Nueva ley de Tráfico


Vimasaca

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Es del 30% porque no pueden anular el recurso de alzada al no ser favorable por lo que no lo pueden aplicar hasta que no entre en vigor

Ahora te entendí lo del otro post.

Es decir tu dices que no pueden aplicar el 50% porque sino estarían aplicando el procedimiento sancionador nuevo verdad? Y es mas injusto puesto que no permite mas recurso en la vía administrativa.

Pero... por analogía como comes que hay multas que ahora ponen con la cuantía nueva y los puntos anteriores y viceversa? Mezclan contenidos de sanciones! Y mas aún si hablas de procedimientos, aplican la NO SUSPENSION temporal al procedimiento anterior.

No vale, no estoy de acuerdo, pero aquí nadie acude al Juez.

Salu2

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Ahora te entendí lo del otro post.

Es decir tu dices que no pueden aplicar el 50% porque sino estarían aplicando el procedimiento sancionador nuevo verdad? Y es mas injusto puesto que no permite mas recurso en la vía administrativa.

Pero... por analogía como comes que hay multas que ahora ponen con la cuantía nueva y los puntos anteriores y viceversa? Mezclan contenidos de sanciones! Y mas aún si hablas de procedimientos, aplican la NO SUSPENSION temporal al procedimiento anterior.

No vale, no estoy de acuerdo, pero aquí nadie acude al Juez.

Salu2

Si yo estoy en parte de acuerdo contigo pero lo que yo he puesto es lo que me ha dicho mi profesor de administrativo que le pregunte

Saludos

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Si yo estoy en parte de acuerdo contigo pero lo que yo he puesto es lo que me ha dicho mi profesor de administrativo que le pregunte

Saludos

Pues dile que se pire de clase :D

PD: EN el Ayto de Madrid aplican el 50%

Pues eso que estais comentando es lo que me dijeron por la mañana cuando llamé a la jefatura provincial para preguntarles por el descuento. Que como el 50% anula el recurso de alzada, pues es menos beneficioso (según ellos, claro... yo prefiero pagar el 50% y olvidarme del tema).

Creo que te va a costar pelearlo :(

Lo siento tío.

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Hace un rato salió el tema de los detectores de radares si eran o no legales según la nueva ley. Le preguntaron a un instalador y dijo que sí, el de la asociacion de conductores ha dicho que mejor que lo saquemos que son 6.000€ y mejor cuidarse que pegar y tráfico se ha dado la respuesta por callada. Así que esto sigue.

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  • 1 mes más tarde...
Cuando se hace efectivo la nueva ley dia 1 de abril???

Hay alguna mejora según a qué velocidad te cacen, por lo que entiendo que en según qué casos, entró en vigor el 25 de noviembre de 2009.

Para los demás casos, 6 meses (24 de abril próximo) y excepcionalmente 1 año para algunos artículos.

Adjunto pantallazo de disposición adicional séptima (y última), de la entrada en vigor, y del anexo IV, de las sanciones por exceso de velocidad cazadas con radar, que el que hay por ahí de los mozos a muchos nos nos sirve y no encuentro la tabla actual.

De todas formas, como muy tarde creo que el 25 de noviembre próximo tienen que haber modificado el reglamento del procedimiento sancionador, o sea, que ni flower. ¿Algún jurista?<p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2010_03/Nombre.jpg.a7573abbfb7afd2565b7d7b8b59e9736.jpg" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="2997" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2010_03/Nombre.jpg.a7573abbfb7afd2565b7d7b8b59e9736.jpg" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p><p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2010_03/cuadro.jpg.d6d1ca61f2873b57b2e64df9b3cff1e4.jpg" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="2998" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2010_03/cuadro.jpg.d6d1ca61f2873b57b2e64df9b3cff1e4.jpg" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p>

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Editado por Góndiz
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Más información aqui.

Adjunto boletin de las Cortes

http://www.mmabogados.net/reformaley.pdf

Hola, Vimasaca:

Veo que el enlace es al proyecto de ley, supongo que aprobado por las cortes. Te dejo éste a la web de la (puaggg, ajjjjco) dgt, que da acceso a lo publicado en el BOE, que es lo que finalmente vale, por si quieres editar el inicio del hilo.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/normas_legislacion/ley_trafico/leytrafico025.pdf

Editado por psegovi88
codigo no pongais enlaces directos y menos a la web de la DGT
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  • 1 mes más tarde...

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