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Mensajes publicados por Zolder

  1. En primer lugar bienvenido.

    Y siendo tu primer mensaje, seguro que alguno te reñirá por no presentarte. Y otros, si no hay presentación ni te contestan.

    Yo lo haré, pensando que no tienes experiencia en foros.

    Al grano, siendo un coche de alquiler, la verdad es que no lo sé.

    Supongo que de pagar, puede que te libres. De lo que ya no estoy tan seguro es de los puntos.

    La multa le llegará a la compañía de alquiler. En principio, por el contrato de alquiler, esta te identificará.

    Entonces Tráfico te la pude mandar a tu residencia habitual o no. Si te la mandan, si quieres la pagas y si no, puesto que no te pueden embargar la cuenta fuera de España, pues nada. Pero si tienes permiso de conducir español, lo de los puntos puede que si que te afecte. Si tu permiso no es español, entonces tranquilo, porque no creo ni que te la manden.

    Vaya, así es como lo veo yo, pero habrá que ver que opinan otros más expertos en el tema.

    Saludos.

  2. Binvenido/a.

    En primer lugar, son unos mentirosos. También tenían que darles dos puntos suplementarios a los que no tuvieran ninguna sanción en los 2 primeros años del carnet por puntos, y ya se encargo el super ministro Rubalcaba de decirnos que sería a los 3 años

    De todos modos, en tu caso igual sí te los han dado. Si lo has mirado en la página de la DGT, hace meses que no se actualiza.

    Y ahora, vamos al tema: 2 puntos y 140 euros.

    Si no identificas, la sanción es de de 300 a 1500 €, y no pierdes puntos.

    ¿Cómo se sabe cuanto te cobrarán por no identificar?

    Normalmente, y hasta hoy, que eso puede cambiar, pues no está escrito en ningún sitio, aplican la norma de doblar el importe de la sanción que te toca. En tu caso: 140 x 2 = 280, pero como estás por debajo de los 300, multa de 301, y listo.

    ¿Qué hay que hacer para eso? Pues lo mejor es contestarles diciendo que tu coche lo usan distintas personas, y te es absolutamente imposible saber quién conducía ese día y a esa hora.

    Otra opción, es sencillamente no contestar. Te enviarán la multa por no identificar de la misma forma.

    Te aconsejo lo primero, pues dado que tienes la obligación de identificar, si no les contestas te pueden cascar el agravante de obstrucción a la justicia, y a lo mejor te cobran más de los 301 euros.

    Que yo sepa eso no lo han hecho, pero del otro modo, jurídicamente, queda mejor vestido.

    Saludos.

  3. La ley de tráfico ( la nueva especialmente) tiene muchos puntos que si se denunciaran ante el Tribunal Constitucional, se montaría un pollo.

    Unos porque son ambiguos y sujetos a interpretación, los que afectan a tu caso, por ejemplo, y otros de tan precisos, dejan maniatado al juez y por lo tanto indefenso al acusado, al estar tipificada en la propia ley la pena a cumplir. No pueden existir ni atenuantes, ni eximentes.

    Es lo que hay.

  4. Por si te sirve de algo, se han cumplido ya cinco meses desde que presenté las alegaciones por mi caso, parecido al tuyo, pero a mi no me encontraon ni el cable. Sólo el soporte del RP.

    http://www.todoradares.com/foro/showthread.php?t=10730

    Todavía no me han contestado, y me temo mucho que tendré que llegar al contencioso.

    En cualquier caso, lúchalo. Haz lo que te diga Bel Maseto.

    Saludos.

  5. Yo creo que ya vale de tonterías, la Constitución dice:

    Título Preliminar:

    Articulo 3º

    1.-El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y derecho a usarla.

    2.-Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos

    3.-La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultura que será de objeto de especial respeto y protección.

    Teniendo en cuenta que esto es la Norma de las normas, si te mandan una multa en catalán, que es junto con el castellano la lengua oficial en Cataluña, tienes derecho a pedirla en castellano. La pides te la mandan y santas pascuas. Ten por seguro que si la pides te la mandarán.

