Rd 13/92


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Estoy buscando el texto de este RD, que se supone que es el reglamento general de circulación, pero en la página de la DGT no está y en la web del BOE tampoco se puede ver porque es muy antiguo.

¿Alguien sabe dónde encontrarlo?

Si lo teneis, ¿Me podríais copiar el texto del art. 50?

Un saludo.

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Lo acabo de encontrar, pero aparece como "Derogada":

Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. (Vigente hasta el 23 de enero de 2004)

Supongo que eso quiere decir que una multa contra esta ley de después del 23 de enero de 2004 es recurrible.

No me puedo creer que sean tan chapuceros...:floor:

¿Algún letrado en la sala que nos ilumine?

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Y sigo indagando...

El RD 1428/2003 es el que deroga al 13/92. Copio el texto:

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogados el Real Decreto 13/1992, de 17

de enero, por el que se aprueba el Reglamento General

de Circulación, para la aplicación y desarrollo del texto

articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos

a motor y seguridad vial, así como el artículo 108 y

el anexo 2 del Código de la Circulación, y cuantas disposiciones

de igual o inferior rango se opongan a lo

dispuesto en este real decreto.

Sin embargo, el nuevo no se opone en el artículo 50 a la ley que deroga. Lo único es que prevee la posibilidad de que la autoridad aumente el límite de velocidad (estamos hablando de vías urbanas).

¿Qué os parece?¿es recurrible?

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En el primer mensaje buscaba una cosa, pero luego la he encontrado y he cambiado de opinión... :)

Vamos a ver: Si te ponen en el 2005 una multa por ir a más de 50 en una ciudad, pero en la denuncia dicen que has violado el artículo 50 del RD 13/92, que resulta que está derogado desde que entra en vigor el RD 1428/2003...

¿Se puede recurrir?

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En el primer mensaje buscaba una cosa, pero luego la he encontrado y he cambiado de opinión... :)

Vamos a ver: Si te ponen en el 2005 una multa por ir a más de 50 en una ciudad, pero en la denuncia dicen que has violado el artículo 50 del RD 13/92, que resulta que está derogado desde que entra en vigor el RD 1428/2003...

¿Se puede recurrir?

Pues si, lo puedes recurrir y de hecho esa denuncia no vale para nada porque el R.D 13/92 esta derogado, como tu has dicho y el RD 1428/2003 es el que esta en vigor actualmente, aunque los articulos en su mayoria coincidan en uno y otro. Esa te la ha puesto alguno que no se entera, por donde le pega el aire:floor:

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Pues si, lo puedes recurrir y de hecho esa denuncia no vale para nada porque el R.D 13/92 esta derogado, como tu has dicho y el RD 1428/2003 es el que esta en vigor actualmente, aunque los articulos en su mayoria coincidan en uno y otro. Esa te la ha puesto alguno que no se entera, por donde le pega el aire:floor:

En realidad no es a mí al que se la han puesto :the_finge sino a un familiar, pero como si lo fuera.

El problema viene ahora con los plazos, porque no han mandado nada y nos hemos enterado por internet de la puñetera multita. A ver qué hacemos pq le quieren retirar el carnet. Son incompetentes hasta en eso.:smash:

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