Cazado Radar AP-7 dirección Girona, Km 253.5, ¿limitado a 80?? Por favor, ayuda.


mil8Turbo

Publicaciones recomendadas

Hola a tod@s

Lamento no andar con muchos preambulos pero la verdad es que estoy un poco jodido...

Me ha llegado una notificación del Servei Catalá de Tránsit de Tarragona en la que sale la foto de mi coche circulando a 135km/h (mediados de diciembre) y se supone que la limitación es de 80.

En la foto no se atisba el menor peligro (zona de obras o cualquier otra cosa), es más, linea recta y despejado. ¿Alguién sabe a qué se debe la limitación de 80??

Infracción muy grave, 6 puntos menos, un mes sin carnet y multa de 270 euros... lo dicho, jodido, rabia, impotencia. Regresaba de Valencia a Girona tras suspender mis vacaciones por el fallecimiento de un familiar.

¿Nadie conoce la existencia de este radar?? En principio es fijo (no me notificaron la sanción en el acto, alegan: "imagen captada automaticamente") y situado en el arcen.

Multanova 6F-MR, núm. de antena 1913. AP-7 Km. 253.5 (Tarragona)

Un saludo y muchas gracas por anticipado.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Hola a tod@s

Lamento no andar con muchos preambulos pero la verdad es que estoy un poco jodido...

Me ha llegado una notificación del Servei Catalá de Tránsit de Tarragona en la que sale la foto de mi coche circulando a 135km/h (mediados de diciembre) y se supone que la limitación es de 80.

En la foto no se atisba el menor peligro (zona de obras o cualquier otra cosa), es más, linea recta y despejado. ¿Alguién sabe a qué se debe la limitación de 80??

Infracción muy grave, 6 puntos menos, un mes sin carnet y multa de 270 euros... lo dicho, jodido, rabia, impotencia. Regresaba de Valencia a Girona tras suspender mis vacaciones por el fallecimiento de un familiar.

¿Nadie conoce la existencia de este radar?? En principio es fijo (no me notificaron la sanción en el acto, alegan: "imagen captada automaticamente") y situado en el arcen.

Multanova 6F-MR, núm. de antena 1913. AP-7 Km. 253.5 (Tarragona)

Un saludo y muchas gracas por anticipado.

Lo primero bienvenido, lamento la cazada y lo del familiar.

Atendiendo al tema principal:

el numero de antena indica que era un movil por lo de 6F- MR, los fijos no tienen lo de MR, lo del arcen seria porque estaba el coche o la antena escondida en un arcen detras de cualquier cosa. Ese numero de antena no se si no sera el del descalibrado para mas inri (me suena mucho el numero) pero como no quieren reconocerlo es una gran p*****. Lo de la limitacion de 80 sería en el tramo donde estaban recaudando, se ponen en zonas de menor limite para aumentar las recaudaciones.

Ahora tienes dos opciones, o identificas y te quedas un mes sin carnet y 6 puntitos o alegas que no sabes quien conducia y pagas aproximadamente el doble de la multa original. Cualquiera de las dos opciones es mala, pero mira la que mas te convenga, si necesitas el coche a diario y demas.

Espero ayudarte algo porlo menos, saludos

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Lo primero bienvenido, lamento la cazada y lo del familiar.

Atendiendo al tema principal:

el numero de antena indica que era un movil por lo de 6F- MR, los fijos no tienen lo de MR, lo del arcen seria porque estaba el coche o la antena escondida en un arcen detras de cualquier cosa. Ese numero de antena no se si no sera el del descalibrado para mas inri (me suena mucho el numero) pero como no quieren reconocerlo es una gran p*****. Lo de la limitacion de 80 sería en el tramo donde estaban recaudando, se ponen en zonas de menor limite para aumentar las recaudaciones.

Ahora tienes dos opciones, o identificas y te quedas un mes sin carnet y 6 puntitos o alegas que no sabes quien conducia y pagas aproximadamente el doble de la multa original. Cualquiera de las dos opciones es mala, pero mira la que mas te convenga, si necesitas el coche a diario y demas.

Espero ayudarte algo porlo menos, saludos

Mi más sincero agradecimiento Propi, por supuesto que me has ayudado!!

He estado tratantado de encontrar la localización en Google Maps y parece ser una recta kilométrica, ¿cómo es posible que estuviera limitado a 80km/h??

