Tonteria del viernes pasado, bajando para Alicante


rikitaun

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Es acojonante el miedo que esta metiendo el tontolapolla a la gente.....

Bajabamos en el C2 de la parienta a 140km/h constante (velocidad de empanado mental y de maximo riesgo) desde que sali de madrid

y vemos un citroen de la G.civil por la derecha y 8 o 10 "borreguitos" en fila india detras de ellos.... yo venia por el carril derecho adelanto me pongo a la par de los verdes reduciendo velocidad "of course" y van a 123km/h de mi marcador (el C2 lleva 3 km/h de diferencia respecto al GPS) .. nos quedamos en paralelo unos cuantos metros..... hasta que levantaron un poco el pie.... y les adelante a paso de tortuga...... una vez pasados las 8 o 10 "ovejitas luceras" adelantaron a la patrulla....

:horse:

el detalle es que son tan perros que iban a 120km/h y claro segun la ley no puedes adelantarles, al ir a la velocidad maxima de la via

""" en el artículo 51 del mismo texto legal, indica que podrán sobrepasarse en 20 kilómetros esa velocidad, cuando se efectúe un adelantamiento a otro vehículo, pero sólo en el caso que ese vehículo circule a una velocidad menor de genérica, es decir 120 km/h. Por ese motivo, sólo cuando ese vehículo circule a 119 km/h o menos podrás superar esos 20 km/h., con lo cual, nunca podrás circular a una velocidad de 140 km/h. o superior. """

Editado por rikitaun
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Pasa siempre que hay un coche de la guardia civil yo siempre les paso a unos 130-140 porque como dice pidexo nunca te paran.

La buena fue hace cosa de un mes volviendo de formigal de repente un coche de la guardia civil pero de los rurales y todos como borregos detras, en fin a este ritmo veo que cada vez que haya un coche de la GC vas a ver todos los coche 10 metros mas atras

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Rikitaun, estás en un error. Ese margen de 20 kmh sólo puede emplearse en el caso de adelantamientos en carretaras CONVENCIONALES; evidentemente, una autovía o autopista no son convencionales.

Mira lo que dice el RGC en su art 48:

Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado.

1. Las velocidades máximas que no deberán ser rebasadas, salvo en los supuestos previstos en el artículo 51, son las siguientes:

a) Para automóviles:

1.º En autopistas y autovías: turismos y motocicletas, 120 kilómetros por hora ; autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables, 100 kilómetros por hora ; camiones, vehículos articulados, conjuntos de vehículos, furgones, autocaravanas y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 kilómetros por hora ; restantes automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora.

2.º En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras convencionales, siempre que estas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura, o más de un carril para algunos de los sentidos de circulación: turismos y motocicletas, 100 kilómetros por hora ; autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables, 90 kilómetros por hora ; camiones, tractocamiones, furgones, autocaravanas, vehículos articulados y automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora.

3.º En el resto de las vías fuera de poblado: turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas y cuadriciclos asimilados a motocicletas, 90 kilómetros por hora ; autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables, 80 kilómetros por hora ; camiones, tractocamiones, autocaravanas, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 70 kilómetros por hora.

Y lo que dice el art 51:

Artículo 51. Velocidades máximas en adelantamientos.

1. Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano sólo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas (artículo 19.4 del texto articulado).

De esta manera, si la GC va a 119 en autovía o autopista, no podremos jamás rebasar los 120 kmh; si en esa autovía o autopista existiera un límite específico por señal de 100 kmh, y la GC circulara a 99, jamás podríamos rebasar los 100 kmh.

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Yo una vez tube una situacion similar, resulta que al poco de salir de Berga, en direcccion Barna que quede justo detras de ellos, autovia de 100, asi que a 100 unos cuantos kilometros, a mi no me hace ninguna gracia adelantarlos y esque aunque lo que comentais, no seria la primera vez que se hace, pasarlos despacio y luego apretar, como tengan el dia cruzado te joderan, ademas en mi caso eran los de trafico, asi que fui detras de ellos unos cuantos kilometros, pero lo que son las cosas, al salir de Manresa se me puso otro coche de los mossos detras, dije si, pues ahora vais a tragar vosotros, ya que fuimos como cinco o seis kilometros a 50 a 60 a 40.. a 70 no podian adelantar, era todo nacional, pero todo era peligro desrndimientos, obras, poblado y mas y no veas la romeria que lio detras. je je, al final cuando tubieron la mas minima situacion de adelantar en carril lento-rapido les falto tiempo.

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