    No mezclemos churras con merinas, todo esto de las lenguas por mucho que se lo propongan algunos no es un problema sino algo de lo que estar orgullosos todos los españoles, joder que es que esto demuestra la riqueza de nuestra cultura, que hay que cuidarla y entenderla.

    Totalmente de acuerdo. Eso es lo que hay que hacer. No hace falta buscar problemas donde no los hay.

    Saludos.

  6. Buenas kandi. Efectivamente llevas razón en que cada comunidad autónoma tiene sus normas al respecto, y que siempre un taxista puede decidir, libremente, cuando el coche esta fuera de servicio. Pero al producirse la sanción un miércoles (cuando su día de libranza es el martes), y en dirección Burgos (donde entregamos un recibo oficial, con su numero de licencia, tras finalizar el viaje), a nada que se pongan a investigar, blanco y en botella...

    Si no hubiéramos entregado recibo oficial del viaje, si me hubiera atrevido a alegar que lo conducía yo mismo, por ejemplo. Pero existiendo pruebas de que estábamos de servicio ese día, es mejor no jugársela en ese sentido, y agachar la cabeza.

    Al menos yo lo veo así, y así se lo aconsejare a alguien que este en esta misma situación en el futuro.

    Justo, como ya te he he dicho, estoy de acuerdo que en tu caso esa es la mejor solución.

    Suerte, y saludos.

  7. incluso yendo protegido es peligroso ese tramo... el día que yo los vi me dio el tiempo justo de pasar de 130 a 100... encima el tramo era de 80Km/h... de momento no me ha llegado nada y espero que siga así... son muy cabrones porque meten el passat bien escondido de esa "zona de avería" y las ondas se ve que no se pillan muy bien porque no es normal...

    SALU2

    Algo de eso debe de haber, porque es verdad que alguna vez les he pillado muy tarde.

    Por eso decía que hay que andar con mucho ojo en esa zona, sobretodo ahora que las obras están prácticamente listas y te puedes confiar.

    Saludos.

  8. Pregunta, ¿un taxi fuera de servicio no lo puede conducir cualquiera???? de no ser así entiendo que la multa vendria directamente a nombre de tu padre

    Ellos tienen un procedimiento y lo aplican sin mirar si es un taxi o un carro de caballos. Son así de vagos.

    Además se supone que ahoro se hace todo desde el faraónico centro automatizado de León. Y ya lo dice la plabra, automatizado. Los autómatas no piensan.

    Otra cosa es, y ahí trás su explicación estoy de acuerdo con él, que les mandes un escrito de alegaciones. En ese caso ya lo tiene que leer alguién, y aunque tampoco acostumbran a hacerlo, es donde pueden surgir los problemas en este caso.

    Por lo tanto, y visto lo visto, me parece acertado no contestar.

    Saludos.

  9. Sabio consejo el de vuestro abogado. Pero lo que os recomiendo es que contestéis a esa notificación, diciendo que no se sabe quién conducía ese día.

    Es mucho mejor hacer eso, pues es el modo en que ellos no puedan aplicarte la máxima sanción (los 1500 €) basándose en que no colaboráis

    Desde el momento en que contestáis a su requerimiento de identificación, aunque sea diciendo que no podéis saber de ningún modo y a ciencia cierta, quién era el que conducía, en esa fecha, estáis colaborando, por lo que al quitar de en medio el agravante de falta de colaboración, lo más probable es que la sanción se quede en los 900 € que te he dicho antes.

    De todos modos, coméntalo con el abogado, pues siendo tu padre conductor profesional, no sé si seguirán exactamente el mismo criterio. Aunque creo que sí.

    Saludos.

  10. Tampoco creo que se les pase. Pero son unos días que ganas. Lo que no te aconsejo, es que no recojas la multa. La experiencia de muchos compañeros de este foro, y la mía propia, es que es mucho mejor saber que pasa.

