El juez absuelve al sierense «cazado» dos veces a 100 km/h sobre el límite permitido


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LA NUEVA ESPAÑA

El juez absuelve al sierense «cazado» dos veces a 100 km/h sobre el límite permitido

La sentencia cierra la vía penal, pero abre la posibilidad de que Tráfico sancione al joven con una multa de 1.040 euros y la retirada del carné durante tres meses

Oviedo, Idoya RONZÓN

El Juzgado de lo penal número 1 de Oviedo ha absuelto al sierense sorprendido en junio dos veces en dos minutos cuando circulaba a más de cien kilómetros por hora por encima del límite permitido en la carretera de La Carrera (Siero), según confirmaron fuentes jurídicas. En la sentencia, que aún no ha sido notificada oficialmente, el juez considera que el joven no cometió ningún delito, pese a su elevada velocidad -que él mismo reconoció- y frente a la postura del fiscal, que pedía para él seis meses de cárcel y dos años de retirada del carné de conducir.

No obstante, y a pesar de la absolución, el conductor deberá rendir cuentas por lo sucedido, aunque tras cerrarse la vía penal deberá hacerlo por la administrativa, ante la Dirección General de Tráfico (DGT). Según fuentes de la Guardia Civil, el joven, de 27 años, será sancionado con una multa de 1.040 euros y la retirada del carné durante tres meses

.

El Juzgado da así la razón al abogado de la defensa, Luis Olay Pichel, que reclamó la libre absolución del joven argumentando que el actual Código Penal no condena el exceso de velocidad «de forma aislada», sino que tiene que ir acompañado de otros factores. Según refleja ahora la ley, añadió, no basta con conducir con una temeridad manifiesta, sino que es necesario que a esta circunstancia se sume, además, el hecho de poner en peligro la vida y la integridad de otras personas. Y esto, según el abogado, no sucedió, porque durante su trayecto A. N. L., que dio negativo en las pruebas de alcoholemia, no se cruzó con ningún otro coche o peatón. Esta situación se modificará en los próximos meses, una vez que entre en vigor la reforma del Código Penal, que incorpora la posibilidad de que la conducción temeraria se produzca sin poner «en concreto peligro» la vida o la integridad de nadie y, por lo tanto, se pene por sí sola. En estos supuestos prevé penas de uno a dos años de prisión y multa de seis a doce meses.

Sin permiso

A. N. L. fue «cazado» cuando circulaba con su coche en la N- 634, a la altura de La Carrera (Siero), en dirección a la Pola, a una velocidad de 178 kilómetros por hora. El límite fijado en ese tramo -con viviendas a ambos lados, semáforos de advertencia del exceso de velocidad y paradas de autobús- es de 50. El coche siguió hasta una rotonda próxima, la entrada principal a la Pola, y realizó un giro de 360 grados para volver sobre sus pasos por la misma carretera. Sólo pasaron dos minutos hasta que volvió a pasar por el mismo lugar en el que acababa de sorprenderlo el radar, que volvió a fotografiarlo en el mismo punto, pero en sentido Oviedo. Esta vez transitaba a 146 kilómetros por hora.

El joven fue detectado gracias al dispositivo especial montado con motivo de la Subida a Muncó para interceptar posibles carreras ilegales de coches. En el momento en que A. N. L. fue detenido formalmente por la Guardia Civil (días después de la infracción) conducía una furgoneta sin carné, ya que la Dirección General de Tráfico le había retirado el permiso el 1 de junio, hasta el 30, por alcoholemia.

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Buenos días:

Entiendo que circulaba "un poco rápido" pero, el Juez ha entendido que tenía que ir acompañado de otros riesgos. Sería muy, muy bueno que la DGT tomase ejemplo de esta sentencia. De esta forma la vía Adminiastrativa debería ser proporcional. Como si no hay conductas delictivas para llevar delante de un Juez, en lugar de hacerle perder el tiempo con esto.

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Mucho me temo que la mayoría de las veces no se podrá aplicar esta norma, ya que casi siempre circulan más vehículos por la autopista/autovía, que es donde hay la mayoría de posibilidades de que te cazen.

..no basta con conducir con una temeridad manifiesta, sino que es necesario que a esta circunstancia se sume, además, el hecho de poner en peligro la vida y la integridad de otras personas. Y esto, según el abogado, no sucedió, porque durante su trayecto A. N. L., que dio negativo en las pruebas de alcoholemia, no se cruzó con ningún otro coche o peatón..
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y no cantemos victoria tan pronto, porque segun esto...

Esta situación se modificará en los próximos meses, una vez que entre en vigor la reforma del Código Penal, que incorpora la posibilidad de que la conducción temeraria se produzca sin poner «en concreto peligro» la vida o la integridad de nadie y, por lo tanto, se pene por sí sola. En estos supuestos prevé penas de uno a dos años de prisión y multa de seis a doce meses.

...pretenden cambiar la ley, lo que implicará que cuando le de la gana, cualquier poli (tienen presuncion de veracidad) te podrá meter en la carcel solo con decir "este tio hizo conduccion temeraria" y sin aportar mas pruebas que su palabra....si todos los polis fuesen buenas personas y no se equivocasen nunca no habria demasiado problema, pero no es el caso....

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Señores, se ha sentado jurisprudencia en la que todos tenemos derecho a ampararnos ante una denuncia por exceso de velocidad de las gordas.:yahoo:

Mi abogado se va a poner contento porque dicía que me esperaba el Hotel Rejas.

Si mal no recuerdo, para que algo sea de jurisprudencia, el tribunal supremo debe emitir dos veces la sentencia (en casos similares), así que no tiremos cohetes...

Saludos.

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Hola!

Pues no me habia enterado de la noticia (supongo que como muchos de vosotros).

Cuando pillan a alguien sale en todos los telediarios, diciendo que le quieren meter en la carcel.

Cuando lo absuelven o se sobresee el caso, nadie dice nada.......

Es la politica de meter miedo a la gente!!!

Saludos.

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De todas formas un tio que va a 178 km/h cuando el limite es de 50

me parece que no esta bien de la cabeza.

Todos nosotros no estamos conformes con los limites impuestos y

la caza de brujas a la que estamos sometidos.

Por eso intentamos que no nos cazen a una velocidad que creemos

coherente, pero no nos equipamos para hacer el cabra.

O por lo menos ese no debe ser el proposito de antiradar

Y bueno que no pusiera en peligro a nadie por que no circulase nadie en ese

momento... menos mal por que si alguien se incorpora a la via igual mira y no lo ve venir.

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De todas formas un tio que va a 178 km/h cuando el limite es de 50

me parece que no esta bien de la cabeza.

Todos nosotros no estamos conformes con los limites impuestos y

la caza de brujas a la que estamos sometidos.

Por eso intentamos que no nos cazen a una velocidad que creemos

coherente, pero no nos equipamos para hacer el cabra.

O por lo menos ese no debe ser el proposito de antiradar

Y bueno que no pusiera en peligro a nadie por que no circulase nadie en ese

momento... menos mal por que si alguien se incorpora a la via igual mira y no lo ve venir.

Estoy de acuerdo y añado: además el individuo no tenía ni siquiera el carnet de conducir porque se lo habían retirado. Si no ha matado antes tampoco veo bien que lo metan en la cárcel, pero gente como esta no debería volver a conducir.

No es lo mismo ir a 180 por una autopista en un buen coche que a 180 por poblado con casas a los lados y en una fragoneta. Siempre absuelven a los más chalaos.

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