Notificación de apremio


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Buenas,

Un año y medio más tarde desde que cometí una falta de ir a 93 en un sitio de 70 (N-340 Km. 1248 Dir. BCN), me llega el apremio de pago por parte de hacienda :smash: . El coche que era de renting, figuraba con una dirección antigua (la que tenían los de renting) y por ello no me llegaron las notificaciones.

El caso es que la sanción fue el 22-03-2005, y no me pararon (ni me enteré, cosa rara), el 1 de septiembre de 2005, inician las acciones de preguntar a la empresa de renting y ahora, más de un año más tarde me llega el apremio.

La persona con la que he hablado dice que todas las faltas de radar son graves, y en mi caso es menos del 20%, con lo cual creo que no es grave, y que debería haber prescripción, por otra parte, la razón por la que consta que me han parado es "Imágen captada automáticamente", que para mí no es suficientemente argumentación.

Estado en situación de apremio, supongo que ya no se puede hacer nada, ni aunque la foto salga borrosa..., ¿alguien ve algún punto donde agarrarse?

Saludos

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Siempre en ese tipo de fracción debe tener acompañada fotografía clara del vehículo sancionado, es más deberán de habertelo informado como mucho en 2 meses ya que es el tiempo máximo que por ley tiene la DGT para hacer las notificaciones y el tiempo del procedimiento sancionador, así pues consulta con un abogado porque puedes iniciar un recurso.

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Siempre en ese tipo de fracción debe tener acompañada fotografía clara del vehículo sancionado, es más deberán de habertelo informado como mucho en 2 meses ya que es el tiempo máximo que por ley tiene la DGT para hacer las notificaciones y el tiempo del procedimiento sancionador, así pues consulta con un abogado porque puedes iniciar un recurso.

Hola,

Ya está consultado, a estas alturas de la jugada, ya no cabe alegar sobre la foto y/o conductor, ahora sólo caben argumentar errores de procedimiento (que no paran el proceso, es decir lo siguiente es el embargo). Me han comentado que puede tardar un año, y que si mi nombre salió en el BOP (Boletín oficial de la provincia) no había nada que hacer. No obstante, he comprobado a través de la web de la diputació de barcelona (bop.diba.es) que no estoy allí, con lo cual haré un recurso de reposición alegando que no han seguido el procedimiento.

Saludos

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Es lo único que te queda entonces. Ya nos tienes informados y espero que todo te salga bien.

Por supuesto, aunque la resolución saldrá seguramente dentro de 1 año, pero espero estar por aquí :floor: , vamos, seguro que estoy por aquí, apuntado a la remesa del super jammer-vf5-stealth turbosoplante :meparto:

Saludos

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Pues yo estaba en situación parecida a la tuya...cuando me lelgó lo de hacienda recurrió mi empresa quitamultas...y echaron el recurso abajo...y llegó el cobro a uno de mis bancos lo han podido retener 15 días (plazo máximo), mientras la empresa quitamultas ha vuelto a recurrir, pero a día 20 me han sacado la pasta del banco los de hacienda...con 2 cojones!!...mañana llamaré a la empresa quitamultas a ver que podemos hacer o me jodo y me meto el dedo en el culo..."pq me la han metido doblada"

Pd:yo no miré si salí o no (ellos dicen que sí) en el boe del ayuntamiento de la dirección del carnet de conducir...

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Pues yo estaba en situación parecida a la tuya...cuando me lelgó lo de hacienda recurrió mi empresa quitamultas...y echaron el recurso abajo...y llegó el cobro a uno de mis bancos lo han podido retener 15 días (plazo máximo), mientras la empresa quitamultas ha vuelto a recurrir, pero a día 20 me han sacado la pasta del banco los de hacienda...con 2 cojones!!...mañana llamaré a la empresa quitamultas a ver que podemos hacer o me jodo y me meto el dedo en el culo..."pq me la han metido doblada"

A ver, yo ya tengo claro que el proceso no se para por el recurso de reposición, es decir que en cualquier momento llega el embargo. Yo pagaré pero recuriré hasta agotar la vía administrativa, y si tengo posibilidades el recurso contencioso administrativo.

Pd:yo no miré si salí o no (ellos dicen que sí) en el boe del ayuntamiento de la dirección del carnet de conducir...

Igual me equivoco, pero el BOE es el boletín oficial del estado, y no se publica por ayuntamientos sino para toda españa. Luego está el BOP, que es el boletín oficial de la provincia, que es donde se publican las sanciones. Por ejemplo en Barcelona puedes consultar la web de la diputació :

http://orgt.diba.cat/esp/

Y ahí puedes buscar la sanción (yo no me he encontrado) ¿?¿?, no obstante, los del RACC que son los que me van a recurrir la multa van a pedir el expediente completo para ver si se han dado todos los pasos de la manera ortodoxa, a ver si hay suerte.

Saludos

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