    Por lo tanto, cuando te llegue el segundo aviso, ves a recogerla, mira que pone, seguramente será una petición de identificación, y a partir de ahí, vemos que se puede hacer.

    Y la sanción por no identificar, es de 301 € a 1500 €, aunque normalmente lo que aplican es el doble de la multa que te correspondería si identificaras.

  11. No lo acabo de entender bien. Si te mandan una petición de identificación, no te mandan una sanción. La sanción en todo caso sería si no llegaras a identificar, que es lo que te están pidiendo.

    La multa por el radar, serán 450 € y 6 puntos, con propuesta de suspensión temporal del permiso de conducir.

    La sanción por no identificar es desde 301 € hasta 1500 €, pero normalmente vienen aplicando la norma de sancionar, dentro de este margen, con el doble de lo que sería la sanción del radar, es decir, en este caso, 900 €, que con la reducción del 30% por pronto pago, se quedaría en 630 €.

    Léete bien la notificación que os ha llegado, que a lo mejor lo que pone es que en caso de no identificar "...se le puede sancionar con multa de hasta 1500 €."

    Lo dicho leételo bien, y nos lo dices.

    Saludos.

  12. ¡Que juego da este hilo!

    Bueno, Edu, yo presentaría alegaciones, si la denuncia es, según dices, un papel del ayuntamiento, pues ante el ayuntamiento.

    De entrada, aunque el ayuntamiento puede no funcionar igual que el SCT, porque ya les obligas a paralizar el expediente, y contestarte. Tiempo que ganas. Luego cuando te contesten, recurso de alzada, y así hasta hasta el final. Lo puedes alargar como mínimo un año.

    Y posibilidades que les das, de que se líen y se les pase algún plazo, y entonces, bingo.

    Como ya te he dicho, son muy vagos.

    El problema es qué puedes alegar, aunque la insuficiencia de datos para determinar el lugar exacto de la infracción puede ser un defecto de forma.

    Ahora bien dada la peculiaridad de ese ayuntamiento, quizás tampoco fuera mala idea esperar a ver que pone la notificación. Porque a lo mejor, ni te llega. La descoordinación entre cuerpos policiales y de estos con otras entidades es proverbial.

    Bueno, me parece que no te he ayudado mucho. No creo que te aclare la duda.

    En cualquier caso, valdría la pena buscarse un buen especialista. Por aquí por el foro seguro que hay alguno... Y existen los MP.

  13. Bel Maseto es genial. En eso yo no había caído. Donde haya un maestro...

    Lo de los puntos y el SCT, es un verdadero lío. De todos modos, a falta de que Bel Maseto no diga lo contrario, es cierto que si recibes la notificación, lo que debes presentar es un recurso. Si no la has recibido aún, presentas alegaciones.

    Y por experiencia personal, eso parece retrasarles mucho. Hace 5 meses que presenté unas alegaciones, y de momento no he recibido ninguna notificación. Que no quiere decir que no vaya a llegar, sino que son unos vagos de tomo y lomo.

    Por esa misma razón, no te relajes por lo del móvil. Aun la puedes recibir. Lo que pasa es que mientras no sea firme la resolución, y mientras tú no recibas una notificación, y se pase el tiempo que tienes para recurrir, sin hacerlo, no es firme, pues tampoco hasta entonces te descontarán los puntos.

    Por lo tanto, de momento yo creo que aun los tienes todos.

  14. Siento lo que te ha pasado, compañero.

    A mi entender, lo tienes bastante crudo. Los mossos son duros de pelar, y técnicamente, ibas en dirección prohibida. A ver que te dicen los entendidos.

    Estos no son como los carabinieri italianos, que una vez que me pasó lo mismo que a tí, en Roma, me los encontré de frente, y gentilmente se subieron a la acera para dejarme pasar. Aun me pellizco para ver si no lo soñé. Eran otros tiempos, claro.