multa velocidad después de una señal de fin de prohibido adelantar?


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os cuento el caso. señal de 50, y poco después hay una señal de fin de prohibido adelantar. el punto kilométrico de la multa está después de esa señal de fin prohibido adelantar

cuando estudié hace años el código de circulación creo recordar que una señal de fin de prohibido adelantar anulaba la señal anterior de 50, y es lógico porque si no....como vas a adelantar???

si esto es así me han multado injustamente. o la multa está bien puesta y el límite sigue siendo de 50 aún después de dicha señal de fin de prohibido adelantar?

gracias

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Hola AstraG, yo no sabria certificar si es correcto o no, pero considero que la multa tal y como cuentas, esta bien puesta, considero que la señal de fin de prohibido adelantar se rige exclusivamente a eso, pero si que es verdad, que en situaciones que cambies de via, o haya otra señal de velocidad por en medio, anularia la de 50. En mi opinion el tema esta en, que deben saber la situacion de confusion que hay en ese punto y se ponen para recaudar y punto, sitios asi un tanto "ilogicos" incluso me atreveria a decir mal puestos los conozco.

Revisa bien todos los factores, y mirate bien el codigo de la circulacion, y aseguras el tema.

Saludosss..

Editado por Charlyferrari
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A ver la señal de fin de prohibido adelantar es el fin de una limitacion o prohibicion especifica, en este caso adelantar.

Para el fin de limite de velocidad existe otra señal especifica.

Como dice charly te denuncian por exceso de velocidad no por realizar un adelantamiento indebido, por lo que es correcta.

Por lo demas estoy de acuerdo contigo para que coño dejan adelantar en sitios donde el limite es 50 y son travesias urbanas, considero que si es una travesia urbana se deberia de restringir los adelantamientos.

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