¿Hay alguna posibilidad de lograr algo en ese sentido o si la multa dice que está limitado a 80, efectivamente lo está y no hay nada que hacer?

Aún me cuesta creer que me hayan multado en una autopista de peaje yendo a 135km/h, y lo que es peor, que sea una infracción gravísima!! Hay que joderse!!

Un saludo de nuevo y muchas muchas gracias!!

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Muy buenas mil8Turbo, te aconsejo que vayas al Servei Català de Trànsit a Tarragona y reclames por la multa... te cazó el Seat León de color dorado con matrícula 3756 DBY y número de antena 1913. Este radar no funciona bien y puede hacer mediciones erróneas... le pasa lo mismo que al fijo que ha salido esta semana por las noticias... Tu diles que no ibas a esa velocidad y que has leído en los medios de prensa que ese radar está descalibrado... Tu multa es bastante seria y alomejor puedes librarte...

Otra cosa, seguramente sea la zona de obras que está limitada a 80Km/h y los cabrones se esconden para pillar al personal...

SALU2

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Lamento lo ocurrido.

He mirado en la guia Campsa, y si no me equivoco, el punto kilométrico 253,5 está justo antes de la salida de Reus. Diría que se pusieron en el lateral debajo de un puente, donde suelen ponerse muchas veces en sentido norte, con entrega de receta más adelante en el peaje. Adjunto imagen.

Ese tramo no está afectado por las obras de ampliación de la autopista, así que salvo que ese dìa hubiera una limitación puntual justamente allí por alguna razón especial, creo que SE HAN EQUIVOCADO. Y si es así, esto es muy serio.

En primer lugar, deberías descartar el tema de la limitación especial. Ponte en contacto con ACESA, a ver si ellos pueden indicarte si en ese día había alguna limitación de velocidad por obras u otras circunstrancias en ese punto, ya que deben tener constancia. Si no te contestan, puedes intentarlo en el Servicio de Carreteras en Tarragona, ya que también deberían saberlo.

Si puedes tener la seguridad de que no había limitación especial por esa vía, entonces a recurrir, y además, a enviar el tema con una nota al Diari de Tarragona, que ahora está el asunto muy caliente.

Saludos y suerte.<p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2008_02/56fd06374cc7d_Imagen3.jpg.fe8b62f818a883e25664fdadf41a2a46.jpg" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="2045" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2008_02/56fd06374cc7d_Imagen3.jpg.fe8b62f818a883e25664fdadf41a2a46.jpg" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p>

56fd06375323d_Imagen3.thumb.jpg.87f7aa29

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Muy buenas mil8Turbo, te aconsejo que vayas al Servei Català de Trànsit a Tarragona y reclames por la multa... te cazó el Seat León de color dorado con matrícula 3756 DBY y número de antena 1913. Este radar no funciona bien y puede hacer mediciones erróneas... le pasa lo mismo que al fijo que ha salido esta semana por las noticias... Tu diles que no ibas a esa velocidad y que has leído en los medios de prensa que ese radar está descalibrado... Tu multa es bastante seria y alomejor puedes librarte...

Otra cosa, seguramente sea la zona de obras que está limitada a 80Km/h y los cabrones se esconden para pillar al personal...

SALU2

Lamento lo ocurrido.

He mirado en la guia Campsa, y si no me equivoco, el punto kilométrico 253,5 está justo antes de la salida de Reus. Diría que se pusieron en el lateral debajo de un puente, donde suelen ponerse muchas veces en sentido norte, con entrega de receta más adelante en el peaje. Adjunto imagen.

Ese tramo no está afectado por las obras de ampliación de la autopista, así que salvo que ese dìa hubiera una limitación puntual justamente allí por alguna razón especial, creo que SE HAN EQUIVOCADO. Y si es así, esto es muy serio.

En primer lugar, deberías descartar el tema de la limitación especial. Ponte en contacto con ACESA, a ver si ellos pueden indicarte si en ese día había alguna limitación de velocidad por obras u otras circunstrancias en ese punto, ya que deben tener constancia. Si no te contestan, puedes intentarlo en el Servicio de Carreteras en Tarragona, ya que también deberían saberlo.

