Cazado.Ayuda


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Hola.

El otro dia me cazo un radar movil, es una avenida donde "todo" el mundo va a mas velocidad ya que ir a 50Km/h en esa avenida es obstaculizar el trafico, esta claro que se pusieron para putear y sacar dinero al contribuyente como es normal ultimamente, la exagerada cuantia que estan pidiendo en las multas no son normales todo para su puto bolsillo, claro esta que la policia y sus familiares y colegas estan exentos de toda multa porque la ley por lo visto no esta echa para ellos solo para los pobres que no conocemos ha ningun mono o que no tenemos mucha pasta.:tsk:

La cosa es de cojones ya que el mes pasado me pusieron una multa de 4 puntos y 150€ la cual el policia no tenia razon de ponerme esa multa y la he recurrido pero son en 3 meses 2 multas 600€ y 10 puntos de carné cuando yo en mi vida he dado un puto parte de nada ni con moto ni con coche y mi trabajo y mi empresa dependen de mi carné de conducir y es una injusticia que yo que suelo respetar las normas este en esta situacion que mi puta vida trabando como autonomo dependa de estos sin vergüenzas.

Si todos los conductores nos pusieramos de acuerdo podriamos intentar hacer algo, no se si habra algun tipo de asociacion o algo del conductor ,,, ya buscare.:alberteinstein:

Si España entera respetara los limites de velocidad os digo que España entera se colapsa fijooooo !!!! joder el otro dia respete todos los limites que me vi ( 20km/h ,, 30 , 50 km/h) y en casi todos los sitios estaba obstaculizando el trafico con la consecuente pitada de por lo menos 10 coches.

Esto se ha puesto que es una puta mierda salir a la calle.

OS PIDO AYUDA HABER SI ME PODEIS PASAR ALGUN TIPO DE BOCETO PARA PODER RECURRIR, aunque ya se que de radar lo llevo chungo, pero por lo menos tardara un poco mas en venir.

TAMBIEN HABER SI ME PODEIS DECIR ALGUNA EMPRESA BUENA DE QUITA MULTAS.

Muchas gracias.

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La imagen de antes no se ve bien.

ESTA ES LA IMAGEN CORRECTA DE LA MULTA.

Un saludo.<p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2007_12/multa.jpg.f702953a84ff7fc300fc85e194a69417.jpg" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="1874" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2007_12/multa.jpg.f702953a84ff7fc300fc85e194a69417.jpg" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p>

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Eso es lo raro , no me pararon y no tengo otra notificacion y no me han dicho nada de identificacion, asi que supongo que no puedo hacer el escrito este que teneis de no saber quien conducia jrjrrrrrrrrr !!! joder !!.

Lo unico que me ha llegado es la multa que teneis en la imagen de hace mas de 3 meses, ni foto.

Y es que no se que hacer ahora.

Mil gracias por responder tan rapido.

Un saludo.

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Eso es lo raro no viene nada de identificacion, pero te pongo la parte trasera por si acaso.

Muchas gracias.

Un saludo.<p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2007_12/trasera.JPG.7c5b8cf3314ac8dc0002a45867459649.JPG" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="1875" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2007_12/trasera.JPG.7c5b8cf3314ac8dc0002a45867459649.JPG" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p>

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En la parte de atrás sí que pone lo de la Identificación: está en el tercer párrafo "IDENTIFICACION DEL CONDUCTOR".

Esto es lo que hacen muchas Administraciones: inician el expediente sancionador contra el titular del vehículo, y ponen una advertencia en alguna parte para que identifiques si no eras tú: es totalmente ilegal, puesto que el requerimiento debería ser previo al inicio del expediente sancionador, pero es lo que hay.

Pues nada, si lo que quieres es decir que el conductor no eras tú, puedes aprovechar este modelo de escrito: http://todoradares.com/web2007/legalidad/Escrito_Trafico_NoIdentif.zip

Ten en cuenta que la multa por no identificar es de 301 a 1.500 Euros, y que, de acuerdo con los criterios habituales, te impondrán el doble de la sanción original, lo que es -nuevamente- otra ilegalidad...pero que deberás aceptar si no estás dispuesto a ir al contencioso.

Esta nueva sanción, en todo caso, también podrás pagarla con el 30% de descuento.

Saludos.

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Un detalle importante... Lo que dice la Ley 17/2005:

«Artículo 65. Cuadro general de infracciones.

.............................

5. Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas:

..........................

i) El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción de la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean debidamente requeridos para ello y no exista causa justificada que lo impida.

«Artículo 67. Sanciones.

