Puedo recurrir un exceso de 6 Km/h?


endeneguer

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Buenas noches, este es el primer post que pongo en el foro y la verdad es que necesito ayuda. Me ha llegado una multa de la Comunidad de Madrid en la que me dice que en diciembre de 2008, me han hecho una foto en la M-30 (carretera con un límite de 90 Km/h) a "96" Km/h. Hablando en plata, que por sobrepasar el límite en 6 kilómetros tengo que pagar 64,40 euros.

Para aclararlo más, en la multa pone que iba a 96Km/h y en la foto del radar pone que iba a 102.

He buscado por internet las tablas de velocidades máximas/sanciones y he visto que en la de la DGT, por circular a 100 en una carretera de 90 no hay sanción, pero al ver la tabla de la Comunidad de Madrid, lo unicio que dice es que "circular a velocidades que excedan en 20 km/h la velocidad máxima acarrea la sancion de 64,40€, pero no marca un espacio de velocidades entre la maxima y cuando empiezan a multar (la DGT dice que si en carretera de 90, vas a 100, no te multa).

Mi pregunta es: a alguien más le ha pasado esto? Ha recurrido?

No se que hacer, me parece una pasada que por ir a 96 km/h tenga que pagar 64,40, y si voy a 110 pase lo mismo...

Editado por endeneguer
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El ayuntamiento de madrid tiene sus propias tablas de sanciones.

A esa denuncia que te han mandado, le han quitado ya un tanto por ciento, creo que para el ayuntamiento es un 7% así que ivas algo m´s que a 96. es una jodienda pero es así.

Lo que puedes hacer es pedir la foto original y ver si salen dos coches o algo similar.

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Hola, la tabla de sanciones del ayuntamiento establece en su ordenanza de movilidad número 40 que el exceso de velocidad de hasta 20 Km/h sobre la fijada como máxima se sancionará con 92 € (64,40€ por pronto pago), es decir, que te multan desde el primer kilómetro por encima del límite. Lo que pasa es que el ayuntamiento tiene su propio criterio y a la velocidad a la que circulabas en realidad (la que sale en la fotografía, 102) le quita un 7%, quedándose entonces en la velocidad por la que realmente te van a denunciar, 96Km/h.

Luego tu no pagas por un exceso de 6 Km, en realidad estás "pagando" por un exceso de 12 Km, aunque aplicando el criterio del ayuntamiento, respondes por un exceso de 6Km. No se si me explico.

La tablas de la DGT no las mires porque no te valen para nada.

Así que por ahí no puedes recurrir. Otra cosa sería: que la foto esté deteriorada, el radar no haya pasado las revisones...

Saludos y suerte

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Luego tu no pagas por un exceso de 6 Km, en realidad estás "pagando" por un exceso de 12 Km, aunque aplicando el criterio del ayuntamiento, respondes por un exceso de 6Km. No se si me explico.

Lo que se resta es el margen de error, pero en ningún caso hay que asumir (como tú lo estás haciendo) que el margen siempre va a tu favor.

Cuando se dice que tiene un margen de error del 7%, también significa que puede ser p.ej. que tu vayas a 100, y te mida 107, ya que cae dentro del margen de error.

Si efectivamente el error ha ido a su favor se ha beneficiado de los 12 vs 6, pero si el error ha ido en su contra, está pagando un exceso de realmente lo que toca, 6km, es decir nadie le bonifica.

Ahora no recuerdo si el 7% era +-, o era 3,5% hacia arriba y 3,5% hacia abajo de la medida tomada o 7% arriba y 7% abajo, el ejemplo de los 100 y 107, está hecho asumiendo un 7% arriba y un 7% abajo.

No se si me explico.

Saludos

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Ahora no recuerdo si el 7% era +-, o era 3,5% hacia arriba y 3,5% hacia abajo de la medida tomada o 7% arriba y 7% abajo, el ejemplo de los 100 y 107, está hecho asumiendo un 7% arriba y un 7% abajo.

No se si me explico.

Saludos

Yo tenía entendido que siempre te quitan ese tanto por ciento, es decir, siempre beneficia al conductor. Te captan a una velocidad, y a esa le quitan el 7%. Al menos todas las multas que he visto del ayuntamiento son así.

Saludos

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Yo tenía entendido que siempre te quitan ese tanto por ciento, es decir, siempre beneficia al conductor. Te captan a una velocidad, y a esa le quitan el 7%. Al menos todas las multas que he visto del ayuntamiento son así.

Que te quitan el 7% es cierto, pero no es un regalo, es obligatorio por el caso que te comentaba, que también se puede equivocar en contra tuyo, es decir, puedes ir a 100 y que mida 107, es la definición de "margen de error". Por eso lo restan y no por otra cosa.

Es decir, que si no lo restasen, podría ser que fueses a 100, midiese 107, y te empapelasen cuando fueses correctamente.

Como no saben el error hacia donde va (por eso es un error), pues tienen que restar siempre ese margen, cuando vaya a tu favor, pues has ganado lo que comentabas, cuando va en tu contra, están midiendo exactamente la velocidad a la que ibas, no hay misericordia.

Saludos

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