus no perderán sus puntos.

    Asimismo, a partir de ese momento, en aquellas autopistas y autovías en las que la velocidad máxima está limitada a 80 kilómetros por hora, como ocurre en algunas vías en Catalunya, sólo se perderá puntos cuando se supere los 130 kilómetros por hora, y aquellos conductores que hayan perdido puntos desde que se inició la tramitación del proyecto de ley por este motivo y hayan recurrido las multas, tampoco perderán sus puntos.

    Por otro lado, la ley incorpora nuevas infracciones, como la de conducir con un inhibidor de radares, que es considerado una infracción muy grave, la de ir en bicicleta sin elementos luminosos, que será infracción leve y podrá ser castigado con 100 euros, y la de manipular el GPS mientras se conduce, que restará tres puntos al equipararse con la multa que ya se ponía por conducir hablando por el teléfono móvil.

    No obstante, la mayoría de las novedades de la ley tienen que ver con el procedimiento de tramitación de las infracciones. Así, se incluye la notificación de las multas por correo electrónico -de forma voluntaria para las personas físicas y obligatoria para las empresas-, una página web donde se publicarán todas las infracciones cometidas por una persona, el pago con tarjeta de crédito en la misma carretera y dos notificaciones de las multas en lugar de tres, como sucede ahora.

    Asimismo, se destinará parte de lo recaudado con las multas a la ayuda de víctimas, el titular de un vehículo tendrá que hacerse cargo del pago de una multa cuando no sea capaz de identificar al conductor que cometió la infracción, los conductores no podrán realizar gestiones en la DGT cuando acumulen cuatro sanciones graves sin pagar y la grúa podrá retirar el coche estacionado en zona azul cuando se triplique el tiempo permitido o no se pague.

    Otras novedades introducidas durante el trámite parlamentario tienen que ver con las sanciones de velocidad. Así, al contrario de lo que había propuesto el Gobierno, se respetarán unos márgenes de error en las sanciones impuestas por radares, de forma que, en autopista, se comenzará a multar cuando se superen los 133 kilómetros por hora.

    Pronto pago

    Si el infractor abona la multa en menos de 20 días tras la notificación se beneficiará de un descuento del 50 por ciento, aunque eso sí, perderá el derecho a recurrirla. El conductor podrá pagar la sanción en el momento con tarjeta de crédito.

    Dos notificaciones en lugar de tres

    Las sanciones se notificarán dos veces, en lugar de las tres actuales.

    Margen de error de radares

    Para evitar malas interpretaciones, la nueva ley establece que se deberá seguir respetando el margen de error de los radares de control de velocidad, que oscilan, según el modelo de cinemómetro, entre el 3 y el 10 por ciento.

    Grúa y zona azul

    La grúa podrá retirar un coche aparcado en zona azul cuando no haya colocado el tique que permita su estacionamiento o cuando triplique el tiempo abonado.

    Los morosos no podrán vender el coche

    Los titulares de un vehículo que acumule cuatro sanciones graves o muy graves firmes sin pagar no podrán realizar ningún trámite relativo al mismo, como la venta o el traspaso.

    El dinero de las multas irá a las víctimas de accidentes

    La nueva ley establece que el total del dinero recaudado por multas deberá destinarse a políticas de seguridad vial. Una parte del total se donará a las asociaciones de víctimas de accidentes.

    Nuevo importe de las sanciones

    Las sanciones leves serán castigadas con multa de hasta 100 euros; las graves con 200 y las muy graves con hasta 500 euros.

    Novedades en el catálogo de infracciones

    Serán infracciones leves:

    Circular en bicicleta sin alumbrado o no hacer uso de elementos y prendas reflectantes.

    Graves: Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, en cambios de rasante, zonas de estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones, o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.

    Conducir vehículos con la carga mal acondicionada o con peligro de caída, no impedir que el vehículo sea conducido por alguien que nunca ha obtenido el carné, conducir hablando por el móvil o manipulando el navegador.

    Muy graves: Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar u otros mecanismos que interfieran el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como la manipulación del tacógrafo.

    Las actuaciones realizadas por autoridades o funcionares en el ejercicio de su responsabilidad que pongan en peligro la seguridad vial.

  3. Normalmente los controles son de pedir documentación, alcoholemia ocasional y nada más. No he visto ni radares de trípode ni nada que se le parezca. Últimamente, al menos este verano, se paseaban bastante en moto y en alguna ocasión con el coche parado deteniendo aleatoriamente a quien querían.

    Esa carretera por su trazado, invita a correr, y no porque tenga muchas rectas, sino por las curvas que animan a dar pedal. El tramo más controlado es el que va desde Celanova hasta la frontera de Portugal. Dicha carretera sólo tiene un fijo de 100 muy cerca de Ourense, el cual ya está fichado y sale en la base de Robser, lo demás son el camuflado que me informaron este verano y los controles.