Si puedes tener la seguridad de que no había limitación especial por esa vía, entonces a recurrir, y además, a enviar el tema con una nota al Diari de Tarragona, que ahora está el asunto muy caliente.

Saludos y suerte.

No tengo palabras para expresar mi gratitud, de verdad, muchísimas gracias!!

Cuando te llega una cosa así la primera sensación es de total indefensión e impotencia. Es gracias a gente como vosotros que te hacen sentir que no estas solo en esto y que, efectivamente, tal vez pueda tratarse de un (maldito) error. Me cuesta mucho creer que fuera a 140 de marcador en una zona limitada a 80 por obras.

Por otro lado e independientemente de recurrir la sanción, ¿existe algún medio legal y/o tecnológico de identificar al conductor a estas alturas? Lo digo porque pasados 3 meses ya no recuerdo si en el momento de ser multado conducía yo, mi pareja, o el abuelo, que tiene 70 años y de vez en cuando le dejo el coche para que no se le olvide conducir (casi con seguridad conducía él) :dontknow:

Esta cuestión me resulta de vital importancia ya que me daría mayor margen de actuación.

No me cansaré de repetirlo, gracias, muchas gracias a todos!!

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Obviamente, teniendo en cuenta el tiempo trancurrido, yo tampoco recordaría quién conducía ese día...

Ahora bien, ten presente que este tema NO es independiente del recurso. El SCT no requiere previamente la identidad del conductor, sino que inicia el expediente contra el propietario, y si éste tiene algo que decir al respecto, ya lo dirá; no es legal, desde luego, ni siquiera la DGT se atreve, pero cuándo les importó la ley a éstos ?

Así pues, y como ya has recibido la notificación del expediente sancionador, dispones de un plazo de quice días para identificar. SI no dices nada al respecto, se entenderá que eras tú. Pero si no dices nada y presentas escrito de alegaciones, estarás reconociendo implicitamente que eras tú quien conducía.

Saludos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Obviamente, teniendo en cuenta el tiempo trancurrido, yo tampoco recordaría quién conducía ese día...

Ahora bien, ten presente que este tema NO es independiente del recurso. El SCT no requiere previamente la identidad del conductor, sino que inicia el expediente contra el propietario, y si éste tiene algo que decir al respecto, ya lo dirá; no es legal, desde luego, ni siquiera la DGT se atreve, pero cuándo les importó la ley a éstos ?

Así pues, y como ya has recibido la notificación del expediente sancionador, dispones de un plazo de quice días para identificar. SI no dices nada al respecto, se entenderá que eras tú. Pero si no dices nada y presentas escrito de alegaciones, estarás reconociendo implicitamente que eras tú quien conducía.

Saludos.

Creo que no me he explicado correctamente.

La cuestión es: yo creo que era mi abuelo de 70 años quien conducía aquel día pero podría estar equivocado. ¿Hay alguna posibilidad de habiendo identificado a mi abuelo como conductor se produzca cualquier tipo de consecuencia legal contra mí si efectivamente me equivoco y era yo el conductor? ¿Es posible a nivel tecnológico salir completamente de dudas?

Entiendo que si conducia mi abuelo podrá recurrir igualmente la sanción cuando se le notifique a él en un futuro próximo, de ahí que tenga mayor margen temporal.

Un saludo

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Ahora te entiendo mejor...

No, una identificación errónea o inadecuada no tiene ninguna consecuencia legal.

En ese sentido, me parece muy correcto lo que planteas: obviamente, aquel día conducía tu abuelo, de modo que cumpliendo con la obligación que te impone la ley, lo identificas como responsable de la infracción, y cuando éste reciba la notificación del expediente sancionador, ya presentará el correspondiente recurso.

Es más: el abuelo -que quizá es mayor, pero no tonto- sabe perfectamente que podrá pagar con descuento cuando reciba la notificación, y hecho el pago, interponer un recurso de alzada para hacer valer sus derechos, solicitando la devolución de lo anteriormente pagado y sus intereses legales si el recurso es estimado.

Saludos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

bueno mil8Turbo creo que ahora si que te lo han dejado ya claro... identifica al abuelo y después ves al SCT y reclama la multa diciendo que era imposible que fueras a esa velocidad, que ese radar no funciona bien... Mira el artículo del Diario del archivo adjunto que te dejo... ese fue el que te cazó...

