Sobre adelantamiento a vehiculos Tractores


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Os pongo en situación, esque nose si habia oido algo o no, supongamos que vamos por una nacional con arcen superior a 1.5 mtros hay un tractorcillo (lento, para variar, dios que asco les tengo:smash: :smash: :smash: , deberian ir en camiones) y tienes linea continua, lo adelantas dejando margen suficiente (eso de 1.5 mtrs como no saque la regla:drunk[1]: ) y solo pisas con las ruedas de 1 lado la continua, se le llamaria adelantamiento indebido? esque me sonaba algo de un 10% del veiculo en el caso de adelantamientos a este tipo o nose que......Saludos

P.D--->Eso me imagino que serian 6 pntos menos con el nuevo sistema no?....Saludos

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mas que nada lo digo por temas de los helicopteros, si veo que biene algun verde no lo hago, por cierto alguien sabe e lrango de los 18 helicopteros de la DGT?....Saludos

Pues ya sería casualidad que con todas las carreteras que hay en España, justo te encuentres con un Tractor y un Helicóptero encima :smash:

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Vamos a ver, mi familia tiene tractores precisamente para cultivo de tierras y sobre todo viñedos en la Manchuela, y tampoco se les puede discriminar así, porque aunque te aseguro que no hace ni pizca de gracia tener que ir con el tractor por la carretera porque sabes que eres un peligro, no te queda más remedio.

¿O piensas que todos los pobres agricultores que tienen un tractorcito para sus pequeñitas tierras tienen dinero para pagarse un camión que le lleve el tractor a unos pocos km más allá cada ciertos dias?.

Nos guste o no, tienen derecho y necesidad de circular. Y claro que es normal que revolotén "últimamente", es que es época de vendimia :D :D Ahora debe ser cuando más tractores se mueven.

Y tengamos un poco de paciencia, que tampoco hacen las carreteras para nosotros solos ;)

Saludos.

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Aclaremos un poco el tema

Cuando esté prohibido adelantar y haya un vehículo inmovilizado que NO sea por causas del tráfico, se le puede REBASAR ocupando el carril izquierdo, o si es un obstáculo de duración imprevisible, también se puede rebasar, previas comprobaciones siempre de que no existe ningún peligro al hacerlo

Lo anterior existía en el Reglamento desde el año 92, pero recientemente en el 2003 se ha agregado: "De la misma manera se puede ADELANTAR a ciclos, ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida, peatones, animales y vehículos de tracción animal

Artículo 88. Vehículos inmovilizados.

1. Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido

el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo

que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el

carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización

venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá

ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte

de la calzada reservada al sentido contrario, después

de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra

sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar

a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores,

peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando

por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados

sin riesgo para ellos ni para la circulación en

general.

2. Las infracciones a las normas de este precepto

tendrán la consideración de graves, conforme se prevé

en el artículo 65.4.c) del texto articulado.

Artículo 89. Obstáculos.

1. Igualmente, en las circunstancias señaladas en

el artículo anterior, todo vehículo que encuentre cualquier

obstáculo en su camino que le obligue a ocupar

el espacio dispuesto para el sentido contrario de su marcha

podrá rebasarlo, siempre que se haya cerciorado

de que puede efectuarlo sin peligro. La misma precaución

se observará cuando el obstáculo o el vehículo inmovilizado

se encuentren en un tramo de vía en el que

esté permitido el adelantamiento.

2. Las infracciones a las normas de este precepto

tendrán la consideración de graves, conforme se prevé

en el artículo 65.4.d) del texto articulado.

Como veis, no habla para nada de los vehiculos especiales "tractores agrícolas", así que para adelantar a estos vehículos, hay que regirse por las mismas normas que si fueran para los turismos

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