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  1. Si el agente se limita a cogerlo, mirarlo sin encenderlo y no documenta en fotos por ejemplo que está activo el detector de radar, legalmente el recurso estaría ganado. Un saludo
    1 punto
  2. Con la Ley en la mano, si el firmware está borrado no es un detector por lo que no se puede multar. Si a eso le sumas el certificado técnico de legalidad que tiene Genevo, no deben multarte. De hecho, hay varias sentencias ya que avalan lo que estoy comentando (ganadas por los usuarios). Un saludo
    1 punto