Radar Cataluña con poca visibilidad


marina81

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Hola A todos !

Que bien haberos encontrado , espero que podais ayudarme.

Me ha llegado una multa en la nacional 240 por exceso de velocidad , maximo era 70 y ibamos a 89 .:viking:

Tenemos todavia tiempo para reclamar , ya que el coche va a ami nombre y yo no tengo carnet y asi acabo de dar los datos de mi marido , para que me envien de nuevo la multa con el importe a pagar.

Mi pregunta es : Era por la noche , en la foto solo se ve la matricula y las luces , es la prueba que la visibilidad era muy mala ... podemos reclamar por ello teniendo posibilidades a que la anulen? Porque si con una camara de ultima tecnologia con flash nos hace esa foto que no se aprecia practicamente nada ( solo matricula y luces) , no se debe de ver las señales en estos tramos por poco alumbrado o nada , aparte que van cambiando continuamente la velocidad.

Bueno espero vuestra respuesta:

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Hola, un par de cosillas:

- Pásate por aquí http://goo.gl/hjRe6 para dejarnos tu presentación (algo muy recomendable cuando entras a un sitio de nuevas

- Si se ve la matrícula vas fastidiada porque a ellos les basta.... y no se que tabla habrás estado mirando, pero a partir de 78 (sin tener en cuenta margen) te pueden multar.

Un saludo

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Perdona, ahora me presento, fue llegarme la multa y buscando en internet encontre vuestro foro , y claro como cuando nos pones multa vamos contra-reloj !

:confused3:

Es en la nacional 340 direccion Barcelona , Km1062 !!!!

Mirando en vuestro foro encontre esto:

http://www.bcn.cat/hisenda/es/principals_multes_transit_explicacio.html

Y hay pone los barremos que comente ...asi que no entiendo nada.

Asi que si podeis ayudarme , os lo agradecere!

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Se trata del radar de Las Casas de Alcanar, un Cirano 500 sobre poste, ubicado en el km 1062.50. El tramo de sanción para un radar de límite 70 va desde 71 hasta 100 kmh, y en Cataluña sólo aplican 4 kmh de margen.

Las condiciones de visibilidad apreciadas en la foto se deben a que ha empleado un flash infrarojo, y que está homologado, por lo que las posibilidades de que prospere el recurso son muy, muy escasas.

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Entonces mi pregunta es , para que sirve la tabla esta?

Tambien me gustaria saber , me ha llegado una notificacion para saber quien conducia , pero no pone nada del importe a pagar , imagino que me vendra ahora que hemos puesto ya el conductor , no?

Si recurro, imagino que pasan los primeros 20 dias qe te hacen la mitad de la multa... osea perderia esta posibilidad? o si recurro al principio la resolucion es bastante rapida?

( antes de los 20 dias)

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Una vez identificado el conductor, si pagas con descuento, la sanción deviene firme al momento, no hace falta dictar resolución expresa. No cabe recurso en vía administrativa.

Si una vez identificado formulas alegaciones, se empieza a mover la maquinaria y puede tardar incluso un año o más la sanción en ser firme.

Un saludo

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Se trata del radar de Las Casas de Alcanar, un Cirano 500 sobre poste, ubicado en el km 1062.50. El tramo de sanción para un radar de límite 70 va desde 71 hasta 100 kmh, y en Cataluña sólo aplican 4 kmh de margen.

Las condiciones de visibilidad apreciadas en la foto se deben a que ha empleado un flash infrarojo, y que está homologado, por lo que las posibilidades de que prospere el recurso son muy, muy escasas.

Ese radar es muy peligroso y muy fácil de caer si uno no lleva un avisador o un detector. Yo me he llevado algun susto con ese radar en mis tiempos de rutero.

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