Multada por un radar a 750km/h .....jejejeje


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Una conductora recibe una multa en la que un radar le atribuye ir a 750 km/h por una calle de Vigo

Su abogado dice que los errores de estas máquinas «llevan a inocentes a la cárcel»

Autor:

E. V. Pita

Fecha de publicación:

19/6/2008

Valoración de la noticia 1 , 2 , 3 , 4 , 5 , (9 votos) Envíando datos... Espere, por favor. Gracias. - + Enviar Imprimir Volver ¿Es un pájaro? ¿Es un avión? No, es la conductora de un Mini Cooper que supuestamente circulaba a 750 kilómetros por hora por la avenida de Castelao, número 40, en el barrio vigués de Coia, durante la medianoche del pasado 18 de marzo. La dueña del vehículo creyó que alguien le quería gastar una broma pero la Policía Local de Vigo le envió la correspondiente multa donde prueba que el radar cazó al coche a esa fabulosa velocidad. El expediente sancionador califica la infracción como «muy grave», que puede ser castigada con más de 600 euros de multa y la pérdida de seis puntos del carné al cometer una infracción por un grave exceso de velocidad en vía urbana.

El impreso oficial remitido por el departamento de Movilidad y Seguridad asegura que el radar sorprendió al coche cuando circulaba a 750 kilómetros por hora, aunque luego rebaja la cifra a 712 porque aplica un coeficiente de corrección. La denuncia mantiene que la infractora superaba en más de 30 kilómetros por hora el límite de velocidad máxima y rebasaba en un 50% dicho límite, lo que constituye un delito contra la seguridad vial.

Lo primero que sospechó la afectada es que se produjo un baile con las comas de los decimales y el radar detectó al vehículo cuando circulaba a 75 km/h y no a 750. Pero la propia denuncia deja claro que no cabe dicha explicación porque acusa a la conductora de superar en 30 kilómetros la velocidad máxima a la que la ley permite circular por el casco urbano (50 km/h). Por tanto, el radar la habría detectado a más de 80 kilómetros por hora y no a 75.

El coeficiente de corrección, que rebajaba la velocidad a 712, reafirma la teoría de que la denuncia dio por buena la estratosférica velocidad a la que supuestamente el radar detectó a la conductora.

La dueña del vehículo contempló incrédula una multa que asegura que se niega a pagar. Al parecer, desde el Concello han admitido que podría tratarse de un error informático y todo apunta a que le van a quitar la sanción. De hecho, el radar que captó la infracción fue ensayado y testado en octubre del año pasado.

Mientras, el asesor jurídico de la propietaria, Julio Borja, experto en la retirada de multas, ya ha puesto el caso en marcha. «Tramitamos muchos excesos de velocidad y no hay nadie que quite una multa de radar. Pero jamás hemos visto una barbaridad como esta. Se la van a quitar porque, a día de hoy, es imposible que un coche pueda correr a esa velocidad», afirma este abogado. La prueba es que los coches de serie más rápidos del mundo alcanzan los 410 km/h aunque el récord de velocidad en tierra lo batió Andy Green en 1997 con el turborreactor ThrustSSC que superó la barrera del sonido al circular a 1.227 kilómetros por hora.

Indefensión del ciudadano

Para Julio Borja, el error del cinemómetro no se reduce a una anécdota graciosa, sino que deja traslucir el problema legal de la «indefensión que sufre el ciudadano ante el radar. Si la denuncia hubiese puesto 210 kilómetros en vez de 750, nadie habría creído el error del radar y mi clienta debería haber pagado la multa», dice el asesor.

En este sentido, el experto sospecha que, probablemente, estos aparatos han fallado en más ocasiones pero que los errores no fueron detectados porque las falsas velocidades resultaron ser modestas, de 130 o 180 kilómetros por hora.

La conclusión a la que ha llegado Julio Borja es que la ley actual permite que «por culpa del error de una máquina, un inocente pueda acabar en la cárcel». Lo que ignora es si el fallo detectado sentará un precedente para otras quejas.

Editado por A300
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El problema de la indefensión del ciudadano ante estos aparatos recaudatorios es la presunción de veracidad que se les da a los mismos al ser testados por el instituto nacional de metrologia. Lo que, por otra parte, si bien es cierto que en el momento de la revisión puede estar bien, circunstancias metereológicas, manipulaciones erroneas del operador, descalibraciones por vibraciones, etc, pueden modificar durante el año de plazo que tienen para la nueva revisión el radar. Si un perito "independiente" técnico en telecomunicaciónes tubiera permitido la utilización de un medidor se podrían encargar los informes periciales que pudieran determinar si ese radar esta en condiciones optimas de utilización, sino, otra indefensión mas del ciudadano frente a la administración. Creo recordar que había por ahi alguna sentencia en la que un Juez del Sur de España decía que por la simple medición de un aparato sin otras circunstancias no se podia sancionar al conductor.......saludos.

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Las màquinas las fabrican los hombres, seres imperfectos, que se equivocan habitualmente,¿ como no van a fallar?, lo malo es que se vulnera la presunción de inocencia de las personas a favor de la presunta veracidad de unas máquinas, que fallan mucho más de lo que se sabe,menudo pais de mi............a.

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Un error así es facil de demostrar y recurrir porque es de cajon, pero imagina que te pilla el radar en la autopista mientras circulas a una velocidad a 155 km/h segun tu velocimetro y el error del radar dice que circulabas a 213 km/h. pues ya no es tan facil de demostrar y recurrir el error de dicho radar y de cabeza al trullo.

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