Buzoneo/Publicidad DGT.


piojorojo

Publicaciones recomendadas

Lo que nos faltaba por ver... mandando "publicidad" por correo... TELA!.

Si leeis claramente el punto 5 de las infracciones que restan puntos dice:

5.- Conducir vehiculos con mecanismos o instrumentos de inhibicion de la vigilancia del trafico o de los sistemas de deteccion de radar....

Con esto yo ya estoy seguro que nos ensamblarán de lo lindo llevemos lo que llevemos.

45194885.jpg

61152509.jpg

22873418.jpg

Editado por Amos
Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Qué grandes son estos de la DGT...estás cosas son las que hacen de nuestro país algo más parecido al norte de África que al sur de Europa...vamos a ver:

1.- Está claro que los senadores y diputados son unos indocumentados (como no saben usar el diccionario de la RAE, creen que es lo mismo detectar que inhibir) después de varios trámites consiguen aprobar un ley en la que querían prohibir todo y en la que acaban autorizando al grueso de los aparatos que pretendían sacar de circulación.

2.- La DGT, que no deja de ser un ente público empresarial, cuyo objetivo social es el máximo beneficio. Se da cuenta de la grandisima cagada de sus ilustrísimos senadores y parlamentarios (que de ilustrados no tienen nada, más bien todo lo contrario) y decirde que como al españolito de a pie parece fácil engañarle buzonear este panfleto, en el que asume el poder legislativo (que es solo del Congreso y por extensión del Senado) y escribe una "nueva ley".

Es una vergüenza, así nos va...

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Aparte de que no coincide literalmente con el texto de la ley, lo estais leyendo mal.

5.- Conducir vehiculos con mecanismos o instrumentos de inhibicion de la vigilancia del trafico o de los sistemas de deteccion de radar

Os lo pongo por separado:

Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de:

- la vigilancia del tráfico

- o de los sistemas de detección de radar.

Se entiende que un sistema de detección de radar es un cinemómetro, porque de otro modo ¿qué sentido tiene la redacción? ¿que conduces un coche dotado de un inhibidor del detector de radar, es decir que inhibes a tu propio detector?

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Venga, que vaya currada de carta se a pegado pañanganero Rubalcabra....dando por hecho de que todo va a ser a asi y lo afirma...pa flipar... calro esta que si el numero de muerto va a fallecer, yo si me lo creo de tus cuantas hay seguro que bajan pero la real que muy poca gente conoce poco bajan me parece a mi mas bien suben...asi que menudo fanfarron esta hecho el puta...

sls

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

  • 2 semanas más tarde...

hoy me ha llegado al buzón de casa un folleto de la reforma de la ley de trafico.

Pone en el apartado de "infracciones que restan puntos", en el punto 5: conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de los sistemas de detección de radar....6 puntos

en cambio en el B.O.E. pone: d) Instalar inhibidores de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

  • 2 semanas más tarde...

"conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de los sistemas de detección de radar"

Joder, peor no puede estar escrito, pero yo entiendo:

"conducir vehículos con:

a) mecanismos o

b) instrumentos de inhibición:

b.1) de la vigilancia del tráfico o

b.2) de los sistemas de detección de radar"

Supongo que con "sistemas de detección de radar" se refieren a "sistemas de detección de ANTIradarES".

Porque sino pondría "conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o CON sistemas de detección de radar"

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Unirse a la conversación

Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.

Guest
Responder a esta discusión...

×   Pegar como texto enriquecido.   Pegar como texto sin formato

  Sólo se permiten 75 emoji.

×   Tu enlace se ha incrustado automáticamente..   Mostrar como un enlace en su lugar

×   Se ha restaurado el contenido anterior.   Limpiar editor

×   No se pueden pegar imágenes directamente. Carga o inserta imágenes desde la URL.

  • Explorando recientemente   0 miembros

    • No hay usuarios registrados viendo esta página.