Que hace falta para traer un coche NUEVO del extranjero a España?


tiolalu

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Buenas!

Lo explico rapido y sencillo: Estoy en Suiza, voy al concesionario oficial de BMW (por ejemplo), me compro un cochecito, y dentro de un año me vuelvo a España.

¿Que necesito hacer?

A mi lo que me gustaria es conservar la matricula Suzia.

PD: Ley que tenia que pagar entre el 7 y 12% del valor del coche (por hacienda), y el impuesto de matriculacion, con el consiguiente cambio de matriculas.

Muchas gracias por adelantado!

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Te olvidas del IVA, al ser un coche de 1 año el valor venal que tendra en las tablas de hacienda es alto, por lo que preparate, porque pagaras el IVA del valor que hacienda diga que tiene el coche. Luego matriculacion entre el 7% y el 12% bueno desconozco ahora como queda la norma para los TT.

Y por ultimo ITV, gestoria, etc... salvo que consigas un muy buen precio en el coche, haz numeros a ver que te interesa porque si fijas tu residencia en España ya puedes ir pensando que lo de los papeles suizos no te vale.

Saludos

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Te olvidas del IVA, al ser un coche de 1 año el valor venal que tendra en las tablas de hacienda es alto, por lo que preparate, porque pagaras el IVA del valor que hacienda diga que tiene el coche. Luego matriculacion entre el 7% y el 12% bueno desconozco ahora como queda la norma para los TT.

En suiza no se como irá, pero yo me bajé uno de Alemania y no tuve que pagar IVA (ya lo pagué en Alemania), si suiza no tiene acuerdo de IVA es posible que se considere que no lo ha pagado. Lo del 7% era para cilindradas pequeñas, por encima de 2.000 cc era el 12% del valor en tablas publicado por hacienda (es un valor de nuevo sin IVA), multiplicado por un coeficiente de antiguedad, que para un año y un día, creo que era del 84%.

Y por ultimo ITV, gestoria, etc... salvo que consigas un muy buen precio en el coche, haz numeros a ver que te interesa porque si fijas tu residencia en España ya puedes ir pensando que lo de los papeles suizos no te vale.

Yo el mío, me costó allí 21k, y calculo que me costó 3k toda la operación, 2k de impuestos y el resto de avión, estancia, etc..., claro que tenía 3 años y el coeficiente era del 50% aprox.

Aprovecho para incluir una table que han colgado en clubmbfaq :

A partir del 1 de enero de 2008, el impuesto de matriculación será con arreglo a las emsiones de CO2 que cada vehículo emita a la atmofera.

Cuadro nº1 impuesto anterior

IMPUESTO DE MATRICULACIÓN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE

Porcentaje sobre el precio franco fábrica

Turismos de gasolina inferiores a los 1.600 c.c. - 7%

Turismos de gasóleo inferiores a 2.000 c.c. - 7%

Turismos de gasolina con más de 1.600 c.c. - 12%

Turismos de gasóleo superiores a 2.000 c.c. - 12%

Cuadro nº2 impuesto nuevo (a partir de 1-1-2008)

IMPUESTO DE MATRICULACIÓN DESDE EL 1 DE ENERO

Porcentaje sobre el precio franco fábrica

Hasta 120 gramos de Co2 - 0%

De 120 y hasta 160 gramos de Co2 - 4,75%

De 160 y hasta 200 gramos de Co2 - 9,75%

Más de 200 gramos de Co2. - 14,75%

Saludos

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Gracias a todos por los comentarios!

No, si la residencia la tengo "oficialmente" en España, pero tengo una tarjetita que me permite estar aqui durante un año. Lo de la matricula era por el tema de las retraturas de los radares, pero ya veo que no se puede :( .

El cacharro tiene 1995ccm, 128g y 177cv (alguno ya sabra cual es xD), o sea que por 8g habria que pagar el 4.75% + Impuesto Transmisiones Patrimoniales ITP ** 4% del valor venal del vehículo y el resto que serian 500€.

Seria para comprarlo y llevarlo para alli, o sea, que no pasaria ni un año.

El bicho cuesta 30.200€, y en España 35.400€, o sea, una diferencia de 5200€ sin meterte en lios de segundas manos.

Aqui el IVA es del 7%, eso no se si ayuda o no a saber si hay que pagar el iva en España o no.

Menudo cacao que te hacen montar para poder llevarte el cacharrin, con lo facil que seria comprarlo y llevartelo...

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Gracias a todos por los comentarios!

No, si la residencia la tengo "oficialmente" en España, pero tengo una tarjetita que me permite estar aqui durante un año. Lo de la matricula era por el tema de las retraturas de los radares, pero ya veo que no se puede :( .

Pues infórmate bien, porque cuando pasas más de 6 meses y un día, puedes deducirte IRPF por doble imposición y suele ser una pasta.

El cacharro tiene 1995ccm, 128g y 177cv (alguno ya sabra cual es xD), o sea que por 8g habria que pagar el 4.75% + Impuesto Transmisiones Patrimoniales ITP ** 4% del valor venal del vehículo y el resto que serian 500€.

Seria para comprarlo y llevarlo para alli, o sea, que no pasaria ni un año.

Tienes que valorar si el comprarlo a suiza y rematricularlo, te sale más a cuenta que comprarlo en españa.

El bicho cuesta 30.200€, y en España 35.400€, o sea, una diferencia de 5200€ sin meterte en lios de segundas manos.

Aqui el IVA es del 7%, eso no se si ayuda o no a saber si hay que pagar el iva en España o no.

Es que ahí está el tema, en España te piden ver el IVA que has pagado, y si has pagado más (p.ej. caso de Alemania), podrías incluso pedir la diferencia. En tu caso, seguramente te harían pagar la diferencia, y ya saldrías perdiendo ese 10% que te quieres ahorrar sólo con el IVA. Además si tienes menos de un año pagas el 100% del valor de nuevo (sin IVA, eso sí).

Menudo cacao que te hacen montar para poder llevarte el cacharrin, con lo facil que seria comprarlo y llevartelo...

Ya, pero es que el tema del IVA se intenta que se pague en destino, es decir, en donde se disfruta. Además los fabricantes intentan fijar precios por país de manera que no te salga a cuenta hacer la importación paralela, porque sino, nos iríamos todos a comprar los coches nuevos a rumanía o vete a saber donde.

Saludos

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Muchas gracias! Lo mirare y hare numerajos a ver si salen o no las cuentas ;) .

En cuanto a lo de la doble imposición, en mi empresa es habitual que haya gente que se vaya a proyectos fuera de españa, p.ej. un compañero se fue a méjico, donde le retuvieron también pasta por los ingresos del IRPF, y al hacer la declaración de la renta se podía deducir los impuestos de la empresa en españa (que se los retenían religiosamente de la cuenta).

Ahora no recuerdo se es en el mismo acto de la renta, o en una reclamación aparte, pero creo que tienes derecho a partir de los 6 meses y un día. Igual pierdes el derecho de votar porque no puedes estar censado si estás menos de 6 meses en España, infórmate de los trámites que tienes que hacer para que te conste como que estás trabajando fuera.

En nuestro caso, el departamento de recursos humanos emite un certificado de los ingresos que has estado percibiendo fuera, y no se si necesitas algo más...

Saludos

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