..........................

2. Las infracciones muy graves previstas en los párrafos i), j), k), l), m), n) y ñ) del artículo 65.5 podrán ser sancionadas con multa de 301 hasta 1.500 euros.

«Artículo 72. Personas responsables.

..........................

3. El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tienen el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5.i).

En los mismos términos responderán las personas especificadas en el párrafo anterior cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquellos identifiquen, por causa imputable a ellos.

Que yo sepa... en ese documento no le requieren que identifique al conductor, tan solo le recuerdan que tiene la obligación de hacerlo, pero "olvidan" poner esa parte del texto.

La DGT, en cambio, sí te hace ese requerimiento de forma expresa.

Saludos.

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...Que yo sepa... en ese documento no le requieren que identifique al conductor, tan solo le recuerdan que tiene la obligación de hacerlo, pero "olvidan" poner esa parte del texto...

A eso me refería cuando dije que lo de iniciar el expediente sancionador contra el propietario sin haberle requerido previamente para que identifique al conductor es totalmente ilegal.

Aquí en Catalunya es la práctica habitual del SCT; "economía procesal" lo deben denominar, pero si te opones y lo impugnas, te tienen que dar la razón: gané un recurso de alzada con esa argumentación...

Veo que la idea la han copiado muchas otras Administraciones: si cuela...

Saludos.

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Una preguntilla para Bel Maseto:

¿Qué significado tienen en terminología jurídica las palabras IDENTIFICACIÓN VERAZ?

Gracias.

Es una expresión curiosa, por así decirlo: en puridad, cualquier identificación "verdadera" cumpliría con el requisito literal de la ley. El problema es: que coñ* quiere decir eso ? Tal como yo lo veo, la expresión "veraz" quiere decir, en este contexto, "suficiente", es decir, que contenga los datos identificativos habituales de una persona concreta: nombre y domilio.

Creo recordar que hay alguna sentencia en ese sentido. Cuando pueda, la busco y la comento.

Saludos.

P.S. Un tema no resuelto en este punto: qué pasa cuando identificas a alguien, éste recibe la sanción, pero alega que ese dia no conducía él, sea o o verdad ? No tengo ni idea de lo que ocurre en este caso, pero presumo que, a falta de responsable cierto, la sanción ha de quedar archivada...

La próxima vez que me pongan una multa creo que probaré de identificar a alguien próximo -con su consentimiento, claro. y ver qué pasa despues cuando el identificado niegue a su vez haber cometido los hechos. Puede ser divertido...

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Es una expresión curiosa, por así decirlo: en puridad, cualquier identificación "verdadera" cumpliría con el requisito literal de la ley. El problema es: que coñ* quiere decir eso ? Tal como yo lo veo, la expresión "veraz" quiere decir, en este contexto, "suficiente", es decir, que contenga los datos identificativos habituales de una persona concreta: nombre y domilio.

Creo recordar que hay alguna sentencia en ese sentido. Cuando pueda, la busco y la comento.

Saludos.

P.S. Un tema no resuelto en este punto: qué pasa cuando identificas a alguien, éste recibe la sanción, pero alega que ese dia no conducía él, sea o o verdad ? No tengo ni idea de lo que ocurre en este caso, pero presumo que, a falta de responsable cierto, la sanción ha de quedar archivada...

La próxima vez que me pongan una multa creo que probaré de identificar a alguien próximo -con su consentimiento, claro. y ver qué pasa despues cuando el identificado niegue a su vez haber cometido los hechos. Puede ser divertido...

Vuelve la sanción al titular del vehículo, pero solo pecunariamente.

Lo bueno sería llvarlo a la vía contenciosa-admva, menudas risas y evidentemente archivadita quedaría.

Salu2

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Una preguntilla para Bel Maseto:

¿Qué significado tienen en terminología jurídica las palabras IDENTIFICACIÓN VERAZ?

Gracias.

Entiendo que quiere decir identificar conforme a la verdad material, pero ya sabemos que la verdad material y la formal pocas veces coinciden y esta última es la que después tiene validez jurídica, y la otra "solo" moral....

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Perdonad por no haber respondido antes en mi casa me quede sin internet y estoy en el curro.

Segun lo dicho por Bel Maceto y A300, ¿deberia entonces intentar poner el recurso de que no sabia quien conducia? ¿Aunque no haya visto la foto?

Supongo que es lo unico que puedo hacer, iba a pedir la foto y los certificados del escaner pero no se si debo hacer antes lo de la identificacion,,,,, perdonad que este un poco perdido en estos temas.

Muchas gracias.

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