multas de exceso velocidad consecutivas


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Alguien sabe si dos multas por exceso de velocidad en la misma autopista con una diferencia de 60 kilómetros y a la misma velocidad pueden ser consideradas como una sola infracción? Sé que he leído eso en algún sitio pero no recuerdo dónde. Alguna Sentencia que alguien me pueda facilitar?

Gracias.

Están separadas espaciotemporalmente, asi que son dos infracciones diferentes.

Has de pasar por presentaciones a presentarte.

Salu2

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Técnicamente, sería posible mantener que es una infracción continuada, pero con esa distancia entre los radares va a ser muy difícil argumentarlo.

Saludos.

quieres decir?

si a las 12'00 te pillan a 150 km/h y a la 13'00 te pillan a 150 km de distancia.... queda demostrado que, como minimo, el promedio es 150.

y si te pones a 120 en este trayecto, ¿a que velocidad debes ir despues para poder estar en el mismo promedio? quiero decir que, por ejemplo, si tu coche coge 160 como maximo, por huevos no puedes bajar de 140 o se rompe el promedio.

es que creo que es facil argumentarlo.

o mirado por otro lado, ellos demuestran en un momento dado que vas a 150 pero no pueden demostrarte que frenas a continuacion, pero si tienen la prueba de que no has bajado la velocidad ya que a 60 km aun vas igual.

y otra cosa, ahora con los pilotos automaticos (es que no recuerdo el nombre) es facil que lo programes a 160 y de ahi no bajes hasta que llegues a destino.

un saludo

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Exactamente, otra cosa sería que hubieras pasado dos veces por el mismo radar, en ese caso creo que en un mismo día un radar solo puede multarte una única vez.

Creo que estás equivocado compañero, un mismo radar puede ponerte todas las multas que pueda (una cada vez que pases por delante por encima del límite establecido), sin tener en cuenta si es el mismo día o no.

Sólo sería recubrible (y si me equivoco que alguien me corrija) si pusieran un radar móvil junto a uno fijo y los dos te hicieran la foto, porque la infracción sería la misma

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Sólo sería recubrible (y si me equivoco que alguien me corrija) si pusieran un radar móvil junto a uno fijo y los dos te hicieran la foto, porque la infracción sería la misma

No te equivocas: si la distancia entre ambos puntos es relativamente próxima, sólo se comete una infracción.

quieres decir?

si a las 12'00 te pillan a 150 km/h y a la 13'00 te pillan a 150 km de distancia.... queda demostrado que, como minimo, el promedio es 150

Enlazando con lo anterior, considero muy difícil sostener que se cometió una única infracción en distancias importantes. Para que fuera posible deberíamos encontrarnos en un contexto de ausencia casi absoluta de tráfico en todo el trayecto.

Quizá de noche y en rutas muy poco transitadas...

Saludos

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Las sanciones por defectos fisicos, por ejemplo: una bombilla fundida, no llevar el triangulo de averias reglamentario, matricula ilegible, etc. no te pueden sancionar más de una vez en 24 horas, pero las sanciones por negligencia del conductor al circular, por ejemplo: exceso de velocidad, adelantamientos con cierto riesgo para el resto de la circulacion, etc. si a lugar tantas sanciones se cometan en el ejercicio de la conduccion.

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...pero las sanciones por negligencia del conductor al circular, por ejemplo: exceso de velocidad, adelantamientos con cierto riesgo para el resto de la circulacion, etc. si a lugar tantas sanciones se cometan en el ejercicio de la conduccion.

El problema es que el exceso de velocidad no es instantáneo, sino que necesariamente ha de repetirse durante un cierto tiempo.

Si dos radares separados, digamos, 100 metros, miden un exceso de velocidad más o menos análogo, entiendo que es perfectamente posible argumentar que la infracción es única, aunque ha sido constatada en dos momentos distintos.

Si lo anterior es válido en distancias cortas, también lo puede ser en distancias medianas (5, 10 quizá 20 km) si las circunstancias del tráfico (conducción nocturna, muy baja densidad circulatoria...) posibilitan esa teórica velocidad constante de 150 km/h.

Desde un punto de vista técnico, existen dos figuras en el derecho administrativo sancionador que son pertinentes en estas situaciones : la infracción continuada y la infracción permanente.

La primera está regulada en el artículo 4.6 del Reglamento de Procedimiento Sancionador (RPS), y se define como "la realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejante precepto administrativo, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión.", y en las que habrá que imponerse la sanción correspondiente a la infracción más grave en su mitad superior, por aplicación análogica del art- 74.1 del Código Penal.

La segunda, por su parte, no está expresamente recogida en la legislación, pero sí en la jurisprudencia, y, de acuerdo con una Sentencia del Supremo (Cont-Adm) de 1.998, "consiste en una conducta reiterada por una voluntad duradera, en la que no se da situación concursal alguna, sino una progresión unitaria con repetición de actos."

Aunque, posiblemente, todas estas sutilezas se las pasarán en vía administrativa por el arco de triunfo...

Saludos.

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  • 3 semanas más tarde...

Joer como le buscamos las vueltas a lo que no tiene remedio ehhhh.. jeje. Yo haria lo mismo en tu caso pero, visto desde fuera, esta claro que nos intentamos agarrar a un clavo ardiendo.

Yo cuando hago 600 kilometros suelo pasar por 7 u 8 radares fijos y en todos ellos freno un poquito para no pàsarme (aunque no suelo ir por encima del limite pero por si acaso...). Si freno en todos ellos es porque se que cada uno de ellos me puede multar.

Si en un dia robas 4 bolsos a 4 señoras por la calle... solo te juzgan por un delitop de hurto?? NOOO, te sancionan por 4 delitos de hurto, uno por cada una de las veces en que has incurrido en infraccion delictiva. Pues es lo mismo.

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