SALU2<p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2008_02/56fd063b216af_noticiaradar.JPG.e1442b1ab9d6ad6b177c16007c4ffc45.JPG" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="2056" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2008_02/56fd063b216af_noticiaradar.JPG.e1442b1ab9d6ad6b177c16007c4ffc45.JPG" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p>

56fd063be11a9_noticiaradar.thumb.JPG.9d8

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Ahora te entiendo mejor...

No, una identificación errónea o inadecuada no tiene ninguna consecuencia legal.

En ese sentido, me parece muy correcto lo que planteas: obviamente, aquel día conducía tu abuelo, de modo que cumpliendo con la obligación que te impone la ley, lo identificas como responsable de la infracción, y cuando éste reciba la notificación del expediente sancionador, ya presentará el correspondiente recurso.

Es más: el abuelo -que quizá es mayor, pero no tonto- sabe perfectamente que podrá pagar con descuento cuando reciba la notificación, y hecho el pago, interponer un recurso de alzada para hacer valer sus derechos, solicitando la devolución de lo anteriormente pagado y sus intereses legales si el recurso es estimado.

Saludos.

pues el numero de antena 1913 es el movil descalibrado Seat Leon 3756-DBY. Yo iria y diria que no estas conforme con la velocidad alegando que no ivas a lo que marca. s2
bueno mil8Turbo creo que ahora si que te lo han dejado ya claro... identifica al abuelo y después ves al SCT y reclama la multa diciendo que era imposible que fueras a esa velocidad, que ese radar no funciona bien... Mira el artículo del Diario del archivo adjunto que te dejo... ese fue el que te cazó...

SALU2

Estoy en deuda con todos vosotros :thanks::clap2:

Como dije anteriormente, no encuentro el modo de agradeceros lo suficiente lo muchísimo que estais haciendo por mí.

El lunes sin falta envío la identificación del infractor y desde ya mismo empiezo a documentarme para preparar el recurso correspondiente...

Una última cosilla si me lo permitís.

¿Recomendais entonces hacer efectivo el pago de la sanción acogiendose al descuento por pronto pago y posteriormente interponer recurso de alzada, o interponer primeramente el recurso en el SCT y tratar de agotar los plazos??

¿Cuál sería el órgano competente en el que interponer el recurso de alzada?

Además de las "sospechas" de que el radar no funcina correctamente me imagino que necesitaría alguna prueba pericial en la que apoyar el recurso, ¿no?

Saludos!!

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Si no fuera porque en el fondo es una putada, la cosa tendría su guasa...

Al día siguiente de recoger en correos la notificación de mi multa, llegó a casa de mi suegra otra notificación del put# Servei de los cojones.

En esta ocasión el premio fué para mi pareja, N-II, kilómetro 718,28, radar fijo Cirano 500. Le han cazado a 106 Km/H estando limitado a 80.

Mejor me ahorro los comentarios al respecto (no merece la pena seguir hirviéndome la sangre, está claro que lo hacen por nuestra seguridad).

No obstante, sucede que el coche de mi pareja está a nombre de su padre, fallecido el año pasado, y la multa ha llegado a nombre de éste.

¿Alguién sabe qué sucedería si hicieramos caso omiso y posteriormente, en un futuro próximo, cambiaramos el titular del coche? (o dejarlo tal y como está, el coche es viejo y tenemos pensado cambiarlo pronto)

Me imagino que cualquier tipo de acción legal se llevaría a cabo en contra del titular, y estando éste fallecido, tarde o temprano se perderá en el maremagnum burocrático de la administración, ¿me equivoco?.

Aunque tuvieramos que pagar la multa tarde o temprano, que por lo menos se librara de los 2 puntos del carnet (son unos hijos de put#, con todas la letras).

Lo dicho, no sé si reir o echarme a llorar...

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Unirse a la conversación

Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.

Guest
Responder a esta discusión...

×   Pegar como texto enriquecido.   Pegar como texto sin formato

  Sólo se permiten 75 emoji.

×   Tu enlace se ha incrustado automáticamente..   Mostrar como un enlace en su lugar

×   Se ha restaurado el contenido anterior.   Limpiar editor

×   No se pueden pegar imágenes directamente. Carga o inserta imágenes desde la URL.

  • Explorando recientemente   0 miembros

    • No hay usuarios registrados viendo esta página.