te pueden sancionar por llevar antirradar


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tema controvertido.

hasta hace poco, se podia tener montado, pero sin usarlo.

ultimamente he leido cosas acerca de q multan por el simple echo de llevarlo.

de echo, a varios foreros les han mirado la rejilla frontal en busca de la antena. y digo yo..... ¿si lo llevas apagado, porque te lo miran? eso es q van a saco.

por si acaso, curratelo y escondelo.

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Puedes negarte a que te registrén el coche. COnsecuencia; te lo inmovilizán y ala al juzgado de guardia a por orden judicial.

SAlu2

Puedes negarte a que te registren el coche pero pueden y tienen todo el derecho a registrarte el coche y efectivamente en la ley de trafico y seguridad vial viene recogida la prohibicion de los dispositivos antiradares. Lo que no puedo asegurar son los terminos en que viene recogido referente a si lo estas utilizando, lo llevas montado pero sin estar encendido y en funcionamiento o si lo llevas en la guantera. Que como saben ellos muy sencillo lo mismo que tu tienes un dispositivo que detecta las señales que emiten los radares cuando estan en funcionamiento, ellos disponen de dispositivos que detectan las señales de nuestros dispositivos antiradar. Así que yo recomiendo mucho cuidadin con el tema, porque las sanciones creo que son elevadas y estaría bien hacer un estudio de los articulos en cuestion en busca de la puerta trasera que nos permita rodear la legalidad sin infringirla y poder hacer uso de nuestros aparatos detectores de radar.

un saludo de harrobi

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La sanción son 2 puntos y de 150 a 300 euros, que comparado con una sanción por un exceso de velocidad de 40km/h...casi que compensa.Está prohibida la utilización, pero no su compra-venta ni su posesión. En cuanto a los RDD o Detectores de detector de radar, hay 10 en toda España así que cruzarse con uno es bastante poco probable aunque posible pero existen filtros para evitar ser detectado por estos cacharros, muy frecuentes por ejemplo en holanda.

Puedes mirate esta tabla para salir de dudas http://www.todoradares.com/web2007/legalidad/legalidad.php

Un saludo harrobi, puedes pasarte por el subforo de presentaciones para que el resto de compis te conozcan y saluden.

Agur!!!

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X elbandido2003 Gracias por la advertencia la verdad que lo primero que he hecho ha sido mirar haber si habia una seccion de presentaciones y mira si estare ciego que no la he visto. Mis disculpas.

En cuanto a la sancion tenia entendido que era muy superior mas de 600 € y los puntos perdidos 4, pero siendo como tu dices esta claro que merece la pena, eso por una parte y por otra sería ver y estudiar la redaccion de estos articulos y tratar de buscar alternativas si es que existen para poder rodear legalmente la ley, cosas como lo llevo montado o en la guanytera pero no lo llevo activado, es decir, no estoy haciendo uso de el.

un saludo de harrobi

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La verdad es que la ley tiene algunas lagunas por lo que en caso de que alguno de nosotros fuera trincado por los malos, lo que habría que hacer sería buscarlas. Por ejemplo y en caso de que os denunciaran en el momento en el que se dieran cuenta de que llevamos detector, habría que decirles que hicienran constar en la denuncia que no estaba operativo y por consiguiente nos librariamos de ella.

De todas formas alguno de los abogados del foro seguro que sabe algo, hay que seguir investigando.

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pues de toda la vida:

"abra la guantera"

"abra usted el maletero"

y similares. a no ser q cada uno interprete el codigo a su maneras y actue como quiera.....

Corroboro este punto.

Las veces que me han parado para ver lo que llevaba en el vehículo, siempre me han pedido que abriera yo las puertas.

Una vez le dije al Sr. Policia que abriera él el maletero, y me dijo que nanais, que lo abriera yo.

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La verdad es que la ley tiene algunas lagunas por lo que en caso de que alguno de nosotros fuera trincado por los malos, lo que habría que hacer sería buscarlas. Por ejemplo y en caso de que os denunciaran en el momento en el que se dieran cuenta de que llevamos detector, habría que decirles que hicienran constar en la denuncia que no estaba operativo y por consiguiente nos librariamos de ella.

De todas formas alguno de los abogados del foro seguro que sabe algo, hay que seguir investigando.

Ahora creo que el mero hecho de llevarlo instalado ya es penalizable.

Salu2

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La sanción son 2 puntos y de 150 a 300 euros, que comparado con una sanción por un exceso de velocidad de 40km/h...casi que compensa.Está prohibida la utilización, pero no su compra-venta ni su posesión. En cuanto a los RDD o Detectores de detector de radar, hay 10 en toda España así que cruzarse con uno es bastante poco probable aunque posible pero existen filtros para evitar ser detectado por estos cacharros, muy frecuentes por ejemplo en holanda.

Puedes mirate esta tabla para salir de dudas http://www.todoradares.com/web2007/legalidad/legalidad.php

Un saludo harrobi, puedes pasarte por el subforo de presentaciones para que el resto de compis te conozcan y saluden.

Agur!!!

Como?????

Ke en españa hay 10 RDD???????

La primera vez ke lo leo, si es asi megustaria ke especificases (si lo conoces), kien los posee, y ke tipo de RDD son.....

Me acabas de dejar acojonao.....

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Solo te pueden registrar el coche en casos puntuales y cuando se trata de dispositivos montados a tal efecto con la utorización correspondiente, la ley habla de casos de grave alarma social y en busca de pruebas de comisión de delitos, lo que deja fuera de lugar un registro a su antojo por cualquier patrulla sin más.

Un saludo

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