    En alguno de esos controles me han parado, y sólo se han limitado a pedir documentación y ver que la llevas toda. Suelen ser bastante amables y no es raro si luego acabas hablando con ellos de cualquier cosa ajena al motivo de tu detención como me pasó el año pasado. Me pararon, me pidieron documentación y al ver que era de Cataluña, acabamos hablando de alquileres y precios del transporte público entre más cosas.

    Este año, a raíz de un artículo que salía en el periódico La Región, la carretera incrementó estos controles, ya que es frecuente encontrarte con bastantes tractoristas al volante o fittipaldis haciendo de las suyas. El hecho de que comunique con Portugal también es un aliciente, ya que allí, al menos en esa carretera, se corre y mucho como he visto en muchas ocasiones.

    Pidexo, gracias por tu ayuda.

  4. Hola a todos,

    no me es posible colgar fotos en el formulario para la localización de radares ya que no dispongo de ellas pero si la localización exacta de donde se suelen poner con un vehículo con su perceptivo radar móvil. El motivo de poder disponer de foto es que no los he visto a la caza de conductores, ya que la información me fue facilitada por un vecino que vive en esa población y que los ha visto en numerosas ocasiones. El formulario, por este motivo, no me deja que lo envíe.

    Así mismo, facilito los datos de las localizaciones exactas donde he visto patrullas de la Guardia Civil de Tráfico realizando controles de alcoholemia y en los que me han parado en alguna ocasión.

    Dado que sólo paso por esa carrretera cuando estoy en la zona de vacaciones, no me es posible adjuntar fotos, ya que bien no las pude sacar en su momento o bien porque conozco la ocalización pero no había en el momento patrulla alguna.

    Si alguien desea incluir estos datos para la localización de radares y controles, ya podré decir que la Carretera Nacional OU-540 desde Ourense ciudad hasta la frontera de Portugal (son 72 kilómetros exactos) en ambos sentidos de circulación, queda fichada al completo ya que así lo he hecho este verano.

    Lamento mi inexperiencia y ruego disculpas a los responsables de la inclusión de los mismos en los POI's de radares semanales.

    Las localizaciones han sido tomadas en todos los casos situando mi coche en el punto exacto y sacando las coordenadas con mi GPS.

    Confío en poder haber sido de ayuda.

    CONTROLES Y RADAR MOVIL FICHADO

    Carretera: OU-540

    Kilómetro: 53,800

    Población: As Conchas - Ourense

    Coordenadas: N 41º 56.867' W 8º 01.983'

    Avistamiento: Control de Guardia Civil de Tráfico en dirección Ourense a la salida del pueblo y en plena curva

    Velocidad: 70 KM/H

    Carretera: OU-540

    Kilómetro: 22,700

    Población: Carfaxiño - Ourense

    Coordenadas: N 42º 10.124' W 7º 57.436'

    Avistamiento: Control de Guardia Civil de Tráfico en dirección Portugal en la curva a la salida del pueblo.

    Velocidad: 100 KM/H

    Carretera: OU-540

    Kilómetro: 36,000

    Población: Alto do Vieiro - Ourense

    Coordenadas: N 42º 03.855' W 7º 58.000'

    Avistamiento: Control de Guardia Civil de Tráfico en dirección Portugal enfrente del área de descanso.

    Velocidad: 90 KM/H

    Carretera: OU-540

    Kilómetro: 17,800

    Población: Vieiro de Cartelle - Ourense

    Coordenadas: N 42º 12.444' W 7º 56.401'

    Avistamiento: Posible multanova camuflado en la entrada del pueblo en dirección a Ourense tras la pared de la primera casa que hay justo después de la señal de limitación de velocidad.

    Velocidad: 70 KM/H

    Carretera: OU-540

    Kilómetro: 54,800

    Población: As Conchas - Ourense

    Coordenadas: N 41º 56.749' W 8º 02.101'

    Avistamiento: Control de Guardia Civil de Tráfico en dirección Portugal en la entrada mismo del pueblo.

    Velocidad: 50 KM/H

  5. OK. Gracias A300. El caso es que cuando paso por allí, voy despacio mirando paredes, muros, medianas y techo para ver si es que hay alguno, pero no he visto absolutamente nada. Si pita el que dices, entonces es el que está al final del puente de la C-33 en dirección Gerona y que conozco.

  6. Gracias Kape una semana más.

    Por cierto; en Montcada i Reixac (Barcelona) en el nuevo paso subterráneo de la C-17 y justo en el centro del pueblo, el TT GO me pita un fijo de 100 y sin embargo no he visto nada ni en sentido Barcelona ni sentido Vic. ¿Alguien puede dar algo de luz al respecto?