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Bueno te contesto yo vale?

Art 42 Ley 30/1992 Procedimiento Administrativo

3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo (el Plazo viene fijado en el 115 de la misma ley), éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán:

1.

En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.

2.

En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Art 115 misma ley

Artículo 115. Plazos. Redacción según Ley 4/1999, de 13 de enero.

1. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.

Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Transcurridos dichos plazos sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

2. [B]El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.[/b] Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 43.2, segundo párrafo.

3. Contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión en los casos establecidos en el artículo 118.1.

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